Boletín Oficial del Principado de Asturias · 07 Oct 2026 · 21 vistas
El SESPA delega la licitación de lavandería del Área I Occidente
Por FactBox Admin

La Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) ha delegado en la Gerencia del Área de Salud I Occidente la competencia para actuar como órgano de contratación en la licitación del servicio de lavado, desinfección, secado, planchado, doblado y transporte exterior de ropa y lencería de sus dispositivos asistenciales. La decisión se formaliza mediante la Resolución de 28 de septiembre de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) número 194, de 7 de octubre de 2026, con la referencia 2026-07957. El contrato sale a licitación con un presupuesto total de 3.120.348,00 euros y un plazo de ejecución de 24 meses.
Un contrato de 3,12 millones y dos años de duración
El presupuesto base de licitación asciende a 2.578.800,00 euros IVA excluido, al que se suma el Impuesto sobre el Valor Añadido del 21 %, cifrado en 541.548,00 euros, lo que eleva el importe total a 3.120.348,00 euros. El gasto se abonará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 9701100/412B/227000 y 9701300/412B/227000 del Área de Salud I Occidente, dentro de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias.
El plazo de ejecución será de 24 meses, con posibilidad de una o varias prórrogas que, aislada o conjuntamente, no podrán exceder de 36 meses.
Alcance del servicio y competencias delegadas
La delegación abarca el inicio y la tramitación del expediente, la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas, la publicación en los boletines oficiales, la autorización, disposición y reconocimiento de la obligación del gasto, así como la celebración de los contratos, sus modificaciones y prórrogas.
El objeto del contrato comprende los siguientes tratamientos de la ropa y lencería destinados a los dispositivos asistenciales del Área de Salud I Occidente:
- Lavado.
- Desinfección.
- Secado.
- Planchado.
- Doblado.
- Transporte exterior y demás tratamientos.
Base jurídica de la delegación
La resolución se apoya en el artículo 128.2 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, que atribuye a la Dirección Gerencia la condición de órgano de contratación del SESPA y faculta al Director Gerente a autorizar los gastos corrientes y los gastos de inversión cuya cuantía no exceda de 750.000 euros; el apartado 128.5 permite delegar esas atribuciones en las Gerencias de Áreas de Salud y en las direcciones de los centros.
Se invoca también el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que exige publicar las delegaciones en el boletín oficial correspondiente, y el punto quinto apartado 1 de la Resolución de 3 de agosto de 2012 (BOPA 6-8-2012) de la Dirección Gerencia del SESPA sobre delegación de atribuciones.
Completan el marco normativo:
- El Decreto 86/2025, de 23 de junio, por el que se aprueba el Mapa Sanitario del Principado de Asturias.
- El Decreto 123/2025, de 11 de diciembre, de estructura orgánica básica de los órganos de dirección y gestión del SESPA.
- La Resolución de 18 de marzo de 2026, de la Consejería de Salud, de nombramiento de la Gerente del Área de Salud I-Occidente (BOPA 24-03-2026).
- La circular interna dictada el 16 de abril de 2026 por la Dirección Gerencia del SESPA sobre delegación de competencias.
Motivos y efectos de la decisión
El SESPA justifica la delegación en la complejidad y extensión del procedimiento y en la conveniencia de que sea la propia Gerencia del Área I Occidente la que asuma su seguimiento, pese a que la cuantía de la licitación obligaría a la Dirección Gerencia a aprobar el gasto y actuar como órgano de contratación. La resolución fue firmada en Oviedo el 28 de septiembre de 2026 por el Director Gerente del SESPA.
La medida afecta directamente a las empresas del sector de lavandería industrial y gestión de lencería que concurran a la licitación y a los usuarios de los dispositivos asistenciales del área sanitaria, que verán garantizado el servicio de ropa hospitalaria durante los próximos dos años, prorrogables hasta un máximo de 36 meses adicionales.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), núm. 194, de 7 de octubre de 2026, sección I. Principado de Asturias, pág. 1-2 (referencia oficial: 2026-07957).