Diario Oficial de Extremadura · 22 Sep 2026 · 4 vistas
Extremadura deniega la ayuda al establecimiento a seis jóvenes agricultores
Por FactBox Admin

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural de la Junta de Extremadura ha publicado la relación de seis titulares a los que se comunica la resolución desestimatoria de su solicitud de ayuda al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras. El anuncio, firmado el 15 de septiembre de 2026 y difundido en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 183, de 22 de septiembre de 2026, concede a los afectados un mes para interponer recurso de alzada. La resolución desestimatoria procede del Director General de Política Agraria Comunitaria.
El marco de la convocatoria es el Decreto 169/2024, de 30 de diciembre (DOE número 13, de 21 de enero de 2025), que establece las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y realiza la primera convocatoria de ambas ayudas.
El artículo 24 del citado decreto permite que cualquier notificación o comunicación de los órganos competentes de la Consejería se practique mediante la publicación de un anuncio en el DOE, que indica el lugar y el medio en que se expone la relación de interesados afectados y el acto de que se trate. En este caso, la resolución individual puede consultarse a través de la notificación tramitada en la plataforma LABOREO.
Los seis solicitantes con resolución desestimatoria
El anexo del anuncio, con referencia oficial 2026081544, recoge la relación de titulares, identificados mediante CIF/NIF parcialmente oculto:
- FERNANDEZ JIMENEZ, ALBERTO
- MARTÍN GONZÁLEZ, RUBÉN
- MACIAS PEÑATO, JUAN ANTONIO
- TAMAYO GUERRA, BENITA
- CABRERA DIAZ, VANESA
- RODRIGUEZ RUBIO, EMILIO
El documento está firmado en Mérida el 15 de septiembre de 2026 por ANTONIO JESÚS PI PÉREZ, Jefe de Servicio de Ayudas Estructurales, tras el previo estudio, comprobación y valoración de las solicitudes presentadas.
Un mes para el recurso de alzada
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación. El recurso se dirige:
- Ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, o
- Ante el titular de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria.
La vía se sustenta en el artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El escrito se presenta a través de la plataforma ARADO, siempre que se disponga de certificado digital o DNI electrónico.
Más resoluciones de la misma convocatoria
El mismo DOE número 183 incluye otros anuncios vinculados al Decreto 169/2024. Se publica la relación de titulares con resolución de inadmisión de la solicitud de establecimiento, que afecta a PAZ SIMON, ANA ISABEL (referencia 2026081548), con idéntico plazo de un mes para el recurso de alzada.
También se notifican trámites de audiencia por incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para alcanzar la condición de beneficiario, con un plazo improrrogable de 10 días hábiles para formular alegaciones: dos para solicitudes de establecimiento (referencias 2026081547 y 2026081549) y uno para solicitudes de modernización y/o mejora de explotaciones (referencia 2026081546).
La publicación afecta a agricultores extremeños que pierden, en esta fase del procedimiento, la subvención destinada a facilitar su incorporación al sector agrario. El anuncio oficial es la vía formal de notificación, por lo que quienes figuren en las relaciones publicadas deben consultar su expediente en LABOREO y, en su caso, presentar alegaciones o recurso dentro de los plazos indicados para no perder definitivamente la ayuda.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura (DOE), número 183, de 22 de septiembre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026081544).