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BOP de Sevilla · 01 Oct 2026 · 24 vistas

Diputación anticipa el 100% de los 20 millones de Más Sevilla Turístico

Por FactBox Admin

Diputación anticipa el 100% de los 20 millones de Más Sevilla Turístico

El Pleno de la Diputación Provincial de Sevilla aprobó el 24 de septiembre de 2026 la modificación de las bases reguladoras y de la convocatoria del programa Más Sevilla Turístico 2026, que pasa a abonar el 100% de la subvención de forma anticipada en lugar del pago fraccionado al 50%. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 191, de 1 de octubre de 2026, con la referencia BOP-SE-2026-191004 y un extracto con la referencia BOP-SE-2026-191005. La convocatoria reparte 20.000.000 euros aportados íntegramente por la institución provincial.

Las bases originales fueron aprobadas por el Pleno en sesión ordinaria del 28 de mayo de 2026, dentro de la Línea 10 de Subvenciones del Área de Concertación, con la finalidad de fomentar inversiones de las entidades locales destinadas a impulsar el turismo sostenible como sector estratégico de la economía sevillana. La modificación afecta únicamente a la Base 5ª y deja inalterados el resto de los términos, los criterios de valoración, los baremos de puntuación y los requisitos de acceso, ya que el plazo de solicitudes estaba cerrado.

Los destinatarios son los ayuntamientos y las entidades locales autónomas de la provincia, con dos exclusiones expresas: Sevilla capital y los ayuntamientos que resultaron beneficiarios de la convocatoria de 2025.

Pago anticipado del 100%

El texto justifica el cambio en la necesidad de ejercer con la máxima eficacia la competencia de asistencia y cooperación económica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión, y de evitar que los beneficiarios tengan que recurrir a fondos propios o a operaciones de tesorería para ejecutar las actuaciones subvencionadas. El 100% del importe se abonará con el acuerdo de concesión definitiva en el ejercicio 2026, previa presentación de los certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, sustituibles por declaración responsable conforme a los artículos 24.6 y 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Los abonos tendrán la consideración de pago anticipado a justificar según la base 20ª.

20 millones y aplicaciones presupuestarias

El importe total de la convocatoria asciende a 20.000.000,00 euros, con este reparto en el presupuesto de 2026:

  • 2204-43218-76200 (proyecto 26p22004): 9.750.000,00 euros para ayuntamientos.
  • 2204-43218-76200 (proyecto 26p22100): 9.750.000,00 euros para ayuntamientos.
  • 2204-43218-76800 (proyecto 26p22004): 250.000,00 euros para entidades locales autónomas.
  • 2204-43218-76800 (proyecto 26p22100): 250.000,00 euros para entidades locales autónomas.

El acuerdo autoriza un incremento del gasto de 10.000.000 euros respecto al inicialmente aprobado en mayo, mediante el expediente SUPE nº 07/2026 de modificaciones presupuestarias, aprobado inicialmente por el Pleno el 31 de julio de 2026 y elevado a definitivo con su publicación en el BOP nº 168, de 31 de agosto. También se solicita la anulación del código de gasto plurianual GP2600132 y se recuerda que la Resolución nº 5533/2026, de 5 de agosto, actualizó el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Concertación 2024-2027.

Reserva de crédito y vía de recurso

Si alguna de las dos aplicaciones (una para ayuntamientos y otra para entidades locales autónomas) presentara exceso de crédito, podrá reajustarse sin necesidad de nueva convocatoria, siempre que la cuantía total esté disponible antes de la aprobación del acuerdo definitivo de concesión. Las solicitudes que no puedan atenderse por insuficiencia de crédito y cumplan todos los requisitos quedarán en una lista de reserva ordenada según la puntuación obtenida. El expediente señala que no constan solicitudes presentadas por entidades locales autónomas.

El extracto, con número 221910 y BDNS 912176, está firmado en Sevilla a 29 de septiembre de 2026 por el presidente Francisco Javier Fernández de Los Ríos. Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el Pleno o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla.

La modificación llega con el plazo de solicitudes ya cerrado y sin alterar las reglas de concurrencia, por lo que su efecto práctico es financiero: los municipios y entidades locales autónomas seleccionados cobrarán la totalidad de la ayuda al resolverse la concesión, en 2026, en lugar de esperar a 2027 para el segundo tramo. Para los ayuntamientos de menor capacidad económica y de gestión, el anticipo completo elimina la necesidad de adelantar fondos propios o de acudir a operaciones de tesorería, lo que acorta los plazos de ejecución de las inversiones turísticas previstas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 191, 1 de octubre de 2026, Administración Local (Área de Concertación), págs. 32-37 (referencia oficial: BOP-SE-2026-191004 y BOP-SE-2026-191005).