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BOP de Teruel · 18 Sep 2026 · 8 vistas

Frías de Albarracín fija en 50 euros la tasa anual de basuras

Por FactBox Admin

Frías de Albarracín fija en 50 euros la tasa anual de basuras

El Pleno de la Entidad de Frías de Albarracín ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal nº 1 reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos, que fija la cuota anual en 50 euros para viviendas, comercios, bares y pequeñas industrias. El acuerdo plenario, de fecha 29 de julio de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel núm. 179, de 18 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026-2677. La nueva tarifa entrará en vigor con la publicación íntegra de la norma y será de aplicación a partir del 1 de enero siguiente.

Aprobación definitiva tras el trámite de exposición pública

La modificación quedó elevada automáticamente a definitiva al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público del acuerdo plenario provisional. El texto íntegro se hace público para general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

La norma modifica el artículo 6 y la disposición final de la ordenanza, que regula la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos en el municipio.

Cuota tributaria anual

El artículo 6 queda redactado con una cuota tributaria anual uniforme de 50 euros, sin distinción de tramos, según la naturaleza y el destino de los inmuebles:

  • Viviendas particulares: 50,00 euros al año.
  • Alojamiento colectivo (hoteles, fondas, residencias y similares): 50,00 euros al año.
  • Comercios: 50,00 euros al año.
  • Restaurantes, cafeterías y bares: 50,00 euros al año.
  • Pequeñas industrias: 50,00 euros al año.

Entrada en vigor y recursos

La disposición final establece que la modificación entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del 1 de enero siguiente, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La medida afecta a todos los vecinos y a los negocios del municipio, que a partir del próximo ejercicio abonarán una cuota única de 50 euros por la recogida de residuos, con independencia de la actividad o del tipo de inmueble. La publicación en el boletín oficial cierra la tramitación municipal y abre el plazo para una eventual impugnación judicial de la ordenanza.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, núm. 179, de 18 de septiembre de 2026, Administración Local (Municipios), pág. 8 (referencia oficial: 2026-2677).