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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 30 Oct 2026 · 17 vistas

El Principado ejecuta una sentencia de 17.044 euros por facturas de limpieza

Por FactBox Admin

El Principado ejecuta una sentencia de 17.044 euros por facturas de limpieza

El Principado de Asturias ejecutará la sentencia que le condena a pagar a la empresa Bedunde, S. L. las facturas de limpieza que quedaron impagadas. La Consejería de Derechos Sociales y Bienestar ha dictado una resolución, de 16 de octubre de 2026 y publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 211, de 30 de octubre de 2026, por la que dispone la ejecución de la sentencia 635/2026 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

La resolución, incluida en la sección I del boletín y tramitada con el código 2026-08616, ordena ejecutar “en sus propios términos” el fallo judicial y da cuenta del importe reconocido a la mercantil. El texto va firmado por la consejera Nerea Monroy Rosal y se ampara en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.

El origen del litigio

La sentencia, dictada el 7 de julio de 2026, resolvió el recurso contencioso-administrativo P. O. 802/2025, interpuesto por Bedunde, S. L. —representada por el procurador don L. I. L.— contra la desestimación presunta de la reclamación que la empresa presentó el 15 de octubre de 2025 ante la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

La reclamación tenía por objeto el pago de facturas por la prestación del servicio de limpieza en distintos centros dependientes del Principado, una actividad que la empresa desarrolló durante buena parte de 2025 sin cobrar.

Cifras de la condena

El fallo, reproducido literalmente en la resolución publicada, estima en parte el recurso y anula la desestimación administrativa por ser contraria a Derecho. Las cantidades reconocidas son las siguientes:

  • Deuda principal por los servicios prestados: 16.108,10 euros.
  • Intereses de demora: 936,18 euros.
  • Total a abonar: 17.044,28 euros.
  • Costas procesales: no se imponen a ninguna de las partes.

El periodo facturado y no abonado corresponde a los meses de enero a septiembre de 2025, según se detalla en el propio texto de la sentencia transcrito por el Ejecutivo autonómico. La resolución no incluye un calendario de pago ni un plazo concreto para hacer efectiva la transferencia.

Un procedimiento administrativo previo fallido

El caso sigue el recorrido habitual de los conflictos de contratación menor y de servicios: la empresa reclama por vía administrativa ante la consejería deudora, la administración no contesta en plazo y la falta de respuesta se interpreta como desestimación presunta. Ese silencio fue el que llevó a Bedunde, S. L. a acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, donde obtuvo una sentencia parcialmente estimatoria.

El Ejecutivo argumenta la ejecución en que la sentencia “ha adquirido firmeza”, lo que cierra la vía de recurso y convierte el mandato judicial en una obligación presupuestaria exigible. La publicación en el BOPA cumple así una doble función: da publicidad al acto y formaliza el reconocimiento de la deuda frente al proveedor.

Por qué importa a los proveedores

La resolución confirma que las empresas que prestan servicios a la administración autonómica pueden reclamar por vía judicial los impagos y obtener no solo el principal, sino también los intereses de demora acumulados. Para los proveedores con facturas pendientes de ejercicios anteriores, el documento fija un criterio claro: la falta de respuesta de la consejería no extingue la deuda, y el silencio administrativo acaba teniendo coste para las arcas públicas en forma de intereses.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 211, de 30 de octubre de 2026, sección I (Principado de Asturias, Otras Disposiciones) (referencia oficial: 2026-08616).