EUR-Lex · 30 Oct 2026 · 7 vistas
La UE añade los humos de soldadura a la lista de carcinógenos y limita la exposición al cobalto
Por FactBox Admin

Los trabajos que implican la exposición a humos de soldadura se han añadido a la lista de la UE de procesos carcinógenos, mutágenos y reprotóxicos cubiertos por la legislación de seguridad laboral, mientras que se introducen límites de exposición vinculantes para el cobalto y los compuestos inorgánicos de cobalto. El cambio se realiza mediante la Directiva (UE) 2026/2450 del Parlamento Europeo y del Consejo, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, del 30 de octubre de 2026.
Lo que decidieron los colegisladores
La directiva, adoptada en Estrasburgo el 21 de octubre de 2026 y firmada por la presidenta del Parlamento Europeo R. Metsola y el presidente del Consejo T. Dooley, modifica la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados de la exposición a agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos en el trabajo. Fue adoptada mediante el procedimiento legislativo ordinario sobre la base del artículo 153, apartado 2, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, tras la posición del Parlamento del 6 de octubre de 2026 y la decisión del Consejo del 19 de octubre de 2026.
El texto sigue las opiniones del Comité Consultivo de Seguridad y Salud en el Trabajo (ACSH) y del Comité de Evaluación de Riesgos (RAC) de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA). Asimismo, refina las definiciones de “carcinógeno”, “mutágeno” y “sustancia reprotóxica” para que las sustancias, mezclas y procesos enumerados en el Anexo I queden cubiertos por cada una de ellas.
Los humos de soldadura se incorporan al Anexo I
El Anexo I recibe un nuevo punto 9: los trabajos que impliquen la exposición a humos de procesos de soldadura que contengan sustancias o mezclas que cumplan los criterios de clasificación como carcinógenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción de categoría 1A o 1B según el Reglamento (CE) n.º 1272/2008. Una nota al pie indica que la exposición no debe superar el valor límite del Anexo III de cualquier sustancia carcinógena, mutágena o reprotóxica liberada durante la soldadura.
El preámbulo registra que la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) clasificó los humos de soldadura como “carcinógenos para los seres humanos” (Grupo 1), y que dichos humos pueden contener compuestos de cromo(VI), compuestos de níquel, o cadmio y sus compuestos inorgánicos. Debido a que no existe una clasificación armonizada a nivel de la Unión, el ACSH recomendó enumerar únicamente los trabajos que impliquen la exposición. La Comisión también tiene la tarea, en virtud del artículo 18a modificado, de evaluar si son necesarios más valores límite para las sustancias contenidas en los humos de soldadura, y se le invita a desarrollar una guía de la UE junto con la Guía de 2018 para Inspectores Nacionales de Trabajo.
Cobalto: nuevos límites con una transición de seis años
| Agente | Valor límite (8 horas) |
|---|---|
| Cobalto y compuestos inorgánicos de cobalto, fracción inhalable | 0,01 mg/m³, medido como cobalto |
| Cobalto y compuestos inorgánicos de cobalto, fracción respirable | 0,0025 mg/m³, medido como cobalto |
- Notación para sensibilización dérmica y respiratoria.
- Valores transitorios de 0,02 mg/m³ (inhalable) y 0,0042 mg/m³ (respirable) hasta el 20 de noviembre de 2032.
- Se prevé que el consumo de cobalto aumente aproximadamente un 330 % para 2050, impulsado por el sector de las baterías y la transición ecológica.
Otras sustancias y plazos
El mismo anexo modifica o añade varias entradas:
- Hidrocarburos aromáticos policíclicos medidos como benzo[a]pireno: 0,00007 mg/m³, con 0,00014 mg/m³ hasta el 20 de noviembre de 2033 para nueve sectores enumerados, desde fundiciones de acero y hierro hasta la soldadura de vías férreas y la fundición de metales.
- Isopreno: 8,5 mg/m³ (3 ppm), n.º CE 201-143-3, n.º CAS 78-79-5.
- 1,4-dioxano: 7,3 mg/m³ (2 ppm) durante ocho horas y 73 mg/m³ (20 ppm) a corto plazo, con una notación cutánea y un valor límite biológico de 45 mg de HEAA en orina por gramo de creatinina.
- Mercurio y compuestos inorgánicos de mercurio divalente: 0,02 mg/m³, ahora limitado expresamente a aquellos que entren en el ámbito de aplicación de la directiva.
- Plomo: valores límite biológicos de 30 µg Pb/100 ml de sangre hasta el 31 de diciembre de 2028 y 15 µg Pb/100 ml de sangre a partir del 1 de enero de 2029.
Los empleadores también deben proporcionar equipos de protección individual, en particular protección respiratoria, solo como último recurso cuando la exposición no pueda evitarse o reducirse adecuadamente de otro modo, y los trabajadores que utilicen dicho equipo tienen derecho a descansos regulares en una zona no contaminada. Los Estados miembros tienen hasta el 20 de noviembre de 2028 para poner en vigor las leyes y disposiciones administrativas necesarias; la directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación.
La revisión obliga a miles de talleres, astilleros y PYMES metalúrgicas de toda la Unión a revisar sus evaluaciones de riesgos, ya que los humos de soldadura son ahora un proceso regulado por derecho propio y no solo una mezcla de sustancias clasificadas individualmente.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, n.º 2026/2450, 30 de octubre de 2026, p. 1 (referencia oficial: Directiva (UE) 2026/2450, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2026/2450/oj).