Butlletí Oficial de les Illes Balears · 10 Oct 2026 · 33 vistas
El Govern convoca 31 plazas de vivienda de emancipación para jóvenes tutelados
Por FactBox Admin

La consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, Sandra Fernández Herranz, ha convocado la acción concertada de la prestación del servicio de soporte técnico para la vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han estado sometidos a medidas de protección, para los años 2026-2028. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 128, de 10 de octubre de 2026, sección III, pág. 55009, mediante la resolución núm. 10158, firmada electrónicamente el 6 de octubre de 2026. El procedimiento prevé un máximo de 31 plazas y un importe estimado de 1.033.168,66 euros.
El expediente comienza el 18 de agosto de 2026, cuando la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad emitió el informe justificativo sobre la necesidad de concertar estas plazas. Al día siguiente, 19 de agosto de 2026, la consejera resolvió iniciar el expediente de concertación bajo la modalidad de soporte técnico para la vivienda. La convocatoria se enmarca en la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de Servicios a las Personas en el Ámbito Social, y en el Decreto 48/2017, de 27 de octubre, de conciertos sociales, y el servicio está recogido en el punto 2.5.1 (modalidad D) de la Cartera Básica de Servicios Sociales 2023-2027 aprobada por el Decreto 32/2023.
Plazos, requisitos y tramitación
Las entidades interesadas disponen de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOIB, para presentar la solicitud, que debe formalizarse electrónicamente en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma. El órgano instructor es la Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad.
Los requisitos exigidos a las entidades son:
- Tener el servicio acreditado de acuerdo con el Decreto 40/2017, de 25 de agosto, y el Decreto 10/2013, de 28 de febrero.
- Acreditar una experiencia mínima de seis meses en la atención del colectivo de jóvenes destinatario.
- Tener la condición de entidad del tercer sector social, según el artículo 5.1 de la Ley 12/2018.
El procedimiento debe resolverse en un plazo de tres meses desde la entrada de la solicitud en el órgano competente; si no se dicta resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada. Los conciertos se formalizarán mediante un acuerdo de acción concertada, que debe publicarse igualmente en el BOIB.
Plazas y distribución territorial
La previsión es de 31 plazas: 16 en el ámbito territorial de la isla de Mallorca y 15 en la isla de Ibiza. La Administración pone a disposición de las entidades ocho viviendas:
- Vivienda M01, calle Manuel Azaña, 9, 1º 4ª (Palma): 4 plazas.
- Vivienda M02, calle Manuel Azaña, 9, 4º 4ª (Palma): 4 plazas.
- Vivienda M03, calle Isidre Llaurador, 55, 1º A (Palma): 4 plazas.
- Vivienda M04, calle Cal Saül, 4 A, 1º 8ª (Es Portitxol, Palma): 4 plazas.
- Vivienda E01, calle de la Murta, 10, bloque 2, esc. 1, planta baja, puerta 10 (Sant Antoni de Portmany): 4 plazas.
- Vivienda E02, travesía de la Mar, 5, 2º D (Sant Antoni de Portmany): 3 plazas.
- Vivienda E03, calle Via Púnica, 2º 3ª, puerta D (Ibiza): 4 plazas.
- Vivienda E04, calle Aragó, 110, 3º B (Ibiza): 4 plazas.
Las plazas solicitadas deben coincidir como mínimo con la capacidad máxima de un piso: 4 plazas en Mallorca o 3 en Ibiza. Los conciertos se pueden ampliar según lo que prevén la Ley 12/2018 y el Decreto 48/2017.
Presupuesto, vigencia y recursos
El importe máximo estimado para asignar es de 1.033.168,66 euros, exento de IVA, distribuido entre las anualidades de 2026, 2027 y 2028, con carácter orientativo y no vinculante. El coste estipulado por plaza y mes es el siguiente:
- Mallorca: 855,92 € en 2026, 909,71 € en 2027 y 944,55 € en 2028.
- Ibiza: 892,99 € en 2026, 948,29 € en 2027 y 984,70 € en 2028.
Además, se prevé un complemento máximo mensual de 450,00 euros por plaza para que las entidades puedan ofrecer soporte específico en la cobertura de necesidades básicas durante el proceso de emancipación. La vigencia de la acción concertada va desde el 1 de noviembre de 2026, o desde la formalización del concierto si es posterior, hasta el 31 de octubre de 2028, con posibilidad de renovación.
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera en el término de un mes, o bien un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el término de dos meses.
La convocatoria da continuidad al despliegue de los conciertos sociales en materia de emancipación y fija por primera vez un marco plurianual 2026-2028 con viviendas y módulos económicos concretos para Mallorca e Ibiza. Para los jóvenes que salen del sistema de protección, el acceso a una vivienda con soporte técnico es la pieza clave para evitar situaciones de desamparo al cumplir la mayoría de edad.
Fuente: Boletín Oficial de las Islas Baleares, núm. 128, de 10 de octubre de 2026, sección III. Otras disposiciones y actas administrativas, pág. 55009 (referencia oficial: resolución núm. 10158).