Diario Oficial de la República de Chile · 28 Oct 2026 · 3 vistas
Educación designa administrador provisional en colegio de Hualpén hasta febrero
Por FactBox Admin

La Superintendencia de Educación, servicio dependiente del Ministerio de Educación, designó a Rubén Octavio Araya Vargas como administrador provisional del establecimiento educacional Colegio Parque Central, RBD N° 11708-0, de la comuna de Hualpén, Región del Biobío. La decisión consta en la resolución exenta N° 639, de fecha 14 de septiembre de 2026, publicada como extracto en el Diario Oficial de la República de Chile N° 44.585, del miércoles 28 de octubre de 2026, en la Sección II (Decretos, Resoluciones, Solicitudes y Normas de Interés Particular), Normas Particulares, bajo la referencia oficial CVE 2891232.
El acto administrativo se publica como extracto, es decir, un resumen del contenido de la resolución original, dentro de la sección del boletín oficial dedicada a las normas de interés particular. La medida recae sobre un establecimiento educacional identificado por su RBD N° 11708-0, el código con el que el sistema escolar registra al colegio, y alcanza tanto a la entidad sostenedora como a las familias que dependen del plantel en la comuna de Hualpén.
Quién asume el cargo y a quién sustituye
La resolución individualiza al administrador provisional y a la entidad que deja de ejercer la administración del establecimiento:
- Rubén Octavio Araya Vargas, cédula nacional de identidad N° 7.425.647-3, designado como administrador provisional del Colegio Parque Central.
- Corporación Educacional Naslar, RUT N° 65.153.826-2, entidad sostenedora sustituida en sus funciones por la designación.
- Colegio Parque Central, RBD N° 11708-0, comuna de Hualpén, Región del Biobío, establecimiento respecto del cual se ejerce la medida.
La figura del administrador provisional implica que una persona designada por el servicio fiscalizador pasa a desempeñar las funciones que correspondían a la entidad sostenedora, de modo que la conducción administrativa del colegio queda en manos del funcionario nombrado por la Superintendencia de Educación.
Vigencia del nombramiento y término del año laboral docente
El extracto precisa cuándo comienza y cuándo concluye la administración provisional:
- El administrador asume sus funciones a contar de la aceptación del cargo ante el Ministro de Fe que le notifique su designación.
- Permanecerá en ellas durante todo el año laboral docente, esto es, hasta el día 28 de febrero de 2027.
- Lo anterior se establece sin perjuicio de las facultades legales de la autoridad administrativa del servicio para poner término anticipado a la designación.
De este modo, el calendario de la medida queda atado al ciclo lectivo en curso: la administración provisional se extiende por lo que resta del año laboral docente y culmina, en principio, al cierre de febrero de 2027, salvo que el servicio resuelva anticipar su conclusión.
Publicación y autoridad que suscribe
El texto aparece en la Sección II del Diario Oficial N° 44.585, con una extensión de una página, y está suscrito por la jefa de la unidad fiscalizadora:
- Sandra Pérez Vergara, Jefa División de Fiscalización, Superintendencia de Educación.
- Sección II, Normas Particulares, del Diario Oficial N° 44.585, del 28 de octubre de 2026, página 1 de 1.
- Referencia oficial del documento: CVE 2891232.
La publicación en el boletín oficial constituye el respaldo público de la designación y permite a las comunidades escolares y a los sostenedores conocer los términos exactos del acto, incluida su fecha de entrada en vigor y su plazo de duración.
La designación de un administrador provisional en el Colegio Parque Central afecta de forma directa la vida cotidiana de las familias que matriculan a sus hijos en el establecimiento y altera la relación entre el colegio y su sostenedora, la Corporación Educacional Naslar. Para los apoderados de Hualpén, la medida supone que la conducción administrativa del plantel pasa a manos de un funcionario designado por la Superintendencia de Educación y que esa situación se mantendrá, al menos, hasta el 28 de febrero de 2027.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, N° 44.585, miércoles 28 de octubre de 2026, Sección II (Normas Particulares), pág. 1 de 1 (referencia oficial: CVE 2891232).