FactBox.

BOP de Sevilla · 15 Oct 2026 · 7 vistas

Espartinas abre la convocatoria de subvenciones para asociaciones y hermandades

Por FactBox Admin

Espartinas abre la convocatoria de subvenciones para asociaciones y hermandades

El Ayuntamiento de Espartinas ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y hermandades del municipio para el ejercicio 2026, dotadas con 20.000 euros. La decisión se adoptó mediante el Decreto de Alcaldía nº 1384/2026, de 7 de octubre de 2026, firmado por la alcaldesa-presidenta Cristina Los Arcos Llaneza, y el texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 200, de 15 de octubre de 2026, con referencia BOP-SE-2026-200004. La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva y está dirigida al tejido asociativo y cultural local.

El extracto de la convocatoria, con el número 222667 y la identificación BDNS 934541, se publicó previamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 199, de 14 de octubre de 2026 (BOP-SE-2026-199011), y su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Las bases se rigen por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo, la Ordenanza de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Espartinas (publicada en el BOP el 11 de enero de 2024) y el Plan Estratégico de Subvenciones 2026.

Cuantía y entidades beneficiarias

La dotación total prevista asciende a 20.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 9200-4800005 «Administración General. Subvención Asociaciones y Hermandades del Municipio». El importe máximo por entidad beneficiaria es de 2.000 euros y la financiación puede alcanzar el 100 % del coste de la actividad.

Podrán solicitar las ayudas:

  • Asociaciones sin ánimo de lucro de carácter cultural, deportivo, educativo, juvenil o social.
  • Hermandades del municipio.
  • Entidades legalmente constituidas, con domicilio fiscal y ámbito de actuación en Espartinas.
  • Entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento y en los registros estatal o autonómico correspondientes.

La subvención es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que no se supere el coste total de la actividad.

Plazo, presentación y resolución

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, que tuvo lugar el 14 de octubre de 2026. Las peticiones se presentan obligatoriamente por vía electrónica en la sede electrónica municipal, con el modelo del Anexo I y firma mediante certificado electrónico cualificado del representante legal.

El Ayuntamiento de Espartinas dispone de un plazo máximo de un mes, desde la conclusión del plazo de presentación, para resolver; la resolución de concesión pone fin a la vía administrativa. El órgano gestor es la Delegación de Subvenciones y la valoración corresponde a la Comisión Técnica de valoración y seguimiento, integrada por tres miembros del personal técnico.

Baremo y criterios de valoración

Los proyectos se evalúan sobre un máximo de 100 puntos y requieren al menos 40 para ser seleccionados:

  • Número de personas asociadas: hasta 40 puntos.
  • Antigüedad en el Registro Municipal de Asociaciones: un punto por año, con un máximo de 10.
  • Propuesta de actividades o programas: hasta 40 puntos, con 10 puntos por cada iniciativa de cultura y ocio, fomento del empleo, salud y medio ambiente, o igualdad e integración social.
  • Fomento del voluntariado no remunerado: hasta 10 puntos.

En caso de empate se prioriza a la entidad con mayor antigüedad de inscripción y a las que no resultaron beneficiarias en la convocatoria anterior.

Ejecución, pago y justificación

El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas comprende del 1 de enero al 30 de septiembre de 2026. El pago se realiza en un único abono anticipado del 100 % tras la notificación de la concesión, sin exigencia de garantías al ser el importe máximo inferior a 3.000 euros.

La justificación deberá presentarse antes del 31 de marzo de 2027 e incluirá memoria de actuación, memoria económica con facturas y resguardos bancarios, y documentación de difusión. Quedan excluidos gastos como catering, viajes, premios en metálico, gastos corrientes de estructura o inversiones en bienes duraderos.

La convocatoria llega al tejido asociativo de Espartinas con el ejercicio ya avanzado y con el periodo de ejecución cerrado el 30 de septiembre, por lo que las entidades deberán acreditar actividades realizadas o en curso. El reparto de los 20.000 euros y el límite de 2.000 euros por entidad condicionan el número de beneficiarios y refuerzan el peso del baremo, en el que el tamaño de la asociación y la antigüedad concentran la mitad de la puntuación.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 200, de 15 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 21-36 (referencia oficial: BOP-SE-2026-200004).