Butlletí Oficial del Principat d'Andorra · 29 Oct 2026 · 8 vistas
Los temporeros de invierno tendrán que esperar cinco meses para obtener un nuevo permiso temporal
Por FactBox Admin

Los trabajadores temporeros que quieran un nuevo permiso de inmigración temporal para el invierno deberán esperar como mínimo cinco meses desde el vencimiento de la autorización anterior. El Gobierno aprobó esta condición el 28 de octubre de 2026 mediante los decretos 423 a 427/2026, publicados en el Boletín Oficial del Principado de Andorra (BOPA) núm. 124, del 29 de octubre de 2026, en la sección de Reglamentos. La medida se aplica a cinco sectores de actividad estacional y se incorpora como artículo nuevo en los reglamentos de cuota especial de la temporada de invierno 2026-2027.
Los cinco decretos modifican los reglamentos que el mismo Ejecutivo había aprobado una semana antes, el 21 de octubre de 2026 (decretos 409 a 413/2026), que fijaban la cuota especial de autorizaciones de inmigración temporales y de trabajo temporal de fronterizo para el conjunto de la temporada. Aquellos reglamentos sumaban 5.100 autorizaciones y no preveían ningún plazo entre el final de una autorización y la petición de la siguiente. Los nuevos decretos se fundamentan en los artículos 25.5 y 26.5 de la Ley 9/2012, del 31 de mayo, de modificación de la Ley cualificada de inmigración, y en el carácter improrrogable de este tipo de autorizaciones, y atribuyen al Gobierno la potestad de determinar reglamentariamente el plazo necesario para solicitar una nueva del mismo tipo.
Un artículo nuevo con la misma redacción en todos los reglamentos
El texto añadido es idéntico en los cinco reglamentos y se ha insertado como artículo 4 bis, excepto en el sector hotelero, donde pasa a ser el artículo 5 bis porque el reglamento tiene once artículos. La redacción oficial establece que «para obtener una autorización de inmigración temporal al amparo de este Reglamento el trabajador que la solicita no puede obtenerla hasta que hayan transcurrido como mínimo cinco meses desde la fecha de vencimiento de la autorización temporal anterior».
Los decretos, firmados en Andorra la Vella el 28 de octubre de 2026 por el jefe de Gobierno, Xavier Espot Zamora, a propuesta de la ministra de Justicia e Interior, entran en vigor el mismo día de la publicación en el BOPA. Los reglamentos originarios se habían sometido previamente a la consideración del Consejo Económico y Social.
Cinco sectores afectados y 5.100 plazas en juego
- Hostelería y restauración de pistas: 3.363 autorizaciones (2.624 de inmigración temporal y 739 de fronterizo), regidas por el Decreto 413/2026 y modificadas por el Decreto 427/2026.
- Estaciones de esquí: 1.064 autorizaciones (830 y 234), Decreto 409/2026, modificado por el Decreto 426/2026.
- Comercio en general, alquiler de material deportivo y actividades inmobiliarias: 480 autorizaciones (375 y 105), Decreto 410/2026, modificado por el Decreto 424/2026.
- Agencias de viajes: 82 autorizaciones (64 y 18), Decreto 411/2026, modificado por el Decreto 423/2026.
- Empresas de limpieza y de lavandería y limpieza de ropa: 111 autorizaciones (87 y 24), Decreto 412/2026, modificado por el Decreto 425/2026.
Plazos de solicitud, vigencia y requisitos que no cambian
- El plazo para presentar solicitudes al Servicio de Inmigración termina el 31 de marzo de 2027 en todos los sectores.
- Las autorizaciones son vigentes hasta el 2 de mayo de 2027 en esquí, comercio, inmobiliarias y agencias de viajes, y hasta el 15 de junio de 2027 en hostelería y limpieza.
- Se mantiene el requisito salarial de la Clasificación salarial de inmigración (CSI), que va desde los 1.609 euros mensuales para camareros y personal de limpieza hasta los 2.708 euros para directores y gerentes.
- Se mantienen la exigencia de formación adecuada o dos años de experiencia para los nuevos titulares y la obligación del empresario de garantizar los gastos de repatriación.
- La cuota por empresa continúa calculándose con la diferencia entre la plantilla máxima de invierno y la mínima de verano, verificada con datos de la Caja Andorrana de Seguridad Social.
- En hostelería quedan excluidas de la cuota las ocupaciones de gerente, director, profesional de la organización, técnico en mantenimiento de instalaciones hoteleras, jefe de cocina, jefe de comedor y técnico medio en contabilidad.
Un freno a la rotación entre temporadas
La condición afecta directamente a los trabajadores que encadenaban temporadas y a las empresas que los contratan, porque el nuevo permiso ya no se puede solicitar inmediatamente después del vencimiento del anterior. Con el plazo de solicitudes abierto hasta el 31 de marzo de 2027, los titulares que hayan agotado su autorización deberán contar cinco meses desde el vencimiento antes de volver a presentar la petición, un calendario que condiciona la planificación de plantillas en sectores que concentran el trabajo entre diciembre y marzo.
Fuente: Butlletí Oficial del Principat d’Andorra, núm. 124, 29 d’octubre del 2026, secció de Reglaments (referencia oficial: Decreto 427/2026, del 28-10-2026).