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BOP de Segovia · 14 Sep 2026 · 3 vistas

El Espinar aprueba nuevos precios públicos deportivos, culturales y de ocio

Por FactBox Admin

El Espinar aprueba nuevos precios públicos deportivos, culturales y de ocio

El Pleno del Ayuntamiento de El Espinar, en sesión ordinaria celebrada el 2 de septiembre de 2026, aprobó el acuerdo regulador del precio público por la prestación de servicios y actividades municipales de carácter deportivo, cultural y de ocio. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia número 110, de 14 de septiembre de 2026 (referencia RE-14545), y entrará en vigor al día siguiente de su completa publicación.

La norma se dicta al amparo de los artículos 41 a 47 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y sustituye a la anterior ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos de carácter deportivo, cultural y de ocio, que queda derogada. El acuerdo, firmado por el alcalde Javier Figueredo Soto el 9 de septiembre de 2026, clasifica a los obligados al pago en cuatro categorías: usuarios particulares, entidades y usuarios con ánimo de lucro, entidades sin ánimo de lucro y administraciones públicas.

Tarifas de las instalaciones deportivas

El título I del acuerdo fija los precios por la utilización de las instalaciones deportivas municipales, con tarifas diferenciadas según se use la luz artificial o no.

  • Polideportivos municipales: usuarios particulares, 25 €/hora sin luz y 30 €/hora con luz; entidades con ánimo de lucro, 130 €/hora y 140 €/hora; entidades sin ánimo de lucro, 45 €/hora y 55 €/hora; día completo, 450 € y 600 €.
  • Campos de fútbol (Campo de los Llanos y Campo de los Pinos): campo completo para particulares y entidades sin ánimo de lucro, 120 €/hora sin luz y 150 €/hora con luz; con ánimo de lucro, 220 €/hora y 250 €/hora; día completo, 900 € y 1.000 €.
  • Pistas de pádel, tenis y frontón: particulares, 6 €/hora sin luz y 9 €/hora con luz; sin ánimo de lucro, 10 € y 15 €; con ánimo de lucro, 25 € y 40 €. El uso particular de tenis y frontón será gratuito.
  • Instalaciones de escalada: rocódromo y boulder, 4 €/persona/hora; uso lucrativo completo, 25 €/hora.
  • Gimnasios en centros culturales: 10 €/hora para particulares y entidades sin ánimo de lucro; 20 €/hora para entidades con ánimo de lucro.

Precios de los espacios culturales y centros jóvenes

El título II regula las instalaciones culturales municipales, que comprenden centros culturales, centros jóvenes, bibliotecas y espacios de uso análogo.

  • Centros culturales: salón de actos, 15 €/hora (particulares y sin ánimo de lucro) y 40 €/hora (con ánimo de lucro); salas polivalentes, 8 € y 20 €; centro completo, 60 € y 100 €; uso adicional del proyector, 10 €/hora.
  • Centros jóvenes: salón de actos, 15 €/hora y 40 €/hora; salas polivalentes, 8 € y 20 €; sala de reuniones, 12 € y 30 €; sala de ordenadores completa, 25 € y 50 €; sala de celebraciones en jornada completa, 150 € (particulares y sin ánimo de lucro) y 250 € (con ánimo de lucro), y en media jornada, 100 € y 200 €.

Actividades deportivas, culturales y de ocio

El título III fija los precios de los servicios y actividades municipales. Las escuelas deportivas, destinadas a menores de entre 5 y 18 años, y el deporte social para adultos se tarifan en 40 € por curso, con un máximo de dos modalidades simultáneas. Las actividades deportivas que no requieran necesidades especiales se fijan en 40 € por actividad.

En el ámbito sociocultural, las visitas y rutas guiadas se tarifan en 100 € por grupo hasta 20 personas y 4 € por persona a partir de 21. La Junta de Gobierno Local, por delegación del Pleno, aprobará los precios de los servicios, talleres y programas no regulados expresamente, así como los de los eventos de las fiestas de los distintos núcleos del municipio.

Fianzas, exenciones y régimen de pago

El acuerdo contempla la posibilidad de exigir una fianza de entre 50 y 500 euros para garantizar daños o limpieza extraordinaria, y establece exenciones para los usos organizados directamente por el Ayuntamiento y, de forma total o parcial, para entidades sin ánimo de lucro cuando concurran razones de interés público, social, cultural o deportivo. Quedan excluidos del ámbito de aplicación el Salón de Plenos, el Teatro Auditorio Gonzalo Menéndez Pidal y la Plaza de Toros, que se rigen por su normativa propia. Las tarifas no incluyen el IVA, que se repercutirá cuando proceda.

El acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación. Con esta regulación, el municipio unifica y actualiza los precios de sus instalaciones y actividades, con un régimen diferenciado que favorece a vecinos y entidades sin ánimo de lucro frente a los usos lucrativos.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, n.º 110, 14 de septiembre de 2026, págs. 12-21 (referencia oficial: RE-14545).