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EUR-Lex · 23 Sep 2026 · 4 vistas

El Consejo de la UE actualiza los datos de las sanciones contra Afganistán para 24 personas y una entidad

Por FactBox Admin

EU Council updates Afghanistan sanctions data for 24 people and one entity

El Consejo de la Unión Europea ha actualizado las entradas de 24 personas y una entidad sujetas a medidas restrictivas de la UE en vista de la situación en Afganistán, tras las revisiones realizadas por el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas establecido en virtud de la Resolución 1988 (2011). Las enmiendas fueron adoptadas el 22 de septiembre de 2026 en la Decisión de Ejecución del Consejo (PESC) 2026/2137 y el Reglamento de Ejecución del Consejo (UE) 2026/2138, ambos publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea el 23 de septiembre de 2026. Los dos actos sustituyen los datos identificativos de las personas y la entidad enumeradas, que siguen sujetas a la congelación de fondos y a las demás medidas restrictivas en vigor.

La base jurídica y el detonante de la ONU

La decisión ejecuta la Decisión 2011/486/PESC del 1 de agosto de 2011, mientras que el reglamento ejecuta el Reglamento (UE) n.º 753/2011 de la misma fecha, los dos instrumentos que transponen el régimen de sanciones de la ONU sobre Afganistán al derecho de la UE. Según los considerandos de ambos actos, el comité de la ONU actualizó la información sobre las personas y la entidad enumeradas en cuatro fechas: 10 de marzo de 2026, 13 de abril de 2026, 15 de abril de 2026 y 28 de abril de 2026.

Los anexos modifican las entradas bajo el epígrafe A, “Personas asociadas a los talibanes”, y el epígrafe B, “Entidades y otros grupos y empresas asociadas a los talibanes”, de la lista consolidada. El Consejo actuó sobre una propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

Quiénes se ven afectados

Las entradas sustituidas abarcan a 24 personas físicas y una entidad. Entre las personas cuyos datos fueron actualizados se encuentran:

  • Sirajuddin Jallaloudine Haqqani, jefe de la Red Haqqani, designado por primera vez por la ONU el 13 de septiembre de 2007.
  • Abdul Ghani Baradar Abdul Ahmad Turk, alias Mullah Baradar Akhund, exviceministro de Defensa de los talibanes.
  • Mohammad Hassan Akhund, ex primer viceministro del Consejo de Ministros y ministro de Asuntos Exteriores bajo el régimen talibán.
  • Khalil Ahmed Haqqani, miembro senior de la Red Haqqani, presuntamente fallecido el 11 de diciembre de 2024.
  • Amir Khan Motaqi, alias Amir Khan Muttaqi, exministro de Educación y representante de los talibanes en las conversaciones lideradas por la ONU.
  • Gul Agha Ishakzai, jefe de la comisión financiera de los talibanes, y Malik Noorzai, descrito como financista de los talibanes.
  • Abdul Rauf Zakir, alias Qari Zakir, exjefe de operaciones suicidas de la Red Haqqani.

Las entradas actualizadas añaden o renuevan números de pasaporte, fechas y lugares de nacimiento, direcciones, números de identificación nacional y los resúmenes narrativos de los motivos de inclusión proporcionados por el Comité de Sanciones.

La entidad y la red de casas de cambio

La única entidad afectada es Haji Khairullah Haji Sattar money exchange, también conocida como Haji Khairullah-Haji Sattar Sarafi y por otros ocho alias. Su entrada enumera sucursales en Kabul, Kandahar, Helmand, Herat, Nimroz, Farah, Spin Boldak y Zabul, así como oficinas en Dubái, Emiratos Árabes Unidos, y Zahedan, Irán, y registra el número de licencia de proveedor de servicios monetarios afganos 044. La ONU designó a la entidad el 29 de junio de 2012, afirmando que los líderes talibanes la utilizaban para transferir dinero a los comandantes y para recibir transferencias hawala.

Entrada en vigor y recursos legales

Ambos actos entran en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, es decir, el 24 de septiembre de 2026. Una notificación separada, C/2026/4979, publicada en la serie C el 23 de septiembre de 2026, informa a las personas y a la entidad interesadas sobre las formas de impugnar su inclusión: una solicitud de reconsideración al Punto Focal de la ONU para la exclusión de listas, una solicitud a la Secretaría General del Consejo (RELEX.1), o una acción ante el Tribunal General de la Unión Europea en virtud de los artículos 263 y 275 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La notificación también recuerda la posibilidad de solicitar a las autoridades nacionales competentes la autorización para utilizar los fondos congelados para necesidades básicas.

La actualización mantiene la lista de la UE alineada con la lista consolidada de la ONU, por lo que los bancos, proveedores de pagos y otros operadores deben aplicar los datos de identificación revisados al examinar a los clientes y las transacciones vinculadas a Afganistán.


Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 2026/2137 y 2026/2138, 23 de septiembre de 2026, p. 1/16 (referencia oficial: CELEX:L_20262137, CELEX:L_20262138).