Boletín Oficial del Registro Mercantil · 08 Sep 2026 · 1 vistas
Dompe Inversiones se transforma y traslada su sede a Panamá
Por FactBox Admin

La sociedad Dompe Inversiones, S.L.U., inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, ha decidido trasladar su sede a la República de Panamá mediante una transformación transfronteriza. El acuerdo fue adoptado por su socio único el 20 de agosto de 2026 y se hace público a través del Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) número 173, de 8 de septiembre de 2026, en la sección de anuncios y avisos legales.
La operación se ampara en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que transpone las directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles. El anuncio se publica de conformidad con el artículo 10 de dicho cuerpo legal, tras el depósito del proyecto de transformación en el Registro Mercantil de Las Palmas.
Un proyecto gestado durante el verano
El proyecto de transformación fue aprobado y suscrito el 5 de junio de 2026 por el administrador único de la entidad, Andrés Ayoze Domínguez Pérez, y depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas el 3 de julio de 2026, junto con el anuncio previsto en el artículo 89 del RDL 5/2023. El acuerdo definitivo del socio único se formalizó el 20 de agosto, y el anuncio se firma en Las Palmas de Gran Canaria el 4 de septiembre de 2026.
La sociedad, con domicilio en la Carretera del Rincón, había registrado en enero de 2026 el nombramiento de Andrés Ángel Domínguez Santana como apoderado, en el marco de su actividad bajo el Registro Mercantil de Las Palmas.
Conversión en sociedad anónima panameña
La transformación, regulada en el artículo 121, apartado 1º, del RDL 5/2023, implica la conversión de la sociedad en una sociedad de capital sometida a la legislación de la República de Panamá, bajo la forma jurídica de sociedad anónima. El proceso se realiza sin que la sociedad se disuelva ni se liquide, conservando íntegramente su personalidad jurídica.
Al tratarse de una sociedad unipersonal, el acuerdo ha sido adoptado directamente por el socio único, por lo que no resulta de aplicación el derecho a enajenar sus participaciones sociales previsto en el artículo 86 del RDL 5/2023.
Derechos de acreedores y protección
De acuerdo con el artículo 10.1 del RDL 5/2023, los eventuales acreedores de la sociedad tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, del proyecto de transformación y de los demás documentos adjuntos, así como a recibir gratuitamente copias de dichos documentos si así lo solicitan.
Queda igualmente a salvo el régimen de protección establecido en los artículos 13, 87 y 99 del RDL 5/2023, que garantizan las garantías frente a los acreedores y socios en los procesos de modificación estructural transfronteriza.
- Sociedad: Dompe Inversiones, S.L.U. (sociedad unipersonal)
- Registro: Registro Mercantil de Las Palmas
- Destino: República de Panamá (sociedad anónima)
- Acuerdo del socio único: 20 de agosto de 2026
- Proyecto suscrito: 5 de junio de 2026
- Depósito en el Registro: 3 de julio de 2026
- Administrador único: Andrés Ayoze Domínguez Pérez
La salida de Dompe Inversiones hacia Panamá ilustra una tendencia creciente de deslocalización societaria hacia jurisdicciones con regímenes fiscales y de sede más favorables. Para inversores y acreedores, la operación supone un cambio relevante de domicilio y de ley aplicable, aunque la sociedad conserve su personalidad jurídica, por lo que conviene seguir de cerca los plazos de ejercicio de los derechos de información y protección que reconoce el RDL 5/2023.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), núm. 173, 8 de septiembre de 2026, Sección Segunda (Anuncios y avisos legales), pág. 6105 (referencia oficial: BORME-C-2026-4894).
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-09-08