BOP de Albacete · 28 Oct 2026 · 4 vistas
El metal de Albacete sella su convenio 2026-2028 con alzas del 3,5 %
Por FactBox Admin

La Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Albacete, dependiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ha acordado inscribir y registrar el nuevo convenio colectivo de las industrias, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal de la provincia, con vigencia del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 126, de 28 de octubre de 2026, en la Sección segunda (Administración Autonómica), con referencia oficial 27.319. La resolución está firmada en Albacete el 14 de octubre de 2026 por el delegado provincial, Nicolás Merino Azorí.
Qué se publica y quién lo firma
El texto se otorga por la parte social, Comisiones Obreras (CC. OO.) y la Unión General de Trabajadores (UGT), y por la parte empresarial, las asociaciones del sector del metal integradas en FEDA. La inscripción se tramita conforme al artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, y el convenio queda identificado con el código 02000195011981.
El ámbito de aplicación cubre a todas las empresas y personas trabajadoras de Albacete y su provincia dedicadas a la industria y los servicios del metal, incluidas las fabricantes de componentes y de mantenimiento de sistemas eléctricos de energías renovables, joyería y relojería, fontanería, instalaciones eléctricas, climatización, placas solares, tendidos de cables y redes telefónicas, electrificación de ferrocarriles, grúas-torre, mecánica de precisión, reciclaje de materias primas metálicas y las actividades ligadas a infraestructuras tecnológicas y telecomunicaciones.
Subidas del 3,5 % anual y revisión por IPC
El capítulo de condiciones económicas establece, con efectos de 1 de enero de 2026, un incremento del 3,5 % en todos los conceptos retributivos, y otro 3,5 % para 2027 y 2028. A ello se suma una cláusula de garantía: si el IPC interanual de diciembre supera ese 3,5 %, se aplicará un incremento adicional igual a la diferencia, con un máximo del 1 %, con efectos en el año siguiente. Las tablas definitivas de 2026 quedan así:
- Grupo 1 (titulaciones superiores y dirección de áreas): 2.275,64 euros al mes.
- Grupo 3 (jefaturas de área, maestría industrial, jefatura de taller): 1.769,51 euros.
- Grupo 5-B (chófer de turismo y camión, profesionales de oficio de 1.ª): 1.579,36 euros.
- Grupo 6-B (auxiliar, recepcionista, especialista, dependiente): 1.534,74 euros.
- Grupo 7-A (ordenanza, vigilancia, peón, limpieza): 1.512,23 euros.
- Dietas: pernoctación 34,67 euros, media dieta 19,92 euros y dieta completa 39,85 euros; kilometraje 0,52 euros.
Se mantienen dos pagas extraordinarias de una mensualidad, el plus de nocturnidad del 20 %, el plus de turnicidad del 5 % del salario base y las horas extraordinarias con un recargo del 45 % sobre la hora ordinaria.
Menos jornada y 22 días de vacaciones
La jornada máxima anual baja escalonadamente: 1.776 horas en 2026, 1.772 en 2027 y 1.768 en 2028. El convenio regula además la distribución irregular de hasta el 10 % de la jornada, con preaviso de cinco días, ampliación máxima de una hora diaria y descanso mínimo de doce horas entre jornadas.
En materia de descanso, el personal afectado dispondrá de 22 días laborables de vacaciones, con cómputo de 2,5 días por mes trabajado en caso de extinción del contrato, y de un catálogo de licencias retribuidas que incluye quince días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho, cinco por hospitalización de familiares hasta segundo grado y tres por fallecimiento.
Comisión Paritaria, atrasos y control sindical
La Comisión Paritaria queda compuesta por dos representantes de CC. OO. y UGT y dos de las patronales, con sede en la calle de los Empresarios, 6, de Albacete, y un plazo máximo de 20 días naturales para resolver consultas. Las partes se adhieren al III ASAC de Castilla-La Mancha. El texto crea también una Comisión Provincial de Prevención de Riesgos Laborales de carácter paritario y obliga a las empresas de 50 o más trabajadores a reservar el 2 % de la plantilla a personas con discapacidad.
Una disposición transitoria permite abonar los atrasos generados dentro del mes siguiente a la publicación del convenio o en una sola paga a los tres meses.
El convenio ordena las condiciones laborales de un sector industrial extendido por toda la provincia y da certidumbre a las plantillas hasta 2028, con incrementos pactados por encima del 3 % anual y una jornada que se recorta ocho horas en tres años. Para las empresas, la cláusula de revisión por IPC y el pago de atrasos en plazo introducen una carga inmediata de tesorería que deberá atenderse en el último trimestre del año.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, nº 126, de 28 de octubre de 2026, Sección segunda (Administración Autonómica), págs. 3-34 (referencia oficial: 27.319).