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BOP de Guadalajara · 01 Oct 2026 · 15 vistas

El Casar bonifica el IBI hasta el 95% a las familias numerosas

Por FactBox Admin

El Casar bonifica el IBI hasta el 95% a las familias numerosas

El Ayuntamiento de El Casar ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que introduce bonificaciones de hasta el 95% de la cuota íntegra para las familias numerosas. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 187, de 30 de septiembre de 2026, con referencia oficial 2026_2540, y lleva la firma del alcalde José Luis González Lamola, en El Casar a 25 de septiembre de 2026.

La aprobación definitiva llega después del periodo de exposición pública del acuerdo provisional, publicado en el BOP nº 226, de 25 de noviembre de 2026, y sin que se haya presentado reclamación alguna. El expediente se resuelve de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El texto íntegro de la ordenanza se publica como documento anexo en el propio boletín provincial.

La bonificación se dirige a los sujetos pasivos que, en el momento del devengo, ostenten la condición de titulares de familia numerosa conforme a la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y normativa concordante. El beneficio se aplica sobre la cuota íntegra correspondiente a la vivienda habitual de la familia, entendida como la unidad urbana de uso residencial destinada exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del sujeto pasivo y su familia.

Requisitos y alcance

  • Solo podrá disfrutarse de una bonificación, aunque el sujeto pasivo o su familia disponga de varias viviendas en el municipio.
  • Será requisito que el valor catastral de la vivienda habitual de la unidad familiar esté individualizado.
  • Se presume vivienda habitual aquella en la que figure empadronada la totalidad de los miembros de la familia en la fecha de devengo del impuesto.
  • En los supuestos de nulidad, separación y divorcio se admite que algún miembro no esté empadronado, por cumplimiento de resoluciones judiciales o convenios reguladores aprobados judicialmente u otorgados ante notario.
  • La condición de familia numerosa se acredita mediante el título en vigor expedido por el órgano competente de Castilla-La Mancha, y también puede solicitarse cuando el certificado o título no haya sido expedido por esa comunidad.

Porcentajes según categoría y valor catastral

El porcentaje de bonificación se determina en función de la categoría reconocida por la administración competente y del valor catastral de la vivienda habitual del ejercicio de aplicación:

  • Hasta 100.000 euros: 90% para categoría general y 95% para categoría especial.
  • Hasta 200.000 euros: 75% para categoría general y 85% para categoría especial.
  • Hasta 300.000 euros: 50% para categoría general y 65% para categoría especial.
  • Más de 300.000 euros: 25% para categoría general y 35% para categoría especial.

Vigencia, compatibilidad y recurso

  • La bonificación se aplicará en el recibo del impuesto a partir del ejercicio siguiente a aquel en que se hubiera adquirido la condición de familia numerosa.
  • Se mantendrá mientras se mantenga dicha condición.
  • Será compatible con cualquier otra bonificación que beneficie al mismo inmueble.

Contra el acuerdo definitivo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo y del texto de la ordenanza.

La medida rebaja de forma notable la carga fiscal de las familias numerosas empadronadas en El Casar, con un alivio que crece cuanto menor es el valor catastral de la vivienda: el tramo más bajo alcanza el 95% en categoría especial. Al ser compatible con otras bonificaciones sobre el mismo inmueble y mantenerse mientras subsista la condición, el beneficio se consolida como un instrumento estable de apoyo a este colectivo en los próximos ejercicios.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 187, 30 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026_2540).