BOP de Córdoba · 23 Sep 2026 · 4 vistas
Espejo aprueba 20.000 euros en ayudas para emprendedores y empresas locales
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Espejo ha aprobado las bases reguladoras de las ayudas municipales para la creación de empresas y la modernización y mejora de la competitividad de las empresas locales, dotadas con 20.000 euros. La convocatoria se aprobó por Resolución de Alcaldía nº 2026/00001239, de 17 de septiembre de 2026, firmada por el alcalde-presidente Florentino Santos Santos. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 184, de 23 de septiembre de 2026, sección VI (Administración Local), con referencia BOP-A-2026-3173.
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y se financiarán con cargo al Presupuesto municipal de 2026, aplicación presupuestaria 49700 4390 «AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO Y EMPRESAS». El crédito inicial es de 20.000 euros, repartido a partes iguales entre las dos líneas: 10.000 euros para cada una. El importe no dispuesto en una línea podrá incrementar automáticamente el de la otra si el volumen de solicitudes lo requiere, y el crédito no comprometido podrá destinarse a otros gastos presupuestarios.
La convocatoria se ampara en el artículo 9.1.21 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio) y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Quienes fueron beneficiarios en la convocatoria del ejercicio 2025 quedan excluidos de esta edición.
Dos líneas de hasta 1.000 euros por beneficiario
La Línea 1, de incentivos a la creación empresarial local, subvenciona con un máximo de 1.000 euros cada nueva empresa o alta de autónomo constituida entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de agosto de 2026. Cubre gastos de asesoramiento, notaría y registro, cánones de entrada por franquicia, adscripción inicial a centrales de compras, inicio de suministros, rehabilitación y adecuación de inmuebles, honorarios técnicos, maquinaria, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos y software. Quedan fuera los consumibles, las tasas e impuestos, las sanciones y los gastos judiciales.
La Línea 2, de modernización y mejora de la competitividad, concede también hasta 1.000 euros por proyecto, con inversiones realizables entre el 1 de enero de 2025 y el 15 de diciembre de 2026. Financia reformas exteriores e interiores de locales, mobiliario y equipamiento comercial, enseres, maquinaria, instalaciones de seguridad, iluminación y eficiencia energética, así como ordenadores, periféricos, programas informáticos y altas de dominio. No se subvencionan suministros, servicios complementarios, costes de personal ni cuotas de autónomo, y el coste de la inversión no puede ser inferior a la ayuda concedida.
Ambas líneas son incompatibles entre sí y admiten una sola subvención por empresa o empresario, aunque sí son compatibles con otras ayudas de cualquier entidad dentro de los límites legales.
Requisitos, plazo y tramitación electrónica
Podrán ser beneficiarias las personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades económicas sin personalidad jurídica con domicilio fiscal y actividad en Espejo, al corriente de sus obligaciones con la AEAT, la Hacienda autonómica, la Hacienda local y la Tesorería General de la Seguridad Social. Los beneficiarios deben mantener el alta empresarial al menos tres meses desde el mes siguiente a la notificación de la concesión; de lo contrario, reintegrarán el 100% de la ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOP. La tramitación es exclusivamente electrónica, a través de la Sede Electrónica municipal (www.espejo.es), con los modelos ANEXO I de cada línea; los defectos se subsanan en diez días.
Resolución, pago y justificación
La Alcaldía resuelve el procedimiento en un plazo máximo de tres meses desde el día siguiente a la presentación de solicitudes. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas, igual que las no resueltas durante 2026. El pago se realiza al 100% tras la notificación de la concesión.
La justificación es de seis meses en la Línea 1 y de tres meses desde el fin del periodo de ejecución en la Línea 2, siempre por medios electrónicos. Los beneficiarios deben exhibir en un lugar visible del establecimiento o en su web el cartel acreditativo de su condición durante seis meses.
La convocatoria moviliza 20.000 euros del presupuesto municipal de 2026 para sostener el tejido empresarial y el autoempleo en Espejo. Los interesados disponen de diez días hábiles desde esta publicación para presentar su solicitud por vía electrónica.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 184, 23 de septiembre de 2026, sección VI (Administración Local), pág. 13813 (referencia oficial: BOP-A-2026-3173).