EUR-Lex · 04 Nov 2026 · 5 vistas
La UE levanta la congelación de activos de tres figuras vinculadas a Al-Qaida en la 364.ª enmienda
Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha eliminado tres entradas de la lista de congelación de activos de la UE para personas y entidades vinculadas al ISIL (Da’esh) y Al-Qaida, y ha modificado los datos de identificación de otras tres personas incluidas en la lista. El cambio se realiza mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2490 de la Comisión de 3 de noviembre de 2026, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, OJ L 2026/2490, el 4 de noviembre de 2026 (CELEX 32026R2490).
El reglamento de ejecución es la 364.ª modificación del Reglamento (CE) n.º 881/2002 del Consejo de 27 de mayo de 2002, el instrumento que traspone al derecho de la UE el régimen de sanciones de las Naciones Unidas contra el ISIL y Al-Qaida. La Comisión actuó en virtud del artículo 7, apartado 1, letra a), y del artículo 7 bis, apartado 5, de dicho reglamento, que la facultan para actualizar el Anexo I —la lista de personas, grupos y entidades sujetas a la congelación de fondos y recursos económicos— para que coincida con las decisiones del Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU.
Dos decisiones de la ONU desencadenaron el cambio. El 24 de octubre de 2026, el Comité de Sanciones, actuando en virtud de las Resoluciones 1267(1999), 1989(2011) y 2253(2015), eliminó tres entradas de su lista; el 26 de octubre de 2026 modificó los datos de identificación de tres entradas. El reglamento entra en vigor el día siguiente a su publicación, el 5 de noviembre de 2026, y es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros.
Tres eliminaciones del Anexo I
Las siguientes entradas, todas bajo el epígrafe “Personas físicas”, quedan eliminadas del Anexo I:
- Shafi Sultan Mohammed Sultan Al-Ajmi, nacido el 1 de enero de 1973 en Warah, Kuwait, nacional kuwaití, designado el 23 de septiembre de 2014 y descrito en la lista como recaudador de fondos para el Frente Al-Nusrah para la Gente del Levante.
- Bassam Ahmad Al-Hasri, nacido el 1 de enero de 1969 (o aproximadamente 1971), nacido en Qalamun, provincia de Damasco, Siria, de nacionalidad siria y palestina, designado el 22 de febrero de 2017.
- Iyad Nazmi Salih Khalil, nacido en 1974 en Siria, nacional jordano, designado el 22 de febrero de 2017.
Datos corregidos de tres personas incluidas en la lista
El Anexo también sustituye los datos de identificación de tres personas que permanecen en la lista:
- Emilie Edwige Konig, nacida el 9 de diciembre de 1984 en Ploemeur, Francia, nacional francesa; su dirección consta ahora como Francia (en detención) en lugar de Siria, y la entrada señala que actualmente se encuentra detenida en Francia.
- Oumar Diaby, nacido el 5 de agosto de 1975 en Dakar, Senegal, nacional senegalés; su dirección consta ahora como la República Árabe Siria (ubicado en).
- Peter Cherif, nacido el 26 de agosto de 1982 en París, nacional francés; se añade un alias de buena calidad, Abou Hamza, su dirección cambia de Al Mukalla, Yemen, a Francia (bajo custodia), y la entrada registra que fue condenado a cadena perpetua por un tribunal francés el 3 de octubre de 2024.
Efecto sobre los fondos congelados
La eliminación del Anexo I significa que las tres personas y entidades eliminadas ya no figuran entre aquellas cubiertas por la congelación de fondos y recursos económicos impuesta por el Reglamento (CE) n.º 881/2002. El desbloqueo es una consecuencia directa de la exclusión de la lista de la ONU y surte efecto en toda la UE a partir del 5 de noviembre de 2026, sin necesidad de transposición nacional. Las correcciones de datos no levantan la congelación: las tres personas afectadas permanecen en la lista con identificadores actualizados.
La medida es una de una larga serie de actualizaciones técnicas que alinean la lista de la UE con la lista consolidada de la ONU; el reglamento es firmado en Bruselas el 3 de noviembre de 2026 en nombre de la Comisión por el Director General de la Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales.
Por qué es importante
Para los bancos, proveedores de pagos y empresas que aplican el cribado de sanciones de la UE, las enmiendas redefinen quién está cubierto por la congelación de activos a partir del 5 de noviembre de 2026: tres nombres deben ser eliminados de las listas de vigilancia internas y sus fondos liberados, mientras que tres entradas existentes deben actualizarse para evitar discrepancias y falsos positivos. Cualquier persona o entidad que permanezca en el Anexo I sigue sujeta a la congelación, y el texto oficial de las entradas modificadas es la referencia que debe aplicarse.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, OJ L 2026/2490, 4 de noviembre de 2026, p. 1/3 (referencia oficial: CELEX 32026R2490).