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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 18 Sep 2026 · 8 vistas

El SEPEPA convoca 19 millones en subvenciones para formación profesional 2027-2028

Por FactBox Admin

El SEPEPA convoca 19 millones en subvenciones para formación profesional 2027-2028

El Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA) ha convocado subvenciones por un importe máximo de 19.050.000 euros destinadas a programas de formación que conducen a la obtención de certificados profesionales (grados B y C) para personas trabajadoras desempleadas y ocupadas. La convocatoria se aprueba por Resolución de 9 de septiembre de 2026 del SEPEPA, dependiente de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, y se publica como extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 181, de 18 de septiembre de 2026, con la referencia oficial Cód. 2026-07546. La tramitación se realiza por el procedimiento anticipado de gasto, al corresponder las anualidades 2027 y 2028.

La convocatoria se ampara en la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, que regula la oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y establece las bases reguladoras y las condiciones de financiación (BOE de 5 de octubre de 2022). El extracto se publica conforme a los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y queda identificado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número 928853.

Dos líneas de formación y reparto por anualidades

El objeto es financiar programas de formación integrados por acciones formativas conducentes a certificados profesionales, divididos en dos líneas:

  • Línea 1: programas prioritarios para personas trabajadoras desempleadas, con 14.400.000 euros.
  • Línea 2: programas prioritarios para personas trabajadoras ocupadas, con 4.650.000 euros.

El reparto estimativo por anualidades es el siguiente:

  • Línea 1: 8.640.000 euros en 2027 y 5.760.000 euros en 2028.
  • Línea 2: 2.790.000 euros en 2027 y 1.860.000 euros en 2028.

Centros y entidades acreditadas como beneficiarias

Podrán ser beneficiarias los centros y las entidades de formación públicas o privadas, acreditadas e inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación para las acciones formativas objeto de la subvención, en la modalidad presencial, virtual o semipresencial, en el momento de presentar la solicitud. Además, deberán disponer en el territorio del Principado de Asturias de instalaciones debidamente acreditadas que permitan impartir las acciones solicitadas.

Antes del cobro, las entidades deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no ser deudoras del Principado de Asturias, o tener las deudas aplazadas, fraccionadas o suspendidas, conforme al artículo 10 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, y al artículo 13.1 de la Orden 942/2022. Quedan excluidos los pagos a entidades que hayan solicitado concurso voluntario, hayan sido declaradas insolventes, estén en concurso sin convenio eficaz, sujetas a intervención judicial o inhabilitadas conforme a la legislación concursal, así como las deudoras por resolución firme de reintegro.

Plazos, ejecución y forma de pago

Las solicitudes deberán presentarse desde el 15 de enero de 2027 hasta las 23:59 del 5 de febrero de 2027, a través de la aplicación informática habilitada. El procedimiento completo puede localizarse en la sede electrónica del Principado de Asturias introduciendo el código AYUD0256T05 en el buscador.

Las acciones formativas subvencionables se desarrollarán desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión hasta las 23:59 del 30 de noviembre de 2028. Por razones excepcionales y ajenas a la entidad beneficiaria, el SEPEPA podrá autorizar una prórroga, siempre que lo permita la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para las Personas Trabajadoras.

El abono y la liquidación se articulan así:

  • Hasta el 25 % del importe concedido para la totalidad del programa, previo al inicio de la actividad formativa.
  • Hasta un 35 % adicional, una vez acreditado el inicio de la actividad formativa.
  • Un único anticipo del 60 % del importe concedido, una vez acreditado ese mismo inicio.

Se entiende por inicio de la actividad el comienzo efectivo de la ejecución de las acciones formativas o cualquier acto de gestión previo a los cursos, como su difusión a través de la web Trabajastur o la publicación de anuncios. El importe a abonar se calculará con la memoria económica justificativa, que deberá mecanizarse obligatoriamente en la aplicación informática habilitada.

La convocatoria llega después de la de 2026-2027, aprobada por Resolución de 27 de julio de 2026 (BOPA núm. 148, de 3 de agosto de 2026) y cuyo plazo de solicitudes se amplió hasta el 4 de septiembre de 2026 por Resolución de 11 de agosto de 2026 (BOPA núm. 159, de 18 de agosto de 2026). Con esta nueva dotación, el SEPEPA garantiza la continuidad de la oferta de certificados profesionales en Asturias y da a los centros y entidades de formación un marco plurianual para programar sus acciones, al tiempo que amplía las opciones de cualificación acreditada de las personas desempleadas y ocupadas.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 181 de 18 de septiembre de 2026, I. Principado de Asturias — Otras Disposiciones, pág. 1-2 (referencia oficial: Cód. 2026-07546).