BOP de Badajoz · 05 Nov 2026 · 4 vistas
Esparragalejo aprueba definitivamente un presupuesto de 2026 de 877.500 euros
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Esparragalejo (Badajoz) ha aprobado de forma definitiva su presupuesto general para el ejercicio 2026, que asciende a 877.500,00 euros, tras no registrarse reclamaciones ni alegaciones durante el periodo de exposición pública. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 212, de 5 de noviembre de 2026, mediante el Anuncio 4346/2026, firmado por el alcalde, Francisco José Pajuelo Sánchez.
Del Pleno de septiembre a la aprobación definitiva
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 30 de septiembre de 2026, aprobó inicialmente el presupuesto general junto con las bases de ejecución, la plantilla de personal y los anexos que lo integran. El expediente completo se sometió a información pública durante quince días hábiles mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 190, de 5 de octubre de 2026 (Anuncio 3855/2026), a disposición de los interesados en la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento.
Al no haberse presentado reclamaciones en ese plazo, las cuentas han quedado definitivamente aprobadas sin necesidad de un acuerdo expreso del Pleno, conforme al artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La publicación del resumen por capítulos se realiza en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
La aprobación llega después de un ejercicio 2026 gestionado con el presupuesto municipal prorrogado, sobre el que el Consistorio ha tramitado varios expedientes de modificación de créditos: el 14/2026, aprobado definitivamente y publicado el 22 de octubre de 2026 (Anuncio 4182/2026), y el 17/2026, cuya aprobación inicial se anunció el 27 de octubre de 2026 (Anuncio 4236/2026), ambos sobre el presupuesto prorrogado.
El gasto corriente concentra el 91% del presupuesto
El estado de gastos se reparte íntegramente entre operaciones corrientes y de capital, sin recurso al endeudamiento: los capítulos 8 y 9 (activos y pasivos financieros) figuran a cero.
- Gastos de personal (capítulo 1): 334.190,00 euros.
- Gastos corrientes en bienes y servicios (capítulo 2): 464.260,00 euros.
- Gastos financieros (capítulo 3): 2.050,00 euros.
- Transferencias corrientes (capítulo 4): 52.800,00 euros.
- Inversiones reales (capítulo 6): 24.200,00 euros.
- Transferencias de capital (capítulo 7): 0,00 euros.
En el estado de ingresos, la principal fuente de financiación son las transferencias corrientes, con 526.291,01 euros, seguidas de los impuestos directos (288.500,00 euros), las tasas y otros ingresos (40.297,96 euros), los ingresos patrimoniales (13.000,03 euros), los impuestos indirectos (6.311,00 euros) y las transferencias de capital (3.100,00 euros). El total cuadra en ambos estados en 877.500,00 euros.
Una plantilla de cinco funcionarios y dos laborales fijos
El anuncio detalla también la plantilla de personal aprobada con las cuentas, publicada conforme al artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y al artículo 90 de la Ley 7/1985:
- Personal funcionario: una plaza de Secretario-Interventor (subgrupo A1/A2, complemento de destino 26), una de Administrativo (C1, destino 22), una de Auxiliar Administrativo (C2, destino 18, vacante) y dos de Agente de Policía Local (C1, destino 18).
- Personal laboral fijo: una plaza vacante de Limpiadora de edificios municipales a tiempo parcial y una plaza de Auxiliar de Biblioteca Municipal a jornada completa.
- Personal laboral temporal con cargo a subvenciones: 10 puestos del Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo, 4 de Conciliación, 1 de Escuelas Infantiles, 3 del Plan Diputación Contigo 2024, 8 del Plan Avanzamos 2025, 3 del Plan Avanzamos 2026 y 1 del Plan de Activación de Empleo Local 2026 (PAEL).
- Cargo público con dedicación exclusiva: un puesto de Alcalde-Presidente.
Impugnación y efectos
El acuerdo podrá impugnarse ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa conforme a los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El propio anuncio advierte de que la interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo, de modo que las cuentas desplegarán efectos desde su publicación.
Con estas cifras, Esparragalejo dota de marco jurídico a su gasto municipal del próximo ejercicio en un contexto de prórroga presupuestaria: el 91% del presupuesto se destina a gasto corriente, con solo 24.200 euros de inversión real y una dependencia notable de las transferencias corrientes, que aportan casi el 60% de los ingresos. La plantilla aprobada confirma además el peso de los programas subvencionados de empleo en la estructura de personal del municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 212, de 5 de noviembre de 2026, Administración Local, pág. 2 (referencia oficial: Anuncio 4346/2026).