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Boletín Oficial del País Vasco · 09 Oct 2026 · 14 vistas

El Gobierno Vasco ha actualizado la lista de plazas de funcionarios tras los plazos

Por FactBox Admin

Eusko Jaurlaritzak funtzionarioen lanpostuen zerrenda eguneratu du epaien ondoren

El Consejo de Gobierno del Gobierno Vasco aprobó el Decreto 159/2026 en la reunión del 6 de octubre de 2026, el cual modifica la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La norma fue publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) el 9 de octubre de 2026, en el número 194, con la referencia oficial 2026/4186 y 89 páginas. Entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, el 10 de octubre.

Contenido del decreto

El decreto consta de dos artículos. El primero actualiza las áreas de estudio necesarias para el acceso al cuerpo y escalas de funcionarios, detalladas en el Anexo I. El segundo actualiza la lista de titulaciones de las áreas de estudio y profesiones reguladas de la RPT, con los códigos del registro RUCT (Registro Unificado de Títulos Universitarios), en el Anexo II.

En el Anexo I aparecen todas las escalas de funcionarios, con sus correspondientes áreas de estudio y profesiones reguladas. Algunos ejemplos:

  • EA113 Escala Facultativa de Sistemas de Información: entre otras, las áreas de Inteligencia Artificial (061304), Informática (061901) y Matemáticas (054101).
  • EA105 Escala Facultativa Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio: título habilitante para la profesión regulada de Arquitectura.
  • EB01 Escala de Delineación Obras e Instalaciones: título de técnico superior, entre otros, en Diseño de Fabricación Mecánica y Proyectos de Obras Públicas.
  • EGC101 Escala Administrativa: título de Bachillerato o Técnico; EGC201 Escala Auxiliar Administrativa: título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
  • EGE001 Agrupación Profesional Personal Apoyo: Certificado de Escolarización.

Sentencias del Tribunal Superior

Según la exposición de motivos del decreto, el Decreto 61/2022 debe ser modificado como consecuencia de diversas sentencias, así como a raíz de los recursos interpuestos por los interesados en procesos especiales y concursos del ámbito del empleo. Las resoluciones mencionadas son las siguientes:

  • Sentencia 65/2025, de 4 de febrero de 2025, RCA 33/2023.
  • Sentencia 87/2025, de 11 de febrero de 2025, RCA 29/2025.
  • Sentencia 202/2025, de 9 de abril de 2025, RCA 35/2023.
  • Sentencia 567/2024, de 4 de diciembre de 2024, RCA 546/2023.
  • Sentencia 199/2024, de 19 de abril de 2024, RCA 313/2023.
  • Sentencia 252/2026, de 3 de junio de 2026, RCA 151/2023.

Antecedentes y tramitación

Las relaciones de puestos de trabajo están reguladas desde 1997: Decreto 226/1997, de 14 de octubre, y modificaciones posteriores, tales como el Decreto 105/2007 (de 26 de junio) y el Decreto 79/2019 (de 21 de mayo). El Decreto 61/2022, de 17 de mayo, adaptó la Ley 7/2021 (de 11 de noviembre), que regula los cuerpos y escalas. Las modificaciones actuales cumplen los artículos 45 y 46 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público.

El decreto fue aprobado a propuesta de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en la reunión del Consejo de Gobierno del 6 de octubre de 2026. Los firmantes son el lehendakari Imanol Pradales Gil y la consejera María Ubarrechena Cid.

Efecto y recursos

La norma agota la vía administrativa, y abre dos vías de recurso:

  • Recurso de alzada: ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación.
  • Recurso contencioso-administrativo: ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el plazo de dos meses.

La relación de puestos de trabajo es una herramienta para organizar la estructura interna de la administración, y este cambio especifica las condiciones de acceso a todos los cuerpos y escalas. Por lo tanto, tendrá impacto en las futuras convocatorias de empleo y en la trayectoria profesional de los funcionarios, y la amplia lista de titulaciones recogida en el anexo II corresponde a todo el sistema universitario.


Fuente: BOPV, núm. 194, 9 de octubre de 2026, Otras Disposiciones, págs. 1-89 (referencia oficial: 2026/4186).