Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 19 Oct 2026 · 1 vistas
Emplazados los interesados en el recurso de Comisiones Obreras sobre el curso
Por FactBox Admin

La Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras ha impugnado ante la justicia las Instrucciones de 30 de junio de 2026 de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa sobre el comienzo del curso escolar 2026-2027 en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha instado a la Comunidad a que emplace a cuantos tengan la condición de interesados en el Procedimiento Ordinario 1147/2026. El llamamiento se publica en el BOCM núm. 249, de 19 de octubre de 2026, en la sección I.D (Anuncios) de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, con la referencia oficial BOCM-20261019-33.
El emplazamiento y su origen procesal
La Resolución de 1 de octubre de 2026, firmada por el Viceconsejero de Política y Organización Educativa, José Carlos Fernández Borreguero, da cumplimiento al mandato judicial dictado por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Ese órgano remitió un escrito fechado el 17 de septiembre de 2026 en el que requería a la Administración autonómica para que practicara los emplazamientos previstos en el procedimiento.
El objeto del litigio es la instrucción que ordena la puesta en marcha del curso en la red pública no universitaria, un documento de carácter organizativo que fija las pautas de aplicación en los colegios e institutos dependientes de la Comunidad. La resolución publicada no entra a valorar el fondo del asunto ni suspende la aplicación de la instrucción: se limita a garantizar que terceros con interés legítimo puedan comparecer en el proceso ya iniciado por el sindicato.
Plazo, sede y condiciones para personarse
La resolución concreta las condiciones del llamamiento:
- Plazo: nueve días para formalizar la personación.
- Órgano ante el que se comparece: la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
- Sede: calle General Castaños, número 1, planta 1, 28004 Madrid.
- Alcance subjetivo: todos los posibles interesados en el Procedimiento Ordinario 1147/2026, sin que el anuncio identifique colectivos concretos.
- Referencia del expediente administrativo: (03/16.443/26).
El texto no detalla el contenido dispositivo de las instrucciones recurridas ni el suplico del recurso, de modo que la información disponible se circunscribe a la existencia del procedimiento y a la apertura del trámite de personación.
Un segundo frente judicial abierto este mes
El anuncio del 19 de octubre no es el único de estas características publicado por la Consejería en las últimas semanas. El BOCM núm. 239, de 7 de octubre de 2026, insertó una resolución de 24 de septiembre de 2026 del Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, José Ignacio Martín Blasco, por la que se emplazaba igualmente a los interesados en otro recurso contencioso-administrativo del mismo sindicato.
En ese segundo caso, el objeto del litigio es la autorización a 49 colegios de Educación Infantil y Primaria para impartir Educación Secundaria Obligatoria, y el procedimiento tramitado es el 1208/2026, también ante la Sección Octava del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con idéntico plazo de nueve días y la misma sede judicial.
Ambos anuncios dibujan una ofensiva judicial del sindicato docente en dos frentes simultáneos: la organización del arranque del curso en los centros públicos y la extensión de la etapa secundaria en colegios de Infantil y Primaria.
Por qué afecta a docentes, familias y centros
La instrucción recurrida es el marco al que se remiten los equipos directivos para ordenar horarios, agrupamientos y decisiones organizativas del curso recién iniciado, por lo que cualquier pronunciamiento judicial sobre ella alcanza de lleno a la vida diaria de los centros. La apertura del plazo de personación permite que sindicatos, asociaciones de familias, entidades locales o cualquier colectivo con interés legítimo se sumen al procedimiento y defiendan su posición antes de que el tribunal resuelva. La resolución publicada no anticipa plazos para la sentencia ni adopta medidas cautelares, de modo que las instrucciones del 30 de junio de 2026 siguen vigentes mientras se sustancia el Procedimiento Ordinario 1147/2026.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 249, de 19 de octubre de 2026, sección I.D (Anuncios), pág. 183 (referencia oficial: BOCM-20261019-33).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-19