BOP de Albacete · 16 Sep 2026 · 5 vistas
Diputación de Albacete: información pública de la ordenanza de administración electrónica
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Albacete ha aprobado inicialmente la Ordenanza reguladora de la administración electrónica de la institución provincial y de sus municipios, un texto que ahora se somete a información pública durante treinta días. El acuerdo lo adoptó el Pleno en sesión extraordinaria del 2 de septiembre de 2026 y el anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete n.º 108, de 16 de septiembre de 2026, en la Sección tercera (Administración Local), página 5. La norma afecta a todos los ayuntamientos de la provincia y a los ciudadanos que tramitan sus expedientes por sede electrónica.
El anuncio, emitido por el Servicio de Secretaría de la Diputación Provincial de Albacete, precisa que la aprobación inicial se produjo en primera convocatoria y que se cumple así lo preceptuado en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
La ordenanza ordena la administración electrónica de la Diputación y de los municipios de la provincia, un ámbito en el que la institución provincial presta soporte a los ayuntamientos a través de la plataforma de administración electrónica Sedipualba, empleada por consistorios de la provincia para la tramitación de procedimientos y la publicación de sus anuncios.
Información pública durante treinta días
El texto se expone a información pública y audiencia de los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, conforme al procedimiento de aprobación de ordenanzas y reglamentos locales previsto en la legislación de régimen local.
El expediente completo está a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación, en la dirección https://sede.dipualba.es/segex/expediente.aspx?id=1635978.
Qué ocurre si no hay alegaciones
Si en el plazo señalado no se presenta ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado, según recoge el propio anuncio. Es decir, la aprobación inicial deviene definitiva sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario.
En caso contrario, las alegaciones presentadas deberán ser resueltas antes de la aprobación definitiva del texto.
A quién afecta
- Diputación Provincial de Albacete: la propia institución y sus servicios.
- Ayuntamientos de la provincia de Albacete: los municipios incluidos en el ámbito de aplicación de la ordenanza.
- Ciudadanos y empresas: quienes se relacionan con la administración por medios electrónicos a través de la sede electrónica.
La ordenanza llega en un momento en que la tramitación electrónica es ya la vía ordinaria de relación con las administraciones locales, de modo que su contenido condicionará los trámites de los ayuntamientos de la provincia y de los ciudadanos que utilizan la sede electrónica. El plazo de treinta días abre la última ventana para que consistorios, colectivos y particulares presenten alegaciones antes de que el texto quede fijado.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, n.º 108, de 16 de septiembre de 2026, Sección tercera. Administración Local, pág. 5 (referencia oficial: 23.584).