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EUR-Lex · 09 Oct 2026 · 11 vistas

La UE abre el comercio libre de aranceles a los productos armenios tras las medidas rusas

Por FactBox Admin

EU opens tariff-free trade to Armenian goods after Russian measures

La Unión Europea ha concedido a Armenia medidas temporales de liberalización comercial, suspendiendo los derechos de importación ad valorem sobre una amplia lista de productos armenios y eliminando los derechos sobre ocho productos agrícolas dentro de los contingentes arancelarios de la Unión. La medida fue adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo en el Reglamento (UE) 2026/2269 del 7 de octubre de 2026 y publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, el 9 de octubre de 2026. Entra en vigor el día siguiente a su publicación y se aplica hasta el 11 de octubre de 2028.

Por qué actuó la UE

El reglamento establece que, desde mayo de 2026, la Federación Rusa ha introducido medidas comerciales a gran escala que afectan a las importaciones y al tránsito de productos clave de exportación armenios, incluidas las bebidas alcohólicas, el agua mineral, las frutas y las verduras. Según el texto, dichas medidas han reducido significativamente el acceso de Armenia a sus mercados tradicionales y han perturbado las cadenas de suministro establecidas, con un impacto adverso particularmente en las pequeñas y medianas empresas y los productores agrícolas.

Las concesiones se enmarcan en el Acuerdo de Asociación Amplio y Profundizado entre la UE y Armenia, cuyo título comercial se ha aplicado provisionalmente desde el 1 de junio de 2018 y que entró en vigor el 1 de marzo de 2021, y en la Agenda Estratégica para la Asociación UE-Armenia adoptada el 2 de diciembre de 2025. El reglamento invoca la situación urgente en Armenia para acortar el periodo de ocho semanas normalmente reservado a los parlamentos nacionales.

Qué cubren las concesiones

  • Los productos enumerados en el Anexo I se admiten para su importación en la Unión exentos de derechos de importación ad valorem.
  • Los productos enumerados en el Anexo II se admiten libres de derechos dentro de los límites de los contingentes arancelarios de la Unión.
  • El Anexo I cubre una amplia gama de mercancías, incluidos animales vivos, carne y despojos, productos lácteos, miel natural, pescado, verduras frescas, frutos secos, cuero, textiles, calzado, cerámica, vidrio, metales comunes, maquinaria, vehículos y muebles.
  • El Anexo II establece ocho contingentes arancelarios para productos frescos, gestionados por la Comisión Europea en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447.

Los volúmenes anuales de los contingentes son de 6 500 toneladas para pepinos y pepinillos, 5 000 toneladas para uvas, 750 toneladas para peras, 7 000 toneladas para albaricoques, 2 000 toneladas para cerezas, 3 500 toneladas para melocotones y nectarinas, 1 500 toneladas para ciruelas y 2 500 toneladas para fresas. En el año de entrada en vigor, el periodo del contingente transcurre desde esa fecha hasta el 31 de diciembre.

Condiciones, suspensión y salvaguardias

El derecho está condicionado a que Armenia cumpla las normas de origen aplicables, colabore estrechamente a nivel administrativo con la Unión para prevenir el fraude, se abstenga de introducir nuevos aranceles o restricciones cuantitativas a las importaciones de la Unión y respete los principios democráticos, el Estado de derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales en virtud de los artículos 2 y 9 del Acuerdo de Asociación. Los exportadores armenios registrados en el sistema de Exportadores Registrados (REX) de la Unión podrán emitir declaraciones en factura.

Cuando la Comisión encuentre pruebas suficientes de incumplimiento, podrá suspender temporalmente las medidas, total o parcialmente, mediante un acto de ejecución. Si un Estado miembro solicita la suspensión debido a restricciones comerciales, la Comisión deberá emitir un dictamen motivado en un plazo de cuatro meses. Se podrán imponer medidas de salvaguardia cuando las importaciones afecten negativamente al mercado de la Unión; la evaluación deberá concluir en un plazo de cuatro meses, podrán adoptarse medidas provisionales en un plazo de 21 días a partir de la solicitud de un Estado miembro y permanecerán en vigor durante no más de 120 días, y las partes interesadas dispondrán de hasta 10 días para presentar sus observaciones tras la publicación de un aviso de intención. La Comisión informará sobre la aplicación en el Comité de Asociación en su configuración comercial.

El Parlamento Europeo adoptó su posición el 15 de septiembre de 2026 y el Consejo decidió el 24 de septiembre de 2026. El reglamento fue firmado en Estrasburgo el 7 de octubre de 2026 por la Presidenta del Parlamento, R. METSOLA, y el Presidente del Consejo, T. BYRNE.

Qué significa

Para los exportadores agroalimentarios armenios y los pequeños productores aislados de sus principales mercados de exportación, el reglamento abre el acceso libre de aranceles al mercado de la UE durante dos años, mientras que los techos de los contingentes y las cláusulas de salvaguardia preservan una válvula de seguridad para los productores europeos de frutas y hortalizas competidoras. Representa un paso concreto en la relación comercial UE-Armenia, vinculando las preferencias al cumplimiento de las normas de origen y los compromisos democráticos.


Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 2026/2269, 9 de octubre de 2026, p. 1/41 (referencia oficial: CELEX 32026R2269).