Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 03 Nov 2026 · 4 vistas
Estado y Madrid abren negociaciones sobre la ley del concebido antes del Constitucional
Por FactBox Admin

La Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid han abierto negociaciones para resolver las discrepancias sobre la Ley 5/2026, de 7 de julio, de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia. El acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, adoptado el 9 de octubre de 2026, se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del martes 3 de noviembre de 2026 (núm. 264), mediante resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
El texto aparece en la Sección I, apartado C) «Otras Disposiciones», con el número 41 y la referencia oficial BOCM-20261103-41, en la página 275 del boletín. La resolución que lo ordena está fechada el 28 de octubre de 2026 y la firma Lourdes Ríos Zaldívar como Secretaria General Técnica del departamento autonómico.
Tres mandatos: negociar, crear un grupo y comunicar al Constitucional
El acuerdo de la comisión bilateral se concreta en tres decisiones sucesivas, transcritas literalmente en el anexo publicado:
- Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con la Ley 5/2026, de 7 de julio.
- Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
- Comunicar el acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
El tercer punto incluye, además, el mandato de insertar el acuerdo tanto en el «Boletín Oficial del Estado» como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, lo que explica la publicación madrileña que ahora se difunde. La norma objeto de la controversia es una ley autonómica aprobada el 7 de julio de 2026 y su título completo la vincula al reconocimiento del concebido dentro del bloque de medidas de apoyo a la familia de la Comunidad de Madrid.
El marco legal invocado y las firmas del acuerdo
La resolución se ampara en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero. Es ese precepto el que habilita a la Secretaría General Técnica a disponer la publicación en el boletín autonómico del acuerdo que se transcribe como anexo.
El acuerdo está suscrito por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez, y por el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín, en representación de las dos administraciones que integran la comisión bilateral. El texto lleva el código de tramitación (03/17.548/26).
- Órgano que adopta el acuerdo: Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid.
- Fecha del acuerdo: 9 de octubre de 2026.
- Norma afectada: Ley 5/2026, de 7 de julio, de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia en la Comunidad de Madrid.
- Publicación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 264, de 3 de noviembre de 2026, Sección I.C, pág. 275.
Qué implica el trámite
Con este paso, la discrepancia entre el Ejecutivo central y el Gobierno autonómico sobre la ley del concebido queda encauzada por la vía de la negociación bilateral y no por la del conflicto ante el Tribunal Constitucional: la comisión se da un plazo de trabajo propio, a través del grupo designado, para proponer una solución antes de que el asunto se resuelva por otras vías.
El acuerdo no adelanta el contenido concreto de las discrepancias ni el sentido de la eventual solución, que quedan remitidos al Grupo de Trabajo y a la propia comisión. Tampoco fija en el texto publicado un calendario para la conclusión de las negociaciones.
La relevancia para los lectores es doble: por un lado, confirma que la norma que reconoce al concebido en la Comunidad de Madrid sigue sometida a revisión institucional; por otro, deja constancia pública, en el boletín autonómico, de que ambas administraciones han optado por negociar antes de llevar el litigio al alto tribunal.
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, núm. 264, de 3 de noviembre de 2026, Sección I.C «Otras Disposiciones», pág. 275 (referencia oficial: BOCM-20261103-41).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-11-03