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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 02 Oct 2026 · 40 vistas

Drets Socials convoca a las 16 vocalías de entidades de la Mesa de Inmigración

Por FactBox Admin

Drets Socials convoca les 16 vocalies d'entitats de la Taula d'Immigració

El Departamento de Derechos Sociales e Inclusión ha abierto la convocatoria pública para seleccionar las 16 vocalías de la Comisión Permanente de la Mesa de Ciudadanía e Inmigración que han de representar a las entidades sin ánimo de lucro. La medida se formaliza con la Resolución DSI/3469/2026, de 30 de septiembre, firmada por el consejero Raúl Moreno Montaña, y se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9763, de 2 de octubre de 2026, con la referencia CVE-DOGC-A-26273034-2026. Las entidades interesadas disponen de 20 días naturales para presentar la solicitud.

La convocatoria despliega el artículo 6.4 del Decreto 86/2008, de 15 de abril, de la Mesa de Ciudadanía e Inmigración, que obliga a seleccionar las entidades representadas en la Comisión Permanente mediante un proceso público con criterios de valoración y puntuación. Los criterios definitivos fueron fijados por el Plenario de la Mesa en las sesiones del 22 de julio y el 21 de septiembre de 2026.

Según el artículo 6.7 del mismo Decreto, la selección de las entidades tiene una vigencia máxima de tres años desde la notificación de la resolución, momento en el que habrá que realizar una nueva convocatoria pública.

Ocho vocalías para cada perfil de entidad

La convocatoria distribuye las 16 vocalías en dos grupos de ocho, de acuerdo con el artículo 6.2 del Decreto 86/2008:

  • Ocho vocalías para entidades sin ánimo de lucro de carácter cívico o social cuya labor incida de manera importante en el ámbito de las migraciones (apartado c.2).
  • Ocho vocalías para entidades compuestas significativamente por personas migradas y/o racializadas, siempre que su objetivo sea defender los derechos e intereses de este colectivo y hacer seguimiento de las políticas públicas (apartado c.3).

La convocatoria prioriza la trayectoria consolidada y la actividad continuada en el ámbito de las migraciones, la implantación territorial efectiva en Cataluña y el trabajo en red con el tejido social y comunitario. También valora la experticia en acogida, igualdad de oportunidades, participación, dinamización comunitaria, incidencia social y política y asesoramiento jurídico en extranjería, así como la incorporación de perspectivas interseccionales, antirracistas, de derechos humanos y de género.

Plazos, solicitud y documentación

El plazo de presentación es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en el DOGC. Las solicitudes se tramitan por medios electrónicos a través del modelo normalizado de Trámites Gencat, con certificado digital válido de los sistemas admitidos por la Orden VPD/93/2022, de 28 de abril.

La documentación requerida incluye:

  • Certificado del secretario o secretaria de la entidad con el número de personas asociadas, de personas contratadas y de sedes abiertas con sus domicilios.
  • Memorias anuales de actividades de los tres últimos ejercicios, o de las disponibles si la entidad es más nueva.
  • Acreditación de la implantación territorial: convenios, acuerdos de colaboración o participación en redes, federaciones, plataformas y mesas.
  • Cartas de apoyo, avales o certificados de administraciones, universidades y entidades sociales.

No es necesario aportar los estatutos vigentes ni el certificado de inscripción registral cuando la información conste en un registro público. Si la solicitud tiene defectos subsanables, el órgano gestor requiere a la entidad para que los corrija en 10 días hábiles; si no lo hace, se entiende que desiste, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Criterios de valoración y Comisión de Valoración

Cada candidatura se puntúa sobre un máximo de 10 puntos. En el grupo de entidades cívicas o sociales, los pesos principales son la implantación territorial (hasta 2 puntos), los fines estatutarios y la experticia sectorial (hasta 4 puntos) y el impacto en la población destinataria (hasta 3 puntos). En el grupo de entidades de personas migradas y/o racializadas, se valoran la composición de la junta directiva y del equipo de coordinación (hasta 2 puntos), el impacto de las acciones (hasta 2 puntos) y el alcance territorial de las actuaciones por ámbitos geográficos como Asia y Pacífico, Europa, América y Caribe, Oriente Medio y África del norte, África occidental, central, oriental y austral (hasta 2 puntos).

La Comisión de Valoración evalúa las candidaturas y eleva la propuesta de selección a la persona titular de la Dirección General de Migraciones y Refugio. El órgano está integrado por la Subdirección General de Migraciones y Refugio, que asume la presidencia, tres vocalías —coordinación interadministrativa y relaciones institucionales, el Comité para la Acogida de las Personas Refugiadas y planificación y soporte al territorio— y la secretaría de la Mesa.

Resolución, notificación y recursos

La resolución del procedimiento corresponde a la Dirección General de Migraciones y Refugio y se notifica mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat. El plazo máximo para resolver y notificar es de dos meses desde el día siguiente al fin del plazo de solicitudes; transcurrido este periodo sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas.

La resolución de selección no agota la vía administrativa y puede ser impugnada mediante recurso de alzada ante la Dirección General de Migraciones y Refugio o la Secretaría de Ciclos de Vida y Ciudadanía en el plazo de un mes. Contra la Resolución de convocatoria, que sí pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, o bien recurso potestativo de reposición ante el consejero de Derechos Sociales e Inclusión en el plazo de un mes. Las entidades seleccionadas deberán designar a las personas vocales titulares y suplentes y comunicarlo a la Secretaría de la Comisión Permanente; en caso de renuncia, se asignará la vocalía a la entidad siguiente por orden de puntuación.

La convocatoria renueva una parte sustancial de la representación del tercer sector y de los colectivos migrados en el órgano consultivo que canaliza su interlocución con la Generalitat en materia de inmigración. El peso otorgado a la implantación territorial, al impacto real de las actuaciones y a la presencia de personas migradas y racializadas en los órganos de gobierno de las entidades condicionará qué voces se sentarán a la mesa durante los próximos tres años.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9763, 2 de octubre de 2026, Cargos y Personal, pág. 1-7 (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26273034-2026).