Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 20 Oct 2026 · 1 vistas
Familia eleva a 57,8 millones el crédito de las subvenciones sociales del IRPF
Por FactBox Admin

La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid ha ampliado en 20.229.818,10 euros el crédito de la convocatoria de subvenciones a programas de interés general considerados de interés social de 2026, que pasa de 37.558.803 a 57.788.621,10 euros. La decisión se formaliza mediante la Orden 3354/2026, de 15 de octubre, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 250, de 20 de octubre de 2026, páginas 357 a 360 (referencia BOCM-20261020-23). La norma produce efectos desde el día siguiente al de su publicación.
La convocatoria afectada es la Orden 1255/2026, de 8 de mayo, publicada en el BOCM número 131, de 4 de junio de 2026, que fijó en su dispongo trigésimo noveno un crédito máximo de 37.558.803 euros. De esa cantidad, 30.908.803 euros correspondían al crédito que se preveía transferir por el Estado con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 6.400.000 euros procedían del presupuesto propio de la Comunidad de Madrid y 250.000 euros se destinaban a la cofinanciación del Plan Corresponsables.
El marco regulador son las bases aprobadas por la Orden 2177/2024, de 1 de julio (BOCM número 160, de 6 de julio de 2024), modificadas por la Orden 1999/2025, de 2 de julio (BOCM número 162, de 9 de julio de 2025). La ampliación se ampara en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la memoria justificativa aprobada el 5 de octubre de 2026 por el Director General de Servicios Sociales e Integración.
El reparto estatal, origen del incremento
La efectividad de la cuantía adicional estaba condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y a la previa aprobación de la modificación presupuestaria correspondiente. El desencadenante fue el acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de septiembre de 2026, que autorizó la propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas —excepto País Vasco y Navarra— y las ciudades de Ceuta y Melilla del crédito del 0,7 por 100 para 2026. Como consecuencia, el importe asignado a la Comunidad de Madrid se incrementó en 4.825.334,81 euros respecto a 2025.
En paralelo, la Conferencia Sectorial de Igualdad aprobó el 6 de mayo de 2026 los criterios de distribución del Plan Corresponsables, con una asignación de 3.000.000 de euros para esta convocatoria. A ello se suman 2.314.051,80 euros de crédito propio para programas de interés social y 500.000 euros para la cofinanciación del plan.
De 37,5 a 57,8 millones: el nuevo reparto por líneas
La orden amplía el crédito en 16.729.818,10 euros imputados a la aplicación presupuestaria 48099 y en 3.500.000 euros a la 48200, ambas del programa 232E. Los créditos máximos por línea quedan así:
- Línea A. Atención a la Mujer: 1.803.534,50 euros (violencia de género y trata: 1.109.213,37; igualdad y feminización de la pobreza: 694.321,13).
- Línea B. Atención integral a personas en situación de vulnerabilidad: 17.622.407,88 euros (urgencia e inclusión social: 6.900.000; personas sin hogar: 3.032.638,22; alimentos y comedores sociales: 7.689.769,66).
- Línea C. Infancia y Familia: 8.649.794,06 euros (atención integral a familias e infancia: 4.469.087,76; educación, sanidad y derechos de la infancia: 2.955.857,10; jóvenes: 1.224.849,20).
- Línea D. Personas con discapacidad: 7.589.352,22 euros.
- Línea E. Personas mayores: 3.878.733,69 euros.
- Línea F. Promoción de la acción voluntaria: 1.270.181 euros.
- Línea G. Integración social de colectivos vulnerables: 7.637.699,75 euros (inmigrantes y asilados: 5.091.788,83; adicciones y VIH-SIDA: 1.421.871,48; pueblo gitano: 518.456; Cañada Real y asentamientos chabolistas: 605.583,44).
- Línea H. Plan Corresponsables: 3.750.000 euros.
- Línea I. Atención a personas LGTBI: 717.918 euros.
Los proyectos de inversión mantienen sus importes: 786.654,54 euros en la línea B, 2.000.000 en la D y 2.082.345,46 en la E.
Anticipo del 100% y vía de recurso
El pago de las subvenciones se realizará mediante anticipo a cuenta del 100 por 100 del importe concedido, con carácter previo a la justificación y sin exigencia de constitución de garantías, conforme al artículo 10.1 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Contra la orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición ante la consejera en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en dos meses. La orden está firmada por la consejera Ana Dávila-Ponce de León Municio.
El incremento llega cuando la convocatoria ya estaba resuelta en su tramitación y da margen a las entidades del tercer sector que atienden urgencia social, personas sin hogar, infancia y familias: la línea B concentra casi un tercio del crédito total y la C supera los 8,6 millones. El anticipo íntegro refuerza la liquidez de unas entidades que financian la actividad antes de justificarla.
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, núm. 250, de 20 de octubre de 2026, sección I.C (Otras Disposiciones), págs. 357-360 (referencia oficial: BOCM-20261020-23).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-20