Federal Register · 28 Sep 2026 · 8 vistas
La EPA amplía dos sitios de disposición de material dragado en el océano frente a Corpus Christi
Por FactBox Admin

La Agencia de Protección Ambiental ha emitido una norma final que amplía dos sitios de disposición de material dragado oceánico frente a las costas de Corpus Christi, Texas, para asegurar la capacidad a largo plazo para el material dragado de la Bahía de Corpus Christi. La norma, publicada en el Registro Federal del lunes 28 de septiembre de 2026, modifica los sitios de disposición de material dragado oceánico (ODMDS, por sus siglas en inglés) del Canal de Navegación de Corpus Christi (CCSC) y de Nuevas Obras de Corpus Christi (CCNW), y entra en vigor el 28 de octubre de 2026.
La acción modifica la parte 228 del título 40 del CFR, los criterios para la gestión de los sitios de disposición para el vertido oceánico, revisando los párrafos (j)(16) y (j)(17) de la § 228.15, que enumera los sitios de vertido designados de forma definitiva. Fue emitida bajo la Ley de Protección, Investigación y Santuarios Marinos (MPRSA) y firmada el 14 de septiembre de 2026 por Walter Mason, Administrador Regional de la Región 6 de la EPA. La norma lleva el número de expediente EPA–R06–OW–2025–3359 (FRL 13119–02–R6).
Dos sitios existentes ampliados, no se designó uno nuevo
La EPA optó por ampliar los límites de los dos sitios existentes en lugar de designar un nuevo sitio de disposición oceánica o múltiples sitios frente a la costa. El material dragado se dispuso por primera vez en la ubicación del CCSC en 1969, antes de que se promulgara la MPRSA en 1972; el sitio fue designado de forma provisional en 1977 y de forma definitiva en 1989. El sitio CCNW fue designado en 1988 para el Proyecto Homeport de la Armada de los EE. UU. en Corpus Christi/Ingleside, que nunca se construyó, y posteriormente fue redesignado para la disposición única de material nativo de mejora del canal.
- ODMDS del CCSC: ampliado 0,5 millas náuticas (nmi) hacia el suroeste, de 0,61 a 1,05 millas náuticas cuadradas.
- ODMDS del CCNW: ampliado 0,5 nmi al noroeste, 0,6 nmi al noreste, 0,4 nmi al sureste y 0,8 nmi al suroeste, de 1,39 a 5,57 millas náuticas cuadradas.
- Las profundidades de los sitios modificados oscilan entre 35 y 55 pies de agua, y se encuentran entre 1,7 y 2,7 nmi mar adentro.
Volúmenes vinculados a la profundización del canal de navegación
El Proyecto de Mejora del Canal de Navegación de Corpus Christi (CCSCIP) generó aproximadamente 41 millones de yardas cúbicas (MCY) de material dragado de nuevas obras y se espera que genere unas 208 MCY de material de mantenimiento durante la vida del proyecto. Se espera que el proyecto propuesto de profundización del canal añada aproximadamente 46 MCY de material de nuevas obras y 7,8 MCY de material de mantenimiento. La EPA señaló que se espera que la cantidad dispuesta en los sitios aumente debido a proyectos de desarrollo privado autorizados y a la capacidad limitada en tierra, y que solo el material considerado apto para la disposición oceánica según las guías de prueba nacionales y regionales se enviaría a los sitios modificados.
Revisiones, consultas y comentarios públicos
EPA publicó la norma propuesta, el borrador de la evaluación ambiental y el borrador del Plan de Gestión y Monitoreo del Sitio el 12 de marzo de 2026 (91 FR 12126), aceptando comentarios hasta el 13 de abril de 2026. La agencia recibió comentarios individuales de ocho comentaristas y no realizó cambios sustanciales en los documentos finales. Las consultas concluyeron con la conformidad del Servicio Nacional de Pesca Marina (28 de enero de 2025), el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los EE. UU. (6 de junio de 2025, determinando que es poco probable que el manatí del Caribe se vea afectado adversamente), la Oficina General de Tierras de Texas (21 de abril de 2026) y la Comisión Histórica de Texas (8 de agosto de 2025).
Límites y monitoreo
EPA subrayó que la modificación de los límites del sitio no aprueba la eliminación de material dragado de ningún proyecto específico. Antes de cualquier vertido, la EPA y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los EE. UU. (USACE) deben evaluar el material frente a los criterios de protección marina en 40 CFR parte 227, y el USACE debe autorizar la eliminación bajo la sección 103 de la MPRSA, con la revisión y conformidad de la Región 6 de la EPA. Los sitios se gestionarán bajo un Plan de Gestión y Monitoreo del Sitio actualizado, con un monitoreo ambiental periódico aproximadamente cada 10 años. El Informe Integrado de Texas de 2024 sitúa los sitios en un cuerpo de agua degradado, unidad de evaluación TX–2501_06, listado por un aviso de consumo de pescado debido al mercurio, aunque la EPA afirmó que el monitoreo de 2020 no encontró problemas significativos de calidad del agua.
La expansión brinda a los contratistas de dragado, al Puerto de Corpus Christi y a las agencias federales una salida monitoreada más amplia para el material de uno de los canales de navegación más transitados del Golfo de América, manteniendo vigentes los permisos proyecto por proyecto y las salvaguardas del entorno marino.
Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 186, 28 de septiembre de 2026, Rules and Regulations, p. 61138 (referencia oficial: FR Doc. 2026–19745).