Butlletí Oficial de les Illes Balears · 22 Sep 2026 · 7 vistas
Empresa convoca ayudas para modernizar los mercados municipales de Baleares
Por FactBox Admin

La Conselleria de Empresa, Autónomos y Energía ha convocado las subvenciones destinadas a fomentar la mejora y modernización de los mercados municipales permanentes de las Islas Baleares para el año 2026. La resolución, firmada por el conseller Alejandro Sáenz de San Pedro García el 16 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 118, de 22 de septiembre de 2026, con el número de orden 9393, y comienza a tener efectos al día siguiente de su publicación.
La convocatoria se enmarca en la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de comercio interior, reconocida por el artículo 30.42 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares. Las bases reguladoras son las de la Orden de la consellera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 (BOIB núm. 52, de 17 de abril), de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
Las ayudas se incluyen en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (objetivo I, línea 2.2), y se justifican porque el Gobierno de las Islas Baleares quiere fomentar el comercio urbano y ayudar a estos establecimientos a mantener la actividad con criterios de competitividad y calidad.
Quién puede solicitar las ayudas
Los destinatarios son las empresas titulares de una concesión administrativa para la gestión y explotación de mercados municipales permanentes de las Islas Baleares. La declaración responsable que acompaña la solicitud exige acreditar:
- No incurrir en ninguno de los supuestos de exclusión del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
- No haber sido objeto de sanciones firmes ni de sentencias condenatorias firmes en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género, ni por infracción de la normativa LGTBI.
- No tener la consideración de empresa en crisis, según el Reglamento (UE) 651/2014.
- Tener al menos un 50 % de mujeres en la plantilla o ser trabajador autónomo sin personal a cargo.
- Declarar el uso del catalán en el etiquetado, la rotulación externa o la página web del establecimiento.
- Detallar otras ayudas solicitadas o recibidas por el mismo concepto y las subvenciones de minimis percibidas en los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
Documentación y tramitación
La resolución aprueba el modelo de solicitud, el de declaración responsable y el de memoria explicativa del proyecto, que se adjuntan como anexos 1, 2 y 3. Junto con la solicitud se debe aportar:
- La memoria explicativa del proyecto, con la descripción de las actuaciones y las facturas o presupuestos relacionados.
- Presupuestos, facturas proforma o facturas.
- Fotocopia de la escritura de constitución y del documento que acredite la representación de quien actúa en nombre del solicitante.
- La resolución que acredite la titularidad de la concesión administrativa del mercado municipal permanente.
- Otra documentación acreditativa para la puntuación de la solicitud.
El modelo de solicitud de pago de la ayuda y el modelo de cuenta justificativa no se publican ahora: se adjuntarán como anexos a la resolución de concesión, que también se publicará en el BOIB. La convocatoria se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y las ayudas quedan sometidas a la norma de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.
Recursos y efectos
La resolución agota la vía administrativa. Contra ella se puede interponer:
- Un recurso de reposición ante el conseller de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el BOIB.
- Un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, también desde el día siguiente a la publicación.
La tramitación de los datos personales de los solicitantes corresponde a la Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio.
La convocatoria da continuidad a la línea de ayudas para el tejido comercial y llega en un momento en que los mercados municipales tienen que competir con las grandes superficies y el comercio en línea. Para los ayuntamientos y los concesionarios, la apertura de esta convocatoria es la ocasión de financiar obras y equipamientos de mejora, mientras que para los paradistas y los comerciantes de proximidad en ella depende la modernización de los espacios donde desarrollan la actividad.
Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 118, 22 de septiembre de 2026, Sección III, pág. 51255 (referencia oficial: 9393).