Boletín Oficial de Canarias · 28 Sep 2026 · 4 vistas
Faloca recurre ante el TSJC las ayudas del volcán de La Palma
Por FactBox Admin

La Viceconsejería de Recuperación Económica y Social de La Palma ha remitido al Tribunal Superior de Justicia de Canarias el expediente administrativo del recurso interpuesto por Faloca, S.L. contra la Orden n.º 126/2025, de 28 de mayo, que concedió ayudas directas para compensar los perjuicios económicos causados por la erupción volcánica en la isla. La decisión se formalizó mediante la Resolución de 30 de julio de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de Canarias núm. 194, de 28 de septiembre de 2026, en la sección V de anuncios. El litigio se tramita como procedimiento ordinario n.º 237/2026 ante la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, con sede en Santa Cruz de Tenerife.
El anuncio da cuenta de la comunicación remitida por la propia Sala y del cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. La resolución lleva la firma del Viceconsejero de Recuperación Económica y Social de La Palma, Pedro Ángel Afonso Padrón, y está fechada en Santa Cruz de Tenerife el 30 de julio de 2026.
El objeto del recurso
El expediente se remite a la Sala para que esta disponga de la documentación completa del acto administrativo impugnado. El objeto del contencioso es la Orden n.º 126/2025, de 28 de mayo, dictada por la Consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se conceden ayudas directas destinadas a compensar los perjuicios económicos producidos a personas físicas y entidades como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma.
Los elementos esenciales del procedimiento son los siguientes:
- Órgano emisor de la resolución: Viceconsejería de Recuperación Económica y Social de La Palma, dependiente de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.
- Órgano judicial destinatario: Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Santa Cruz de Tenerife.
- Recurrente: Faloca, S.L.
- Acto impugnado: Orden n.º 126/2025, de 28 de mayo, de ayudas directas por la erupción volcánica.
- Número de procedimiento: 237/2026 (registrado como 0000237/2026).
- Fecha de la resolución: 30 de julio de 2026.
Nueve días para personarse
El segundo apartado de la resolución emplaza a cuantos aparezcan como interesados en el recurso contencioso-administrativo para que puedan comparecer y personarse ante la Sala. El plazo fijado es de nueve (9) días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Canarias, que tuvo lugar el 28 de septiembre de 2026.
El emplazamiento se dirige a todos los que acrediten un interés legítimo en el procedimiento, no solo a las partes inicialmente personadas, de modo que puedan defender su posición antes de que la Sala resuelva sobre la Orden impugnada.
Antecedentes de las compensaciones
La Orden n.º 126/2025 forma parte del bloque de medidas aprobadas por el Gobierno de Canarias para compensar los daños de la erupción volcánica en La Palma. En el mismo ámbito, el Boletín Oficial de Canarias ha venido publicando resoluciones de concesión de ayudas a los afectados, como las del Instituto Canario de la Vivienda de 24 de agosto de 2026, relativas a las ayudas de emergencia para el alquiler de vivienda habitual correspondientes al quinto cuatrimestre, difundidas en el Boletín Oficial de Canarias núm. 178, de 4 de septiembre de 2026.
La resolución ahora publicada no anticipa el sentido de la sentencia ni valora los argumentos de Faloca, S.L.: se limita a dar cumplimiento al trámite de remisión del expediente y a abrir el plazo de personación.
Impacto
Se trata del primer litigio relevante sobre las compensaciones a los afectados por la erupción que llega a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a través del Boletín Oficial de Canarias. El resultado del procedimiento ordinario n.º 237/2026 puede condicionar la interpretación de los criterios de concesión de las ayudas directas y, con ello, la posición de otras personas físicas y entidades que hayan solicitado o percibido compensaciones por los daños del volcán.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 194, 28 de septiembre de 2026, sección V (Anuncios), pág. 35470 (referencia oficial: boc-a-2026-194-3353).