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BOP de Cáceres · 05 Oct 2026 · 17 vistas

El Consorcio Cáceres 2031 abre el plazo de becas de movilidad artística

Por FactBox Admin

El Consorcio Cáceres 2031 abre el plazo de becas de movilidad artística

El Consorcio Cáceres Capital Europea de la Cultura 2031 ha abierto el plazo de solicitudes de las ayudas a la movilidad europea para la formación artística reglada Mobility Grants Cáceres 2031, dotadas con 15.000 euros. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 0190, de 5 de octubre de 2026, mediante el extracto con referencia BOP-2026-4629 y el anuncio con las bases reguladoras BOP-2026-4630. Los interesados disponen de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto.

La convocatoria deriva de la Resolución de la Presidencia del Consorcio Cáceres Capital Europea de la Cultura 2031, de 30 de septiembre de 2026, que aprobó las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva. El extracto se difunde al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con el identificador BDNS 932804 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El anuncio aparece firmado por el secretario general, Juan Miguel González Palacios, mientras que el extracto lo suscribe el alcalde, Rafael Antonio Mateos Pizarro.

Quién puede solicitar y para qué

Podrán ser beneficiarias las personas físicas admitidas en una formación artística elegible que acrediten una vinculación objetiva con Extremadura mediante al menos una de estas circunstancias:

  • Residencia o empadronamiento en Extremadura.
  • Domicilio familiar en Extremadura.
  • Haber cursado estudios artísticos reglados en Extremadura.

La ayuda persigue facilitar la movilidad de personas vinculadas a Extremadura admitidas en instituciones o centros oficialmente reconocidos de un país europeo distinto de España. La convocatoria es interdisciplinar y sin cuotas por disciplina, y abarca música, danza, teatro y artes escénicas, circo, artes plásticas y visuales, fotografía, cine y audiovisual, diseño, artes aplicadas, conservación y restauración, patrimonio cultural y otras enseñanzas artísticas reconocidas. Será requisito disponer de carta de admisión, matrícula o aceptación definitiva del centro de destino, y queda fuera la formación no acreditada, las masterclasses aisladas, los cursos de verano y las residencias no formativas.

Cuantía, gastos y criterios de valoración

El crédito inicial asignado es de 15.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 334/48000 del ejercicio 2026, y la cuantía máxima por beneficiario es de 10.000 euros, hasta el 100 % de los gastos elegibles. Se exige una puntuación mínima de 60 puntos sobre 100 y las solicitudes se ordenan de mayor a menor hasta agotar el crédito.

Son subvencionables, entre otros, los siguientes gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026:

  • Viaje de ida desde Extremadura y viaje de regreso.
  • Desplazamientos indispensables al inicio y final de la formación.
  • Transporte de equipaje especial cuando sea imprescindible.
  • Alojamiento y manutención durante el periodo subvencionable.
  • Transporte público local, seguro de viaje, asistencia sanitaria y visados.
  • Matrícula o tasas académicas, solo con carácter excepcional.

La rúbrica reparte 100 puntos entre cinco criterios: calidad y adecuación de la oportunidad formativa (25), trayectoria artística y académica (20), impacto de la movilidad (20), necesidad económica y barrera territorial (20) y retorno, transferencia y vinculación con Extremadura (15).

Plazos, tramitación y recursos

La instrucción corresponde a la Secretaría del Consorcio y la valoración a un órgano colegiado integrado por la coordinadora general del Consorcio, una persona independiente con experiencia en enseñanzas artísticas, una persona con experiencia en educación o movilidad europea y el secretario general como secretario. El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria, con silencio administrativo desestimatorio, y la justificación deberá presentarse hasta el 15 de enero siguiente.

Contra las bases, que ponen fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación.

La convocatoria activa por primera vez un instrumento específico de movilidad artística ligado a la capitalidad cultural de Cáceres en 2031, con el objetivo declarado de reducir barreras territoriales y económicas y de que el conocimiento adquirido en el exterior revierta después en Extremadura. Para los estudiantes de enseñanzas artísticas regladas de la región, el programa abre una vía de financiación del desplazamiento y la estancia que no sustituye a las becas generales de estudios, sino que cubre la brecha asociada a la movilidad.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, nº 0190, de 5 de octubre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 22691-22708 (referencia oficial: BOP-2026-4629 y BOP-2026-4630).