BOP de Girona · 19 Oct 2026 · 3 vistas
Figueres aprueba el padrón de agua y basuras del tercer trimestre de 2026
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Figueres ha aprobado el padrón correspondiente al tercer sector del tercer trimestre de 2026 de las tarifas de suministro de agua potable, de alcantarillado y de recogida, vertedero, tratamiento y eliminación de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos, con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente. El decreto ha sido dictado por la Regidoria delegada del servicio de Economía, Hacienda y Patrimonio, por delegación de la Alcaldía Presidencia, con fecha 6 de octubre de 2026. El edicto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 201, de 19 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_201_8747 (pág. 1-2).
El documento se enmarca en el expediente PATR2026000014 y está firmado electrónicamente por el alcalde presidente, Jordi Masquef Creus, con fecha 7 de octubre de 2026. El acuerdo es inmediatamente ejecutivo y pone fin a la vía administrativa, de manera que los recibos de cobro periódico incluidos en el padrón ya son exigibles por los canales ordinarios de recaudación municipal.
Cuatro conceptos facturados en un solo padrón
El padrón aprobado agrupa en un único documento de cobro las prestaciones municipales vinculadas al ciclo del agua y a los residuos:
- Tarifa por el suministro de agua potable.
- Tarifa por el servicio de alcantarillado.
- Tarifa por el servicio de recogida y vertedero.
- Tarifa por el tratamiento y eliminación de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos.
A cada uno de estos conceptos se añade el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que corresponda, según el edicto publicado en el boletín provincial.
Calendario de cobro: de octubre a noviembre
El plazo de ingreso se divide según la modalidad de pago del contribuyente:
- Recibos no domiciliados: el periodo de pago se ha fijado entre el mes de octubre de 2026 y el mes de noviembre de 2026, según el calendario del contribuyente, y debe hacerse efectivo en las entidades financieras colaboradoras autorizadas que determina este mismo calendario.
- Recibos por débito directo por domiciliación: el cargo se efectuará durante el mes de noviembre de 2026, con los requerimientos acordados en el calendario y con los efectos de notificación previa de débito que prevé el artículo 50.1 de la Ordenanza Fiscal General número 1, de gestión, inspección y recaudación.
Una vez agotado el plazo de ingreso en vía voluntaria, las deudas se seguirán con los recargos del periodo ejecutivo que fija el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General tributaria. El lugar de cobro es el servicio de caja de la Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC), situada en la planta baja de la avenida Salvador Dalí, número 107, de Figueres (código postal 17600); el Ayuntamiento recomienda consultar el horario vigente de atención al público en la web municipal o en el teléfono 0034 972 03 22 00.
Un mes para el recurso de reposición
Contra los recibos incluidos en el acuerdo se pueden interponer las siguientes acciones:
- Recurso de reposición, como requisito previo al contencioso administrativo, ante el órgano que ha dictado el acuerdo, en el término de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública. Se entiende desestimado por silencio administrativo si, transcurrido un mes desde la interposición, no se notifica la resolución.
- Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Girona, en el término de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o, si no la hubiera, en el de seis meses desde el acto presunto de desestimación.
- Cualquier otro recurso que el contribuyente estime procedente.
El período de exposición pública es, por tanto, el punto de partida del cómputo de los términos de impugnación, y el documento incorpora un código seguro de verificación (CSV be4e9772-0335-4ea5-86eb-d4a7be08845c) para comprobar la autenticidad del edicto en el validador electrónico municipal.
Impacto para los usuarios
El padrón afecta a todos los usuarios del tercer sector con recibos domiciliados y no domiciliados del tercer trimestre de 2026, que deben tener presente que el pago de los no domiciliados se concentra entre octubre y noviembre y que la domiciliación se cargará en noviembre. Quien quiera discutir el importe dispone de un mes desde el final de la exposición pública para presentar el recurso de reposición, paso previo obligatorio antes de acudir a la vía judicial.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 201, 19 d’octubre de 2026, Administració local, pàg. 1-2 (referència oficial: BOP-2026_0_201_8747).