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BOP de A Coruña · 05 Oct 2026 · 19 vistas

Ferrol abre la convocatoria de 48.000 euros en ayudas culturales para asociaciones

Por FactBox Admin

Ferrol abre a convocatoria de 48.000 euros en axudas culturais para asociacións

El Ayuntamiento de Ferrol abre la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas a la promoción y fomento de la cultura dirigidas a las asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro del municipio, dotada con 48.000 euros para el ejercicio 2026. Las bases reguladoras específicas y la convocatoria se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de la Coruña número 190, del 5 de octubre de 2026, bajo el número de anuncio 2026/6336. El texto lleva la firma del concejal delegado de Cultura, José Antonio Ponte Far, y está datado en Ferrol el 30 de septiembre de 2026.

Estas ayudas se encuadran en la Línea 3.2 del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Ferrol para el período 2024-2026, destinada a las entidades sin ánimo de lucro del municipio para la promoción y fomento de la Cultura en libre concurrencia. El objetivo estratégico es promover la iniciativa social sin ánimo de lucro y fortalecer el tejido asociativo cultural, desconcentrando la programación para que las propias entidades actúen como programadoras.

El marco normativo incluye la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento (Real decreto 887/2006), la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ferrol (BOP núm. 200 de 21/10/2019). El órgano competente para otorgar las subvenciones es el concejal delegado de Cultura, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 11 de diciembre de 2023 (BOP núm. 241 de 20/12/2023).

48.000 euros y hasta 6.000 por entidad

El crédito total disponible es de 48.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 05101-3341-48000 «Promoción y fomento de la Cultura» de los presupuestos municipales de 2026. El importe de la subvención queda limitado a 6.000 euros por entidad y al 80% como máximo del presupuesto de gastos presentado para cada actividad.

La cuantía de cada ayuda se determina dividiendo el importe global de la convocatoria entre la suma de puntos de todas las solicitudes y multiplicando el resultado por los puntos obtenidos por cada entidad. Si el importe calculado supera lo solicitado, se concede lo solicitado.

Quién puede concurrir y cómo

Pueden concurrir todas las asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que fomenten la cultura con ámbito de actuación en el término municipal de Ferrol. Entre los requisitos se exigen:

  • Tener sede social en el término municipal de Ferrol.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social, mediante declaración responsable.
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 ni haber sido sancionada con resolución firme con la pérdida de subvenciones.
  • Tener justificadas las subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Ferrol.
  • Emplear el idioma gallego en la publicidad, programas y actividades, y un lenguaje no sexista.

Las solicitudes se presentan obligatoriamente por medios electrónicos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ferrol (https://www.ferrol.gal/Sede), en los modelos normalizados, y el plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.

Valoración, plazos y justificación

La valoración corresponde a la Comisión Evaluadora, presidida por el concejal delegado de Cultura e integrada por un representante de cada grupo municipal, el jefe de negociado de Cultura como secretario y un técnico de Cultura como asesor. Los criterios ponderan el interés del proyecto (40 puntos), la temporalización y duración (24), la capacidad de autogestión (20), la colaboración con otras entidades (10), el empleo del gallego (10), el número de actividades (5), la antigüedad de la entidad (5) y el número de socios (5).

El plazo máximo para resolver es de 9 meses desde la publicación de la convocatoria en el BOP, con silencio administrativo desestimatorio. Las actividades se ejecutan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y la justificación finaliza el 31 de enero de 2027. Se pueden solicitar pagos anticipados del 50% tras el acuerdo de concesión y del 50% restante tras la justificación.

La convocatoria brinda un canal de financiación estable al movimiento asociativo y cultural de Ferrol, que podrá programar actividades a lo largo de todo 2026 con el respaldo municipal. Las entidades interesadas deben preparar la documentación y presentarla en la sede electrónica dentro del plazo de diez días hábiles, ya que la presentación fuera de plazo es causa de exclusión.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña, núm. 190, 5 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: 2026/6336).