BOP de A Coruña · 18 Aug 2026 · 17 vistas
Ferrol subvenciona fiestas parroquiales con 24.000 euros para 2026
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Ferrol activa una convocatoria de subvenciones para apoyar el desarrollo de fiestas patronales en barrios urbanos y parroquias del municipio durante el ejercicio 2026. La normativa fue publicada el martes 18 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, número 156, bajo el número de anuncio 2026/5385, y fue firmada el 13 de agosto por el concejal delegado especial de Juventud, Fiestas, Nuevas Tecnologías y Marca Ferrol, Arán López Martínez.
La convocatoria se dirige a asociaciones vecinales, asociaciones de festejos y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, siempre que tengan sede social en el término municipal de Ferrol. El régimen de concesión es el de concurrencia no competitiva, al no ser necesaria la comparación y prelación de las solicitudes, de conformidad con el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.
Crédito y cuantía de las ayudas
El crédito total disponible para esta convocatoria es de 24.000 euros, financiados por la aplicación presupuestaria 05103-3381-48000 “Ayudas fiestas patronales en barrios” de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Ferrol para 2026. El importe individual de la subvención no podrá superar, en ningún caso, los 5.000 euros por entidad, y se distribuirá a partes iguales entre todas las solicitudes admitidas que cumplan los requisitos. En caso de que el resultado supere el importe solicitado por alguna entidad, la subvención se limitará a lo solicitado y el crédito sobrante se redistribuirá entre las demás.
Gastos subvencionables y plazos
Los gastos subvencionables son aquellos directamente vinculados a la contratación de actuaciones de música en directo para fiestas patronales:
- Cachés de artistas o grupos musicales
- Servicios técnicos de sonido e iluminación
- Infraestructura escénica vinculada a las actuaciones
El período de ejecución de los gastos abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. La justificación deberá presentarse en la sede electrónica del Ayuntamiento en el plazo de tres meses desde la finalización de la ejecución de las actividades, siendo el 31 de enero de 2027 la fecha máxima para la justificación de las actividades realizadas en el mes de diciembre.
Plazo de solicitud y requisitos
Las solicitudes deben presentarse en formato electrónico a través del Registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. Entre la documentación requerida se encuentran el CIF de la entidad, certificados de no tener obligaciones tributarias pendientes (o declaración responsable para subvenciones inferiores a 3.000 euros), un programa detallado de las actividades y el estado de gastos e ingresos imputados a la actividad.
Además, las entidades beneficiarias deben:
- Usar el idioma gallego en la publicidad, programas y actividades
- Utilizar lenguaje no sexista e inclusivo
- Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en toda la información de difusión
- No modificar la programación sin autorización expresa del Ayuntamiento
La concesión de las subvenciones será aprobada mediante resolución del concejal delegado competente, con un plazo máximo de notificación de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La falta de resolución en este plazo producirá efecto desestimatorio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, número 156, 18 de agosto de 2026, Administración Local, Ferrol, Cultura (número de anuncio: 2026/5385).