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BOP de Córdoba · 15 Sep 2026 · 1 vistas

Fuente Carreteros aprueba el protocolo de gestión de colonias felinas urbanas

Por FactBox Admin

Fuente Carreteros aprueba el protocolo de gestión de colonias felinas urbanas

El Ayuntamiento de Fuente Carreteros ha aprobado definitivamente el Protocolo de Gestión de Colonias de Gatos Urbanos por el método CES/CER (captura, esterilización y suelta/retorno), mediante la Resolución de Alcaldía 2026/00000270, de 27 de agosto de 2026. El acuerdo, firmado por el alcalde-presidente Alberto Ruiz García, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 178, de 15 de septiembre de 2026, páginas 13147 a 13156, con referencia BOP-A-2026-3044.

El protocolo responde a la necesidad de mejorar la gestión de las poblaciones incontroladas de gatos en el municipio, cuyas colonias felinas no están controladas censalmente. Se apoya en la labor altruista de vecinos, colectivos y asociaciones, así como en los veterinarios colaboradores que suscriban convenio con el Ayuntamiento o con los colectivos implicados.

Objetivos del protocolo

La norma persigue tres fines principales:

  • Eliminar o minimizar los problemas asociados a la presencia de gatos no controlados.
  • Controlar el tamaño de las colonias, disminuyendo el volumen de animales ingresados en centros de acogida.
  • Favorecer la colaboración de los colectivos implicados y difundir buenas prácticas de gestión.

Colaboradores autorizados y veterinarios

Tendrán la consideración de colaborador autorizado los colectivos, asociaciones o personas que se comprometan al cuidado y atención de los animales, previa solicitud con declaración responsable que incluya nombres, apellidos y DNI. Se distinguen dos modelos de solicitud: el Anexo I para particulares y el Anexo II para colectivos y asociaciones, que deberán presentarse en el registro municipal.

A cada colaborador se le asignará una o varias colonias, con funciones de captura, suelta, suministro controlado de alimento (pienso seco), higienización de comederos y bebederos, limpieza de areneros, control de la inmigración de nuevos ejemplares e información de incidencias al Ayuntamiento. Las asociaciones protectoras podrán optar además a las subvenciones anuales de la Diputación de Córdoba para la protección de animales de compañía abandonados.

Registro, esterilización y suelta

Los veterinarios colaboradores realizarán la evaluación previa del animal, la desparasitación interna y externa y la esterilización quirúrgica, con permanencia en clínica de uno o dos días según sexo. Los ejemplares serán marcados con una señal de cuña en la punta de la oreja —derecha en hembras e izquierda en machos—, se les implantará un microchip a nombre del Ayuntamiento y se les vacunará contra la rabia, administrándose además el tratamiento contra la equinococosis exigido por la legislación andaluza.

Tras la intervención, los animales serán devueltos a la misma localización donde fueron capturados o a lugares acordados para su reubicación. El censo de cada colonia se actualizará de forma trimestral mediante el Anexo III, y el veterinario emitirá al Ayuntamiento una ficha (Anexo IV) con la evaluación sanitaria, el número de identificación y la localización del marcado de cada animal.

Recursos y vigencia

Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el Pleno del Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia, conforme a la Ley 39/2015 y la Ley 29/1998.

La aprobación sitúa a Fuente Carreteros en la línea de los municipios andaluces que aplican el método CES/CER como solución consensuada para prevenir camadas no deseadas, el abandono y la eutanasia, integrando a la ciudadanía y a las asociaciones protectoras en la gestión responsable de las colonias felinas urbanas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 178, 15 de septiembre de 2026, Administración Local, págs. 13147-13156 (referencia oficial: BOP-A-2026-3044).