Österreichisches Bundesgesetzblatt · 06 Nov 2026 · 11 vistas
La FMA actualiza las referencias y anexos del Reglamento de Notificación de Datos Maestros de 2016
Por FactBox Admin

La Autoridad de Supervisión de los Mercados Financieros (FMA) ha modificado el Reglamento de Notificación de Datos Maestros de 2016, reformulando las referencias a los actos jurídicos tanto nacionales como europeos, así como los dos anexos. El reglamento fue promulgado el 6 de noviembre de 2026 en el Boletín Oficial de la República de Austria, Parte II, bajo el número BGBl. II Nr. 322/2026. Las novedades entrarán en vigor el 31 de marzo de 2027.
Base jurídica y consentimiento del Ministro de Finanzas
La enmienda fue dictada sobre la base del § 74 párrafo 2 en relación con el § 74 párrafo 6 de la Ley Bancaria – BWG, BGBl. Nr. 532/1993, modificada por última vez mediante la ley federal BGBl. I Nr. 93/2026, y con el consentimiento del Ministro Federal de Finanzas. Se modifica el Reglamento de Notificación de Datos Maestros de 2016 – StDMV 2016, BGBl. II Nr. 371/2016, que había sido adaptado por última vez mediante el reglamento BGBl. II Nr. 295/2024.
El documento firmado oficialmente está suscrito por Kühnel y Schütz; la firma de la Cancillería Federal lleva la marca de tiempo del 6 de noviembre de 2026, 10:13 horas. El reglamento comprende dos puntos de modificación del texto del reglamento, así como la nueva redacción de los anexos.
Ocho actos jurídicos con versiones establecidas
El reformulado § 10a («Referencias») determina en qué versión deben aplicarse los actos jurídicos mencionados en el reglamento y sus anexos. La lista incluye:
- BWG, BGBl. Nr. 532/1993, en la versión de la ley federal BGBl. I Nr. 93/2026;
- WAG 2018, BGBl. I Nr. 107/2017, en la versión de la ley federal BGBl. I Nr. 57/2026;
- CRR – Reglamento (UE) n.º 575/2013 sobre los requisitos prudenciales para las entidades de crédito, DO n.º L 176 del 27.06.2013 pág. 1, en la versión de la rectificación DO n.º L 2026/90576 del 17.07.2026;
- NACE Revisión 2 – Reglamento (CE) n.º 1893/2006, DO n.º L 393 del 30.12.2006 pág. 1, en la versión de la rectificación DO L 2024/90539 del 06.09.2024;
- Reglamento (UE) 2022/2554 sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero, DO n.º L 333 del 27.12.2022, en la versión de la rectificación DO n.º L 2024/90822 del 19.12.2024;
- Reglamento (UE) n.º 600/2014 relativo a los mercados de instrumentos financieros, DO n.º L 173 del 12.06.2014 pág. 84, en la versión del Reglamento Delegado (UE) 2025/1156, DO n.º L 2025/1156 del 03.11.2025;
- Reglamento Delegado (UE) n.º 153/2013 relativo a las normas técnicas de regulación para las entidades de contrapartida central, DO n.º L 52 del 23.02.2013 pág. 41, en la versión del Reglamento Delegado (UE) 2024/818, DO n.º L 2024/818 del 06.03.2024;
- Reglamento Delegado (UE) 2017/565 complementario a la Directiva 2014/65/UE, DO n.º L 87 del 31.03.2017 pág. 1, en la versión de la rectificación DO n.º L 309 del 02.09.2021 pág. 38.
De este modo, las referencias ya no se dirigen dinámicamente a “la versión vigente en cada momento”, sino a actos de modificación y rectificación designados con precisión; en el caso de los actos jurídicos de la UE, se trata sistemáticamente de rectificaciones publicadas en el Diario Oficial en 2024 y 2026.
Nuevos anexos y entrada en vigor
El punto de modificación 3 dispone que el Anexo 1 y el Anexo 2 del Reglamento de Notificación de Datos Maestros de 2016 se redacten íntegramente de nuevo; para ello, el texto del reglamento remite a los anexos adjuntos. El nuevo § 11 párrafo 6 del reglamento regula la entrada en vigor temporal:
- El § 10a en la versión del reglamento BGBl. II Nr. 322/2026 entrará en vigor el 31 de marzo de 2027;
- El Anexo 1 entrará en vigor el 31 de marzo de 2027;
- El Anexo 2 entrará en vigor el 31 de marzo de 2027.
Hasta dicha fecha límite, seguirán siendo determinantes el § 10a anterior y los anexos anteriores en la versión del reglamento BGBl. II Nr. 295/2024. La promulgación se realizó el 6 de noviembre de 2026, por lo que transcurren casi cinco meses entre la publicación y la aplicación.
Importancia para la práctica de notificación
Para las entidades crediticias obligadas a notificar según la BWG y los organismos encargados de la recepción de las notificaciones de datos maestros, la novela significa una cadena de referencias cerrada y fechada: en el futuro, se podrá determinar qué versión de la BWG, WAG 2018, CRR, NACE y de las normas de resiliencia digital de la UE es aplicable para la notificación sin tener que recurrir a modificaciones posteriores.
Fuente: Boletín Oficial de la República de Austria, BGBl. II Nr. 322/2026, publicado el 6 de noviembre de 2026, Parte II (referencia oficial: BGBl. II Nr. 322/2026).