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Registro Oficial del Ecuador · 29 Oct 2026 · 10 vistas

Ecuador premiará con descuentos en la planilla a hogares que ahorren energía

Por FactBox Admin

Ecuador premiará con descuentos en la planilla a hogares que ahorren energía

El Ministerio de Ambiente y Energía emitió el Acuerdo Ministerial MAE-MAE-2026-0098-AM, que define los mecanismos de fomento del ahorro y de incentivo a la eficiencia energética, con descuentos en la planilla para los usuarios residenciales que acrediten una reducción verificable de su consumo y con recargos para los consumidores regulados de medio y alto voltaje. El instrumento fue suscrito el 12 de octubre de 2026 por el ministro Juan Carlos Damián Blum Baquero y se publicó en el Registro Oficial Nº 400, Año II, del jueves 29 de octubre de 2026, en su página 3.

El pedido de CENACE y la cota crítica de Mazar

El acuerdo responde al oficio CENACE-CENACE-2026-1881-0 del 2 de octubre de 2026, mediante el cual el Operador Nacional de Electricidad (CENACE) remitió el informe y la actualización del «Plan de Contingencia para Administrar la Condición de Déficit de Generación en el Sistema Nacional Interconectado». En ese documento el operador justificó técnicamente la necesidad de aplicar medidas de gestión y restricción de la demanda de entre el 15 % y el 20 % para moderar el descenso de las reservas energéticas y evitar que el embalse equivalente de Mazar descienda por debajo de su cota crítica de 2125 m s. n. m.

El Ministerio sustentó la decisión en la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica y en la Ley Orgánica de Eficiencia Energética, que ordenan al Estado promover la eficiencia mediante incentivos o castigos. También invocó el Decreto Ejecutivo Nro. 355 del 14 de agosto de 2024, que encargó al ministerio rector coordinar con CENACE las acciones para enfrentar el estiaje, y el artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Eficiencia Energética, que obliga a los grandes consumidores a implementar la norma NTE-INEN-ISO 50001.

Cómo funcionarán los descuentos y los recargos

El artículo 3 del acuerdo encarga a la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) emitir los informes técnicos, económicos y jurídicos que servirán de base para su resolución de aplicación, con dos componentes:

  • Un recargo o señal económica disuasiva para los consumidores regulados de medio o alto voltaje, con metodología, parámetros técnicos y líneas base definidos por ARCONEL.
  • Una estructura de incentivos traducida en descuentos en la planilla para los consumidores residenciales que registren un ahorro verificable frente a su línea base histórica, con porcentajes y condiciones por establecer.

Quedan exceptuados del recargo los suministros de entidades públicas, los destinados exclusivamente a asistencia social y las instalaciones de bombeo de agua para el Servicio Público de Agua Potable. El ámbito territorial es el territorio continental ecuatoriano e involucra a las Empresas Eléctricas de Distribución (EED), a CENACE y a los consumidores regulados.

Plazos, vigencias y candados financieros

La Disposición Transitoria Primera fija en quince días el plazo para que el Directorio de ARCONEL expida la resolución de implementación. Las distribuidoras tendrán luego diez días desde la publicación de esa resolución para adecuar sus sistemas comerciales, financieros y contables. La Disposición Transitoria Tercera dispone que los mecanismos se apliquen durante noviembre y diciembre de 2026 a los consumidores de medio voltaje cuyo consumo mensual sea igual o superior al de los usuarios de Alto Voltaje 1.

El acuerdo establece además que los valores cobrados por las señales disuasivas se registrarán como recursos de terceros bajo encargo o custodia, no como ingresos ordinarios de las distribuidoras ni como fondos del Presupuesto General del Estado. Las EED abrirán subcuentas especiales en el Banco Central del Ecuador (BCE) con contabilidad separada, y los incentivos residenciales se financiarán solo hasta el monto efectivamente cobrado, sin generar pasivos ni contingentes para las empresas ni para el Estado. La compensación de saldos se informará al Comité de Supervisión de Pagos del Sector Eléctrico, creado por el Acuerdo Ministerial MEM-MEM-2024-0044-AM.

ARCONEL hará seguimiento y control mensual e informará al ministerio rector, que podrá activar, suspender o reactivar los mecanismos según la evolución del Sistema Nacional Interconectado (SNI). Las distribuidoras deberán ejecutar campañas de socialización.

Impacto para los usuarios

La norma llega a todos los hogares y empresas con medidor del país: los primeros podrán ver reducciones en su factura si demuestran ahorro, mientras que los grandes consumidores regulados asumirán un sobrecosto temporal destinado a financiar esos descuentos. Su efecto real, sin embargo, depende de la resolución que ARCONEL debe emitir en un plazo máximo de quince días desde la suscripción del acuerdo, pues allí se definirán los porcentajes, las líneas base y las condiciones de acreditación.


Fuente: Registro Oficial, Nº 400, 29 de octubre de 2026, Sección I, pág. 3 (referencia oficial: Acuerdo Ministerial MAE-MAE-2026-0098-AM).