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Boletín Oficial de Canarias · 25 Aug 2026 · 8 vistas

El Instituto Canario de Igualdad da diez días a trece asociaciones para subsanar sus solicitudes

Por FactBox Admin

El Instituto Canario de Igualdad ha dado un plazo de diez días hábiles a trece asociaciones de mujeres para que subsanen los defectos detectados en sus solicitudes de subvención para 2026, bajo apercibimiento de que, si no lo hacen, se les tendrá por desistidas de su petición. Así lo establece la Resolución de 13 de agosto de 2026, firmada por la directora Ana Padrón Brito, publicada en el Boletín Oficial de Canarias núm. 170, de 25 de agosto de 2026 (pág. 33223), con número de expediente 1/2026-0505112655 y referencia SUCON/2026/99.

Marco de la convocatoria

Las ayudas se enmarcan en la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2026. La convocatoria fue aprobada por la Resolución n.º 150/2026, de 18 de mayo, cuyo extracto se publicó en el BOC n.º 103, de 28 de mayo de 2026 (código BDNS 906376).

El procedimiento se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 20 de septiembre de 2016, de la extinta Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, publicada en el BOC n.º 187, de 26 de septiembre de 2016. El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 17 de junio de 2026, y tras examinar la documentación se detectaron defectos subsanables conforme a la base reguladora 7.ª y al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Entidades requeridas y defectos a corregir

Las deficiencias afectan a documentación como certificaciones de la junta directiva, memorias de proyecto, previsiones de ingresos y gastos, o firmas de la secretaría en los anexos. Entre las entidades requeridas figuran:

  • Asociación de Mujeres Gara y Asociación de Mujeres Valentina: certificación de la composición de la junta directiva.
  • Asociación Unidas Creando Materia: cumplimentar el punto 14 del anexo V y subsanar un desfase de 300 € entre gastos e ingresos.
  • Federación de Asociaciones de Mujeres Arena y Laurisilva: aclarar el gasto de limpieza en el anexo IV.
  • Asociación de Reinserción Social de Menores Anchieta: completar los apartados de subcontratación y publicidad.
  • Asociación para el Desarrollo Integral de la Mujer Mercedes Machado: incluir el gasto de alojamiento web y aclarar la asesoría contable y fiscal.
  • Asociación para el Apoyo Integral a la Mujer (proyectos “Vacúnate contra la Violencia 2026” y “Escuela de Empoderamiento”): detallar personal contratado y número de destinatarias.
  • Asociación Social ONG Progreso en Canarias: detallar personal, gastos corrientes y publicidad.
  • Asociación de Cuidadoras Familiares y Amistades de Personas con Dependencia Alzheimer y otras Demencias: falta la firma de la secretaria en los anexos II y III.
  • Asoc Romí Camela Nakerar: cumplimentar los apartados de honorarios, gastos corrientes y publicidad.
  • Asociación de Mujeres Empresarias Profesionales y Directivas Charter 100 Canarias: certificado de estar al corriente con la AEAT.
  • Asociación Salud Mental ATELSAM: falta la firma de la secretaria en los anexos II y III.

Cómo subsanar y consecuencias

La documentación deberá presentarse a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el trámite 4156, en el área personal, mediante la pestaña “aportar documentos”. El plazo de diez días hábiles se computa desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el boletín.

Si las entidades no subsanan en plazo, se les tendrá por desistidas de su petición, previa resolución dictada conforme al artículo 21 de la Ley 39/2015. Contra este acto de trámite no cabe recurso alguno.

Relevancia

La resolución afecta directamente a la financiación de proyectos de igualdad y participación social de las mujeres en Canarias, desde escuelas de empoderamiento hasta iniciativas contra la violencia de género. El cumplimiento del plazo resulta decisivo para que las asociaciones no pierdan el acceso a las ayudas de 2026, en un contexto de concurrencia competitiva en el que la documentación incompleta puede dejar fuera a entidades del tejido asociativo femenino de las islas.


Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 170, de 25 de agosto de 2026, III. Otras Resoluciones, pág. 33223 (referencia oficial: Resolución de 13 de agosto de 2026, expte. 1/2026-0505112655, SUCON/2026/99).