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Dziennik Ustaw · 25 Sep 2026 · 6 vistas

El Ministerio de Finanzas redefine las plantillas de órdenes de pago para los programas financiados por la Unión Europea

Por FactBox Admin

Finance Ministry rewrites payment order templates for European Union funded programmes

El Ministro de Finanzas y Economía de Polonia ha emitido un reglamento que modifica las normas sobre los pagos en el marco de los programas financiados con fondos europeos, sustituyendo las plantillas de órdenes de pago existentes por tres nuevos anexos. El reglamento del 21 de septiembre de 2026 fue publicado en el Dziennik Ustaw del 25 de septiembre de 2026 como ítem 1250 y entra en vigor el 30 de septiembre de 2026. Se aplica a los beneficiarios y a las instituciones que implementan y desembolsan el dinero europeo.

Qué cambia el reglamento

La enmienda redacta nuevamente los anexos del Reglamento del Ministro de Finanzas del 21 de diciembre de 2012 sobre los pagos en el marco de los programas financiados con la participación de fondos europeos y sobre la transmisión de información relativa a dichos pagos. Según el párrafo 1, los anexos 1 a 1b del reglamento de 2012 son sustituidos por la redacción establecida en los anexos 1 a 3 del nuevo acto.

La base legal es el Artículo 188(6) de la Ley de Finanzas Públicas del 27 de agosto de 2009, publicada en el Dziennik Ustaw de 2025 como ítem 1483 con modificaciones posteriores. El reglamento de 2012 que se modifica fue consolidado por última vez en el Dziennik Ustaw de 2024 como ítem 869 y de 2025 como ítem 1297. El nuevo acto fue firmado en nombre del ministro por J. Neneman, actuando en sustitución del ministro.

Tres plantillas, tres generaciones de financiación

Los tres anexos corresponden a tres generaciones distintas de financiación europea, cada una con su propio formulario de orden de pago:

  • Anexo 1 — orden de pago según el párrafo 3(1) del reglamento, que cubre el Fondo Europeo de Pesca, el Programa de Cooperación Suiza-Polonia, las Subvenciones del FSE y los Mecanismos Financieros, incluyendo el programa operativo de pesca 2007–2013.
  • Anexo 2 — orden de pago según el párrafo 3(1a), que cubre la perspectiva 2014–2021: el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, el Fondo Europeo de Ayuda a los más Desfavorecidos, el Mecanismo Financiero Connecting Europe Facility y los Mecanismos Financieros 2014–2021.
  • Anexo 3 — orden de pago según el párrafo 3(1b), que cubre la generación 2021–2027 y 2021–2028: el Fondo Social Europeo Plus para la privación material, el Fondo de Transición Justa, el Connecting Europe Facility 2021–2027, el Programa de Cooperación Suiza-Polonia, el Mecanismo Financiero Noruego 2021–2028, el Mecanismo Financiero del EEE 2021–2028, los Fondos Europeos para la Pesca y los Fondos Europeos para la Ayuda Alimentaria.

Qué requieren los formularios

Cada plantilla está dividida en cinco bloques: datos del ordenante, datos del beneficiario o receptor, datos del proyecto, contrato y solicitud, datos de pago y clasificación presupuestaria, y una declaración. Las notas explicativas adjuntas a cada anexo especifican qué campos son obligatorios y cuáles se rellenan automáticamente.

  • El tipo de pago se codifica como Z para un anticipo y R para el reembolso de gastos incurridos.
  • La fuente de financiación se codifica como RC para la reserva finalista, CB para la parte presupuestaria y NW para gastos no caducables, siendo esta última disponible únicamente para órdenes de cofinanciación nacional.
  • El sector del beneficiario se codifica como P para privado, S para gobierno local y A para administración estatal.
  • El campo del concepto del pago permite texto libre de hasta 140 caracteres, insertándose automáticamente el número de orden y el número de proyecto.
  • La declaración confirma que el solicitante posee el consentimiento por escrito del gestor de la parte presupuestaria correspondiente, con el valor predeterminado “Sí”.
  • El campo “copiar datos de la solicitud” tiene como valor predeterminado “No”.
  • Los identificadores fiscales se validan mediante el algoritmo aplicable, permitiéndose números de identificación fiscal extranjeros o entradas solo de PESEL una vez que se desmarca la casilla del número de identificación fiscal polaco.

Por qué es importante

El reglamento es un instrumento técnico pero vinculante: a partir del 30 de septiembre de 2026, las órdenes de pago presentadas bajo cualquiera de los programas cubiertos deberán seguir las nuevas plantillas, y las notas explicativas definen qué campos son obligatorios, se completan automáticamente o son requeridos condicionalmente. Los beneficiarios y las instituciones ejecutoras no disponen de un periodo de transición, ya que el acto entra en vigor cinco días después de su publicación.


Fuente: Dziennik Ustaw, n.º 1250 del 25 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: Dz.U. 2026 poz. 1250).