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BOP de Sevilla · 06 Oct 2026 · 20 vistas

Diputación rechaza la recusación contra tres miembros del tribunal de Obras Públicas

Por FactBox Admin

Diputación rechaza la recusación contra tres miembros del tribunal de Obras Públicas

El Presidente de la Diputación Provincial de Sevilla ha desestimado la recusación planteada por Dña. María del Pilar Mellado Flores, aspirante admitida, contra tres de los miembros del órgano de selección del proceso para proveer dos plazas de Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas (OEP 2024), y ha denegado la suspensión cautelar del proceso selectivo. La decisión se adopta por Resolución n.º 6958/2026, de 29 de septiembre, autorizada por el Área de Empleado Público, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) n.º 194, de martes 6 de octubre de 2026, con referencia oficial BOP-SE-2026-194002.

El incidente de recusación y su tramitación

La recusación se presentó al amparo del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula las causas de abstención, y se sustanció conforme al procedimiento del artículo 24 de la misma norma. La interesada alegó la existencia de enemistad manifiesta con los tres miembros del tribunal.

Los hitos del expediente fueron los siguientes:

  • 20 de septiembre de 2026: entrada en el registro de la Corporación del escrito de recusación, que solicitaba además la suspensión cautelar del primer ejercicio.
  • 21 de septiembre de 2026: el Servicio de Personal del Área de Empleado Público traslada el escrito a los recusados.
  • 22 de septiembre de 2026: se reciben las manifestaciones de los tres miembros, que niegan la concurrencia de la causa alegada.
  • 25 de septiembre de 2026: el Servicio de Personal emite informe y se fija la celebración del primer ejercicio a las 09:00 horas en el edificio E.U.I.T.A.

Los afectados por la recusación eran D. Jaime Morell Sastre, en calidad de Presidente, D. Manuel Enrique Delgado Romero, como Vocal 1º, y D. Juan Martínez Muñoz, como Vocal 2º, designados por las Resoluciones n.º 5773/2026, de 17 de agosto, y n.º 6579/2026, publicadas en el BOP n.º 182, de 18 de septiembre de 2026.

Los argumentos de los recusados y la valoración jurídica

El informe del Servicio de Personal recoge que D. Jaime Morell Sastre sostuvo que, como titular de la Subdirección de Área de Servicios Públicos Supramunicipales, no es superior jerárquico directo de la recusante, cuya dependencia directa corresponde al Servicio de Medio Ambiente. Añadió que la enemistad invocada se deduce de discrepancias sobre decisiones adoptadas en el ejercicio de sus competencias y que ninguna de ellas ha sido rectificada ni anulada en vía administrativa o judicial. Los otros dos vocales negaron igualmente las circunstancias alegadas.

Tras examinar la documentación y las alegaciones, el informe concluye que no se aprecia enemistad manifiesta ni ninguna otra causa de abstención del artículo 23 de la Ley 40/2015. Las circunstancias invocadas se circunscriben al marco de las relaciones laborales o profesionales derivadas del desempeño de sus funciones, sin que pueda inferirse una relación de carácter personal con entidad suficiente para comprometer la imparcialidad del órgano de selección.

Antecedentes del proceso selectivo

La convocatoria arranca de la Oferta de Empleo Público de 2024, aprobada por Resolución n.º 6037/2024, de 3 de octubre, publicada en el BOP n.º 199, de 11 de octubre de 2024, que incluyó dos plazas de Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas de la plantilla de personal funcionario. Las bases específicas se aprobaron por Resolución n.º 1148/2026, de 27 de febrero, y el anuncio de convocatoria se publicó en el BOE n.º 114, de 11 de mayo de 2026, con plazo de solicitudes del 12 al 26 de mayo.

La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se aprobó por Resolución n.º 4413/2026, de 26 de junio, publicada en el BOP n.º 135, de 15 de julio de 2026, con un plazo de diez días hábiles para subsanaciones.

Resolución, recursos y efectos

El acuerdo dispone, en primer lugar, resolver la recusación manteniendo el nombramiento de los tres miembros del órgano de selección; en segundo lugar, denegar la suspensión solicitada al no concurrir causa legal que determine su separación; y, en tercer lugar, publicar la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede Electrónica de la Corporación. La competencia para resolver corresponde al Presidente de la Diputación como titular de la jefatura superior de todo el personal, conforme al artículo 24.3 de la Ley 40/2015 y en virtud de las atribuciones del artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. El anuncio aparece firmado por el Secretario General, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero, por delegación (Resolución 1221/2026, de 3 de marzo).

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe:

  • Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015).
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla, en el plazo de dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio).

La decisión despeja la continuidad del proceso selectivo de dos plazas de Ingeniero Técnico de Obras Públicas y confirma la composición del tribunal, un asunto de interés directo para las personas aspirantes y para la plantilla de la Diputación, que ve garantizada la tramitación de una convocatoria incluida en su oferta de empleo público de 2024.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, n.º 194, de 6 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 15 (referencia oficial: BOP-SE-2026-194002).