Boletín Oficial del País Vasco · 30 Sep 2026 · 21 vistas
Emakund destinará 375.000 euros al asesoramiento técnico en igualdad de los municipios pequeños
Por FactBox Admin

Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer ha aprobado la convocatoria de subvenciones para 2026, destinada a municipios, cuadrillas, mancomunidades y asociaciones municipales de menos de 30.000 habitantes. La base es la Resolución del 9 de septiembre de 2026 de la directora Miren Elgarresta Larrabide, publicada en el número 187 del boletín BOPV, el 30 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026/4048. El objetivo de la ayuda es la contratación de asesoramiento técnico especializado en políticas de igualdad y en el ámbito de la violencia machista contra las mujeres.
Presupuesto y naturaleza de la convocatoria
La Resolución establece una dotación de 375.000 euros, a cargo de la Ley 7/2025, de 23 de septiembre, que aprueba los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 2026. La cantidad se distribuye en dos bloques:
- 285.000 euros para repartir entre municipios, cuadrillas, mancomunidades y asociaciones municipales de menos de 7.000 habitantes.
- 90.000 euros para repartir entre municipios de entre 7.000 y 29.999 habitantes.
Si el crédito de un bloque no se agota, el remanente podrá destinarse al otro bloque. La convocatoria se resolverá mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva, tal como permite el artículo 19.2 de la Ley 20/2023 (de 21 de diciembre, reguladora del régimen de subvenciones). La convocatoria se realiza bajo el amparo del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 de Emakunde, aprobado mediante la Resolución de 21 de octubre de 2024, y está orientada al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo.
A quién va dirigida y prioridades
Podrán ser beneficiarios los municipios, cuadrillas, mancomunidades y asociaciones municipales de menos de 30.000 habitantes; en el caso de las asociaciones, cada municipio debe tener menos de 7.000 habitantes. Los solicitantes deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no deben tener obligaciones pendientes de devolución de subvenciones. La Resolución da prioridad a las entidades locales que hayan puesto en marcha políticas de igualdad, para lograr un mayor equilibrio territorial, siempre que garanticen el seguimiento de dichas políticas. Asimismo, tienen prioridad los proyectos coordinados entre mancomunidades, cuadrillas y asociaciones municipales, debido a que su ámbito de actuación es más amplio.
Qué se financia y qué plazo
Las subvenciones se destinarán a cubrir los gastos de asesoramiento técnico especializado: realización de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito local, asesoramiento, análisis y asistencia técnica, incluida la del ámbito de la violencia machista. Las actividades deberán realizarse entre el 1 de enero y el 11 de diciembre de 2026, y el proyecto debe estar finalizado el 11 de diciembre. La justificación debe presentarse antes del 14 de diciembre. Las personas que ejecuten el proyecto deben contar con formación específica en materia de igualdad: al menos 150 horas o dos años de experiencia profesional, o en el caso de empresas de asesoría homologadas en igualdad, el certificado de homologación.
Cómo presentar y quién resolverá
Las solicitudes deberán presentarse electrónicamente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, y podrán realizarse en euskera o castellano. La Secretaría General de Emakunde será el órgano instructor, y la directora de la entidad Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer el órgano competente para resolver. El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, pero no podrán sobrefinanciar el coste de la actividad.
Efectos
La convocatoria pretende reforzar la capacidad técnica de las pequeñas entidades locales para aplicar la normativa en materia de igualdad y la Estrategia para la Igualdad de Mujeres y Hombres para 2030. Contra la resolución podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Fuente: BOPV, n.º 187, 30 de septiembre de 2026, Otras Disposiciones, orr. 1-14 (referencia oficial: 2026/4048).