BOP de Albacete · 19 Aug 2026 · 11 vistas
El Ayuntamiento de Albacete aprueba las ayudas para material escolar
Por FactBox Admin

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete aprobó el pasado 6 de agosto de 2026 las bases generales reguladoras de ayudas económicas para la adquisición de material escolar, destinadas a las familias de los alumnos que cursen estudios en el segundo ciclo de Educación Infantil (desde 3 años), Educación Primaria y Educación Especial en centros sostenidos con fondos públicos del municipio. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 96, de 19 de agosto de 2026, en la Sección tercera de Administración Local, páginas 33 a 42.
La convocatoria se enmarca en el derecho a la educación reconocido en la Convención de las Naciones Unidas de Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y en el artículo 27 de la Constitución Española, y se dirige especialmente a familias desfavorecidas económicamente, en situación de necesidad social y a familias trabajadoras empadronadas en Albacete, al amparo del artículo 25.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. El objetivo es aliviar la carga económica de las familias y favorecer la igualdad de oportunidades en las aulas.
Requisitos y beneficiarios
Podrán ser beneficiarios los progenitores, tutores o representantes legales de alumnos empadronados en Albacete con una antigüedad mínima de seis meses, que cursen o vayan a cursar el segundo ciclo de Infantil, Primaria o Educación Especial en centros públicos del municipio. Los solicitantes deben acreditar su identidad fiscal mediante DNI o NIE en vigor.
- La suma de las rentas de la unidad familiar no podrá superar el límite que se fije en cada convocatoria, incrementable según el número de miembros.
- El alumno y al menos uno de sus progenitores o tutores deben figurar empadronados con seis meses de antigüedad.
- La ayuda es incompatible con cualquier otra subvención destinada al mismo fin.
Gastos subvencionables y cuantía
Solo es subvencionable el material escolar fungible: bolígrafos, folios, libretas, gomas, cuadernos, rotuladores, instrumentos musicales y materiales curriculares de un solo uso. Quedan excluidos los uniformes, la ropa deportiva, los dispositivos y material informático o electrónico y los artículos de aseo personal.
- La cuantía total, el baremo y el importe individual se fijarán en las bases específicas de cada convocatoria.
- El importe concedido nunca podrá superar el precio total del material adquirido.
- Se realizará un único pago mediante transferencia bancaria tras la tramitación del expediente.
Criterio de adjudicación
El único criterio de adjudicación es la renta per cápita de la unidad familiar, calculada a partir de la suma de las rentas de todos sus miembros (casillas 435 y 460 del IRPF, modelo 100) dividida entre el número de miembros computables. Las solicitudes se ordenarán de menor a mayor renta per cápita hasta agotar la partida presupuestaria, dando prioridad, en caso de empate, al orden de entrada en el Registro del Ayuntamiento.
- En el cálculo se suma un miembro más en familias monoparentales y en familias con algún miembro con discapacidad igual o superior al 33 %.
- La instrucción corresponde al Negociado de Educación, y la resolución de concesión, a la Junta de Gobierno Local, previo dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Feria y Educación.
- El plazo máximo para resolver será de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento o presencialmente en el Registro General, firmadas por ambos progenitores salvo en el caso de familias monoparentales. El plazo se determinará en la convocatoria anual, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La publicación de estas bases supone un paso clave para el inicio del curso escolar, al garantizar que las familias con menos recursos de Albacete puedan afrontar la compra de material en condiciones de igualdad. La convocatoria anual concretará las cuantías y plazos, y los listados definitivos de beneficiarios se publicarán en la web institucional del Ayuntamiento y en su tablón de anuncios electrónico.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 96, 19 de agosto de 2026, Sección tercera. Administración Local, págs. 33-42 (referencia oficial: documento 298771).