Diario Oficial de Extremadura · 30 Sep 2026 · 21 vistas
Extremadura publica las tarifas de tasas y precios públicos de 2026
Por FactBox Admin

La Consejera de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social, Elena Manzano Silva, ha ordenado publicar las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura vigentes durante el ejercicio 2026. La Resolución de 23 de septiembre de 2026 (referencia 2026062437) aparece en el Diario Oficial de Extremadura número 189, de 30 de septiembre de 2026. Los importes no varían respecto al ejercicio anterior, pero la norma incorpora bonificaciones del 50% y del 100% sobre determinadas tasas y precios públicos.
El marco: presupuestos sin subida y beneficios fiscales
La resolución se dicta al amparo del artículo 5.3 de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que permite a las leyes de presupuestos establecer actualizaciones genéricas. La Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026 (DOE n.º 149, de 4 de agosto de 2026) no modifica tarifa alguna, pero en su disposición adicional primera y en su disposición final primera introduce bonificaciones del 50 por 100 y del 100 por 100. Su disposición final séptima fija la entrada en vigor con efectos del 1 de enero de 2026 para la disposición adicional primera y los apartados ocho y diez de la disposición final primera. El propio texto justifica la publicación por “razones de transparencia y publicidad”.
Veinte anexos: diez de tasas y diez de precios públicos
El resuelvo primero ordena las tasas propias en diez anexos por consejería: Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social (I); Salud y Atención a la Dependencia (II); Agricultura, Ganadería y Medio Natural (III); Educación y Formación Profesional (IV); Economía, Empleo y Transformación Digital (V); Cultura, Turismo y Deportes (VI); Infraestructuras, Transporte y Vivienda (VII); Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias (VIII); Industria, Energía, Ciencia y Territorio (IX); y las tasas comunes a todas las consejerías (X).
El resuelvo segundo hace lo propio con los precios públicos, en los anexos XI a XX, que abarcan desde Salud y Atención a la Dependencia hasta los precios de otros entes públicos, pasando por Desregulación, Servicios Sociales y Familia.
Bonificaciones del 100%: trámites a coste cero
Varias tarifas quedan en 0,00 euros por aplicación de la bonificación total:
- Tasa por dirección y certificación de obras, con tipo de gravamen del 0% y bonificación del 100%.
- Tasa por prestación de servicios administrativos: certificados, compulsas, informes, copias y digitalizaciones figuran a 0,00 euros.
- Licencias de caza tipo A y tipo B y licencias de pesca.
- Autorización para la declaración de terreno cinegético con prohibición de cazar.
- Guías ganaderas y declaración y grabación de censos, dentro de la tasa por servicios facultativos veterinarios.
- Pruebas homologadas del nivel B1 de inglés para alumnado de cuarto de ESO o del último curso de un ciclo formativo de grado medio en proyecto bilingüe.
Bonificaciones del 50% y otros beneficios
- Tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios: 50% con carácter general.
- Matanzas domiciliarias: 1,24 euros por cerdo sacrificado, con bonificación del 50%.
- Inspecciones técnicas de vehículos pesados, agrícolas y profesionales: 50%.
- Tarjeta de transporte subvencionado para mayores de 60 años: 50%.
- Expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales: 50%.
- Participación en pruebas oficiales para el certificado de profesionalidad: 50%.
- Utilización privativa del dominio público de las vías pecuarias y ordenación de los transportes por carretera: 50%.
- En enseñanzas de régimen especial, el alumnado de familia numerosa de categoría general tiene bonificación del 50% y el de categoría especial queda exento; también están exentos quienes acrediten discapacidad igual o superior al 33%, las víctimas del terrorismo y las víctimas de violencia de género.
- Las Sociedades Locales de caza disfrutan de bonificaciones del 70% en planes técnicos simplificados, del 50% en acciones cinegéticas y del 20% en comunicaciones previas.
Exenciones para empresas que arrancan
El artículo 3 de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura se reproduce en numerosos anexos: quedan exentos del pago los sujetos pasivos que inicien o amplíen su actividad empresarial o profesional en Extremadura durante los dos primeros años, y en el tercer año pueden aplicar una bonificación del 50% o del 25%. La medida alcanza, entre otras, a las tasas de autorización ambiental integrada, informe de impacto ambiental, emisión de gases de efecto invernadero, inscripción de instalaciones eléctricas, registro de establecimientos industriales, servicios forestales, semillas y viveros, producción ecológica, radiodifusión y comunicación audiovisual, tiendas de conveniencia y transportes por carretera. El sujeto pasivo debe aportar una declaración responsable con la fecha de inicio o ampliación, acreditable mediante la declaración censal ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La publicación da certeza jurídica a ciudadanos y empresas que tramitan servicios autonómicos: fija por escrito cuánto cuesta cada trámite y qué colectivos quedan exentos o bonificados, evitando dudas en la autoliquidación de las tasas y en el cobro de los precios públicos durante todo el ejercicio.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n.º 189, de 30 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026062437).