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Diario Oficial de Extremadura · 04 Nov 2026 · 7 vistas

Extremadura concede 81.699,91 euros para rehabilitar patrimonio histórico municipal

Por FactBox Admin

Extremadura concede 81.699,91 euros para rehabilitar patrimonio histórico municipal

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Documental de la Junta de Extremadura ha resuelto la concesión de las ayudas de la Línea 3 destinadas a municipios y entidades locales menores para actuar sobre bienes inmuebles del patrimonio histórico y cultural extremeño, por un importe total de 81.699,91 euros. La decisión, fechada el 20 de octubre de 2026, se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 212, de 4 de noviembre de 2026, con la referencia oficial 2026062748, dentro de la sección III.

Nueve ayuntamientos y diez mil euros como techo

La resolución concede ayuda a nueve proyectos presentados por ayuntamientos de la región. El importe máximo por actuación queda fijado en 10.000 euros, umbral que alcanzan cinco de las nueve entidades beneficiarias. El reparto aprobado es el siguiente:

  • Ayuntamiento de Burguillos del Cerro: centro de investigación, turismo y cultura en la Iglesia de San Juan, 9.271,50 euros (82,50 puntos).
  • Ayuntamiento de Feria: Castillo de Feria, 5.418,18 euros (82,50 puntos).
  • Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra: Colegio de los Jesuitas, 9.010,23 euros (77,50 puntos).
  • Ayuntamiento de Abadía: Convento de la Bienparada, 10.000,00 euros (72,50 puntos).
  • Ayuntamiento de Portezuelo: Castillo de Marmoinda, 10.000,00 euros (62,50 puntos).
  • Ayuntamiento de Valencia del Ventoso: Castillo Casa-Fuerte, 8.000,00 euros (62,50 puntos).
  • Ayuntamiento de Villafranca de los Barros: Casa de la Cultura, 10.000,00 euros (52,50 puntos).
  • Ayuntamiento de La Garganta: Museo del Lobo, 10.000,00 euros (47,50 puntos).
  • Ayuntamiento de Baños de Montemayor: auditorio Santa Catalina, 10.000,00 euros (42,83 puntos).

Los proyectos incluyen castillos, conventos, iglesias, equipamientos culturales y museos locales, lo que vincula la línea de ayudas tanto con la conservación de inmuebles protegidos como con el mantenimiento de la actividad en pequeños municipios.

Cuatro solicitudes inadmitidas y crédito suficiente

El texto oficial constata que en esta Línea 3 no existen solicitudes que, cumpliendo los requisitos administrativos y técnicos, hayan quedado sin atender por falta de crédito: la dotación disponible resultó suficiente para todas las peticiones válidas. En cambio, se inadmiten cuatro solicitudes:

  • Ayuntamiento de Brozas, por no tratarse de una actuación subvencionable según el artículo 5 de la resolución de convocatoria.
  • Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, por el mismo motivo.
  • Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, por incumplir el requisito del artículo 4.3.1c) de la convocatoria.
  • Ayuntamiento de Valverde de la Vera, por no ser tampoco una actuación subvencionable conforme al artículo 5.

Marco normativo, pago anticipado y control del gasto

Las ayudas se amparan en el Decreto 152/2025, de 11 de noviembre, que establece las bases reguladoras, y en la Resolución de 7 de abril de 2026, que convoca las subvenciones para el ejercicio 2026. La valoración corresponde a la Comisión de Valoración, con actas de 4 y 6 de agosto de 2026, y la propuesta de concesión la formula la Jefa de Servicio de Patrimonio Cultural, Archivos y Museos Provinciales el 6 de octubre de 2026. El crédito procede de la aplicación presupuestaria 150030000/272A/46000, proyecto de gasto 20250179 «Ayudas para la protección del patrimonio histórico y cultural».

El pago se efectúa en un único abono anticipado del 100 % de la subvención una vez publicada la resolución y aceptada por la entidad beneficiaria, previa acreditación de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica. El periodo de ejecución de la Línea 3 arranca el 1 de enero de 2026 y concluye doce meses después del día siguiente a la publicación de la concesión, y la justificación final debe presentarse en los tres meses siguientes al cierre de la ejecución. Las desviaciones respecto al presupuesto inicial no podrán superar el 20 %, y se exige certificado de la Secretaría local sobre las horas de apertura del inmueble.

Alegaciones y publicidad

Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el DOE. La resolución se difundirá además en el Portal de Subvenciones, en el Portal Electrónico de Transparencia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. La firma corresponde al Secretario General de Cultura, José Luis Gil Soto, por abstención de la directora general, con el visto bueno de la Secretaría General mediante resolución de 15 de octubre de 2026.

El impacto de esta línea es doble: para los ayuntamientos beneficiarios supone liquidez inmediata para acometer obras en inmuebles muchas veces amenazados por la falta de mantenimiento, y para el sector de la restauración y la construcción local representa carga de trabajo en municipios pequeños, donde la conservación del patrimonio es también un activo turístico y de identidad.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 212, de 4 de noviembre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062748).