Butlletí Oficial de les Illes Balears · 24 Oct 2026 · 2 vistas
El Consell de Mallorca abre 500.000 euros en ayudas para limpiar caminos municipales
Por FactBox Admin

El Consell de Mallorca ha abierto la convocatoria de subvenciones de 2026 destinada a los ayuntamientos para la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos y terrenos de titularidad municipal, dotada con 500.000,00 €. La resolución la dictó el 9 de octubre de 2026 la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local y se publica en el BOIB núm. 136, de 24 de octubre de 2026, con la referencia oficial 10669 y el número de BDNS 937314. Los ayuntamientos de Mallorca, con la excepción de Palma, disponen de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación para presentar las solicitudes.
La convocatoria se tramita por el Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local y tiene como bases reguladoras la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno el 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, y BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018). La competencia para aprobarla deriva de la delegación acordada por el Consejo Ejecutivo el 28 de mayo de 2025 (BOIB núm. 69, de 31 de mayo de 2025), que no exige autorización previa para gastos que no superen los 500.000 euros. La convocatoria está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026 y cuenta con el informe de fiscalización previa de la Intervención delegada de la Misericòrdia.
Quince días hábiles y concurrencia no competitiva
El régimen de concesión es de concurrencia no competitiva, de manera que se subvencionarán todas las solicitudes completas que cumplan los requisitos hasta agotar el crédito, sin comparación entre peticiones. Las instancias se deben presentar telemáticamente en el registro electrónico general del Consell de Mallorca mediante el modelo del anexo I, acompañadas de la documentación exigida.
El órgano instructor es la secretaría técnica del departamento, que debe formular la propuesta de resolución. El término máximo para resolver y notificar es de 45 días, y el vencimiento sin notificación legitima a los interesados a entender desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Qué se puede financiar y con qué requisitos
Las actuaciones subvencionables son las siguientes:
- Limpieza y desbroce de arbustos, matorrales y malas hierbas.
- Limpieza del arbolado que afecte a la transitabilidad del camino o incremente el peligro de incendio, incluida la poda y la tala.
- Limpieza de bordes.
- Mantenimiento, conservación y adecuación de la superficie del camino o del terreno.
- Eliminación controlada de los residuos vegetales.
Los gastos deben haber sido realizados y pagados entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de los caminos, es necesario que figuren en el catálogo municipal de caminos públicos; en el de los terrenos, se deberá aportar la certificación de inscripción en el Registro de la Propiedad. También pueden acogerse los ayuntamientos que paguen una cuota a la mancomunidad que gestiona el servicio.
500.000 euros y reparto proporcional
El gasto se imputa al presupuesto de 2026, en la aplicación presupuestaria 65 94310 46202, con número de operación 220260021979. La subvención puede cubrir hasta el 100 % del importe solicitado subvencionable, con un máximo global de 500.000 euros.
Si el crédito no llega a cubrir el total del gasto justificado, se hará la sumatoria de todos los gastos acreditados y se otorgará a cada municipio la parte proporcional del crédito aprobado. Si el conjunto de gastos justificados no agota la dotación, el importe sobrante revertirá a la aplicación presupuestaria. La ordenación del pago debe producirse antes del 31 de diciembre de 2026.
Justificación y recursos
Los ayuntamientos deben presentar una única solicitud con un informe técnico municipal, la declaración responsable de cumplimiento de requisitos (anexo II), la autorización de consulta de datos tributarios (anexo III), el certificado de inclusión del camino en el catálogo (anexo IV), el certificado del secretario o secretaria (anexo V), el informe del interventor o interventora (anexo VI) y el certificado de estar al corriente de las obligaciones (anexo VII). La resolución lleva la firma electrónica del secretario técnico, Diego de la Fuente Rama, del 22 de octubre de 2026.
Contra el acuerdo de aprobación no se puede interponer recurso en vía administrativa, pero sí un requerimiento potestativo de anulación o revocación en el término de dos meses desde la publicación en el BOIB, previo al recurso contencioso administrativo, que también tiene dos meses. La resolución de concesión admite recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo.
La convocatoria llega con un objetivo doble: garantizar la seguridad de quien transita por caminos rurales y reducir el riesgo de incendios en terrenos públicos. Para los ayuntamientos pequeños, la ayuda permite recuperar gastos ya ejecutados y evita tener que adelantar fondos sin cobertura, mientras que el reparto proporcional fija el límite real de cada municipio si la demanda supera los 500.000 euros disponibles.
Fuente: Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), núm. 136, 24 de octubre de 2026, Sec. III, pág. 58794 (referencia oficial: 10669; BDNS 937314).