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Boletín Oficial del País Vasco · 06 Oct 2026 · 24 vistas

El Gobierno Vasco ha publicado una sanción de 49.181 euros para la empresa Oca Instituto de Certificación

Por FactBox Admin

Eusko Jaurlaritzak 49181 euroko isuna argitaratu du Oca Instituto de Certificación enpresarentzat

El director de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco ha comunicado que se ha impuesto una multa de 49.181 euros a la empresa Oca Instituto de Certificación Sociedad Limitada en el número 191 del Boletín Oficial del País Vasco del 6 de octubre de 2026. La sanción se debe a una infracción muy grave en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y quedó firme el 26 de junio de 2026. La publicación ha sido ordenada mediante resolución del 16 de septiembre de 2026, con referencia oficial 2026/4125, y ha sido recogida en la sección de «Otras disposiciones» del boletín.

Según los antecedentes de la resolución, la sanción fue impuesta el 23 de julio de 2024 por el entonces director de Trabajo y Seguridad Social, en el expediente 48/2024/184 y como consecuencia del acta de infracción I482024000046036. La infracción se encuadra en el artículo 13.12 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto.

Dicho artículo considera infracción muy grave que las entidades especializadas que actúen como servicio de prevención o que realicen auditorías del sistema de prevención de las empresas mantengan vínculos comerciales, financieros o de otra índole con las empresas auditadas o contratadas, que no sean los inherentes a su actividad. Las disposiciones prohíben expresamente, asimismo, que las entidades que realicen o certifiquen la formación preventiva certifiquen actividades que no hayan sido realizadas en absoluto.

Sanción y empresa sancionada

La resolución ordena publicar los siguientes datos:

  • Empresa: Oca Instituto de Certificación Sociedad Limitada.
  • Sector de actividad: ensayos y análisis técnicos.
  • Número de Identificación Fiscal: B65341075.
  • Domicilio social: Vía de las dos Castillas (edificio Oca Group) 7, 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid).
  • Importe de la sanción: 49.181 euros.

Calendario de trámites

La resolución recoge toda la cadena de fechas, desde el acta de 2024 hasta la publicación de 2026:

  • Fecha del acta de infracción: 23 de mayo de 2024.
  • Fecha de la resolución sancionadora: 23 de julio de 2024.
  • Firmeza: 26 de junio de 2026.
  • Resolución que ordena la publicación: 16 de septiembre de 2026.
  • Publicación: 6 de octubre de 2026, número 191.

Registro y vigencia de los datos

La segunda parte de la resolución ordena inscribir los datos de la sanción en el registro de sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. El registro está adscrito a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

Los datos registrales serán cancelados al cabo de cinco años, contados a partir del día siguiente a la publicación de la sanción en el boletín oficial. La publicación tendrá, por tanto, efectos prácticos al menos hasta 2031.

Base jurídica y competencia

La competencia corresponde al director de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con la estructura orgánica establecida por el Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, así como según lo dispuesto en el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo y el Decreto 244/2012, de 21 de noviembre. Este último regula la publicación de infracciones muy graves y el registro de sanciones de las empresas, y fue publicado en el boletín del 4 de diciembre de 2012.

La resolución fue firmada en Vitoria-Gasteiz por la directora de Trabajo y Seguridad Social, María Victoria Portugal Llorente, el 16 de septiembre de 2026.

La publicación de la sanción tiene impacto en el sector de los servicios de prevención y vigilancia, ya que pone en duda la independencia de los proveedores que las empresas utilizan para acreditar auditorías y formación. El caso demuestra que la prohibición de vínculos comerciales no es meramente formal: al estar clasificada como infracción muy grave, la sanción es una condición fundamental de la actividad de la empresa y será visible en el registro durante cinco años.


Fuente: BOPV, número 191, 6 de octubre de 2026, Otras disposiciones (referencia oficial: 2026/4125).