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Diario Oficial de Extremadura · 19 Oct 2026 · 2 vistas

Extremadura abre a alegaciones el decreto de seguros agrarios para 2027

Por FactBox Admin

Extremadura abre a alegaciones el decreto de seguros agrarios para 2027

La Junta de Extremadura ha abierto la fase de sugerencias y el período de audiencia e información pública del proyecto de Decreto de fomento de la contratación de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad 2027, con un plazo de solo siete días hábiles para presentar alegaciones. Lo hace mediante la Resolución de 13 de octubre de 2026, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 201, de 19 de octubre de 2026, en la sección IV de anuncios (referencia oficial 2026062600).

El texto se tramita por la vía de urgencia. Un Acuerdo de la Secretaría General de 7 de octubre de 2026 así lo declaró al amparo del artículo 39.4.b) de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, junto con los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, y el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La resolución la firma el secretario general, José María Guerrero Pérez, en Mérida.

El marco de la nueva norma es el Decreto 165/2025, de 2 de diciembre, de fomento de la contratación de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad 2026, que fue modificado por el Decreto 166/2026, de 22 de septiembre (DOE número 187, de 28 de septiembre de 2026, referencia 2026040210). La Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura ya señala en su artículo 16.1 que los seguros agrarios contribuyen decisivamente al mantenimiento de la renta de las explotaciones y son un instrumento valioso para el conocimiento y ordenación de las producciones primarias.

Siete días hábiles y consulta presencial en Mérida

El primer punto del acuerdo concede un plazo de siete días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOE para que personas físicas o jurídicas examinen el texto y formulen sugerencias, propuestas, recomendaciones, observaciones o alegaciones.

El proyecto permanecerá expuesto para su consulta en:

  • Dirección General de Agricultura y Ganadería, dependencias del Servicio de Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural.
  • Dirección: avenida Luis Ramallo, s/n, Mérida.
  • Horario de atención: de 10:00 a 14:00 horas.

Correo electrónico y Punto Único de Acceso

La ciudadanía también puede consultar el borrador en el Punto Único de Acceso a la información de la Junta de Extremadura, área de Transparencia, sección de Participación Ciudadana, a través de la dirección de internet habilitada por el Ejecutivo autonómico.

Para la presentación de aportaciones, la resolución admite:

  • Cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El correo electrónico producción.agraria@juntaex.es.
  • El área personalizada denominada “miespacio” del Punto Único de Acceso a la Información de la Junta de Extremadura.

El precedente de 2026: subvención del 45 %

La convocatoria de 2027 llega después de un ejercicio marcado por la subida de la subvención autonómica. El Decreto 165/2025 fijaba un 40 % del importe de la subvención estatal para todas las líneas, elevado al 60 % en el Módulo 3 de la línea 317 del seguro de explotaciones de cereza.

La Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026, elevó esos porcentajes con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026:

  • 45 % del importe de la subvención estatal concedida, para todas las líneas de seguros agrarios.
  • 75 % de la prima comercial base neta, descontada la subvención estatal, en las pólizas del Módulo 3 de la línea 317 del seguro de explotaciones de cereza.

El Decreto 166/2026 articuló esa mejora para las pólizas formalizadas entre el 1 de enero y el 4 de agosto de 2026, con obligaciones añadidas para AGROSEGURO, SA: abonar las cuantías por transferencia bancaria antes del 1 de noviembre de 2026 y certificar los pagos antes del 15 de noviembre de 2026.

El calendario exprés de alegaciones condiciona la capacidad del sector para influir en el texto que regulará las ayudas al seguro agrario durante todo 2027. La norma afecta a todo el sector agrario extremeño, que depende de estas subvenciones para rebajar el coste de las pólizas frente a sequías, heladas y otros fenómenos ligados al cambio climático, y llega con el precedente inmediato de una convocatoria modificada por la vía de urgencia apenas un mes antes.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura (DOE), núm. 201, de 19 de octubre de 2026, sección IV (Anuncios), Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural (referencia oficial: 2026062600).