Boletín Oficial del Principado de Asturias · 01 Oct 2026 · 15 vistas
Educación ejecuta la condena de 41.519 euros por el comedor de Luanco
Por FactBox Admin

La Consejería de Educación del Principado de Asturias ha dispuesto la ejecución de la sentencia firme que condena a la Administración autonómica a pagar 41.519,13 euros a Ausolan RCN, S. L. U. por el mantenimiento del servicio de comedor y vigilancia del Colegio Público La Vallina de Luanco. La decisión se formaliza en la Resolución de 18 de septiembre de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 190, de 1 de octubre de 2026, dentro de la sección I, «Principado de Asturias. Otras Disposiciones», con la referencia oficial 2026-07813. El fallo obliga a reconocer y abonar la compensación económica por el período de prórroga extraordinaria en que la empresa siguió prestando el servicio pese a haberse extinguido el contrato.
El conflicto arranca de la reclamación presentada por la contratista el 2 de mayo de 2024, que fue desestimada por silencio negativo de la Administración. Ausolan RCN, S. L. U. recurrió entonces ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que tramitó el procedimiento ordinario P. O. n.º 503/2025 y dictó sentencia el 19 de mayo de 2026. Esa resolución, ya firme, declara que la actuación administrativa «no es ajustada al ordenamiento jurídico» y condena a la parte demandada al pago de la cantidad reclamada.
El contrato objeto del litigio es el «Servicio de comedor y vigilancia en el Colegio Público La Vallina de Luanco para el período diciembre 2017 a junio de 2018 y los cursos escolares 2018/2019 y 2019/2020», identificado con el Expediente núm. SER 29/2017. El vínculo se extinguió por el transcurso del plazo contractual y legalmente establecido el 15 de diciembre de 2020, pero la prestación se mantuvo de facto durante más de tres años.
El fallo: compensación por la prórroga extraordinaria
La sentencia estima íntegramente el recurso y fija la indemnización por el período comprendido entre enero de 2021 y el 12 de marzo de 2024, es decir, los años en que la empresa continuó atendiendo el comedor y la vigilancia del centro sin cobertura contractual vigente. La resolución ahora publicada ordena «ejecutar en sus propios términos» ese fallo, sin margen para reinterpretaciones por parte de la Consejería.
El pronunciamiento incluye además la imposición de las costas a la parte que vio rechazadas todas sus pretensiones, con el límite máximo fijado en la propia sentencia. La Administración no ha anunciado recurso alguno: la sentencia adquirió firmeza y su contenido se traslada ahora al Boletín como paso previo al pago.
El trámite de ejecución y el papel del Servicio Jurídico
Para materializar el fallo, la Consejería aplica los trámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias. Este procedimiento reglamentario ordena cómo debe la Administración dar cumplimiento a las resoluciones judiciales firmes que la condenan.
La resolución consta de dos apartados:
- Primero: ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia, con reproducción literal de su tenor.
- Segundo: ordenar la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
El documento está firmado en Oviedo, a 18 de septiembre de 2026, por la Consejera de Educación, Eva Ledo Cabaleiro.
Cronología del conflicto
- Diciembre de 2017 – junio de 2018 y cursos 2018/2019 y 2019/2020: vigencia del contrato del servicio de comedor y vigilancia (Expediente SER 29/2017).
- 15 de diciembre de 2020: extinción del contrato por transcurso del plazo contractual y legalmente establecido.
- Enero de 2021 – 12 de marzo de 2024: período de prórroga extraordinaria objeto de la compensación económica.
- 2 de mayo de 2024: reclamación de la contratista, desestimada por silencio negativo.
- 19 de mayo de 2026: sentencia del TSJ de Asturias en el P. O. 503/2025, posteriormente firme.
- 18 de septiembre de 2026: resolución de la Consejería de Educación que ordena la ejecución.
- 1 de octubre de 2026: publicación en el BOPA núm. 190.
Impacto
La resolución confirma un criterio relevante para los contratistas del Principado: cuando la Administración mantiene operativo un servicio público después de extinguirse el contrato, debe compensar económicamente al prestador por ese período de prórroga forzosa. El caso del comedor escolar de Luanco sienta así un precedente sobre las consecuencias económicas de las prórrogas irregulares en contratos educativos, con un coste directo de 41.519,13 euros para las arcas autonómicas y la condena en costas añadida.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 190 de 1 de octubre de 2026, sección I «Principado de Asturias. Otras Disposiciones», pág. 1 (referencia oficial: 2026-07813).