Diario Oficial de Extremadura · 01 Sep 2026 · 1 vistas
Extremadura destina 18 millones al empleo de personas con discapacidad
Por FactBox Admin

La Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ha aprobado la convocatoria para el ejercicio 2026 de los Programas I, II y III de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La resolución, firmada el 30 de julio de 2026, se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 169, de 1 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026062051, junto a su extracto (2026062224).
La convocatoria moviliza un total de 18.000.000 de euros, distribuidos en dos anualidades: 9.570.000 euros para 2026 y 8.430.000 euros para 2027. Las ayudas se conceden en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, al tratarse de subvenciones destinadas a fomentar la creación y la estabilidad en el empleo de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción.
Tres programas para el mercado protegido de trabajo
La convocatoria articula las ayudas en tres líneas, todas ellas dirigidas a los centros especiales de empleo (CEE) inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
- Programa I, ayudas a proyectos generadores de empleo, con 1.250.000 euros en total (20.000 en 2026 y 1.230.000 en 2027).
- Programa II, ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los CEE, la línea de mayor dotación, con 16.550.000 euros (9.450.000 en 2026 y 7.100.000 en 2027).
- Programa III, ayudas a las Unidades de Apoyo de los CEE, con 200.000 euros (100.000 por anualidad).
Las bases reguladoras de estas ayudas se recogen en la Orden de 10 de agosto de 2023 (DOE núm. 160, de 21 de agosto de 2023). La convocatoria ha sido autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2026 y se inscribe en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con los identificadores 926691, 926692 y 926694.
Plazos y tramitación
El plazo de vigencia de la convocatoria para presentar solicitudes comienza el día siguiente a su publicación en el DOE y finaliza el 28 de febrero de 2027. Los plazos específicos varían según el programa:
- Programa I: un mes desde el inicio de las contrataciones indefinidas o de las transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
- Programa II: dos meses desde la finalización de cada mes natural para el que se solicita la subvención, incluida la paga extra de diciembre.
- Programa III: durante todo el periodo de vigencia de la convocatoria.
Se habilitan además plazos extraordinarios de un mes para los contratos iniciados entre el 4 de julio de 2026 y la fecha de publicación, así como para las solicitudes que no pudieron presentarse en la convocatoria anterior por finalización de su vigencia. La tramitación se realiza exclusivamente por vía electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico (www.juntaex.es) y de la sede electrónica, con firma electrónica obligatoria.
Hacia unas nuevas bases reguladoras
La resolución señala que el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) trabaja ya en unas nuevas bases reguladoras que mejoren las de 2023 y agilicen la tramitación. Por ello, la vigencia de esta convocatoria se ha fijado hasta el 28 de febrero de 2027, de modo que los costes salariales de 2027 y las contrataciones posteriores al 31 de diciembre de 2026 quedarán cubiertos por la nueva normativa. El documento está firmado por Nicolás Macías Manzanedo, secretario general del SEXPE, en virtud de la delegación de competencias aprobada por resolución de 29 de mayo de 2026 (DOE núm. 108, de 8 de junio).
La convocatoria supone un respaldo económico relevante para los centros especiales de empleo de la región y para los miles de trabajadores con discapacidad que dependen de ellos, garantizando la continuidad de sus puestos de trabajo y el apoyo de las unidades profesionales que facilitan su ajuste personal, social y profesional.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 169, 1 de septiembre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062051 y extracto 2026062224).