Diario Oficial de la República de Chile · 25 Aug 2026 · 5 vistas
DGAC aprueba séptima edición del programa de control de calidad de seguridad aérea
Por FactBox Admin

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de Chile aprobó la séptima edición del Programa Nacional del Control de la Calidad en la Seguridad de la Aviación Civil (PNCCSAC), mediante la resolución exenta N° 04/3/0085/1646, firmada en Santiago el 10 de julio de 2026. La norma, publicada en el Diario Oficial de la República de Chile N° 44.533 del martes 25 de agosto de 2026 (CVE 2854250), deroga la resolución exenta N° 999 de 7 de octubre de 2019, que había aprobado la sexta edición del programa.
El texto fue suscrito por el General de Brigada Aérea Humberto Fernández Pittari, Director General de Aeronáutica Civil, y se enmarca en las facultades regulatorias que la Ley N° 16.752 de 1968 y el Código Aeronáutico (Ley N° 18.916) otorgan a la autoridad aeronáutica. El programa se apoya en el Reglamento DAR 17 (Decreto supremo N° 63 de 2008), que obliga a contar con un sistema de control de calidad para salvaguardar la aviación civil frente a actos de interferencia ilícita, en línea con los criterios de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Alcance del nuevo programa
El PNCCSAC tiene como propósito verificar periódicamente el cumplimiento y la eficacia del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (PNSAC) y de los programas asociados, como el de instrucción (PNISAC) y el de seguridad de la carga aérea (PNSCA). Su aplicación alcanza a un amplio conjunto de entidades externas e internas:
- Explotadores de aeronaves de transporte aéreo comercial y empresas de servicios.
- Explotadores de terminales de aeródromos y operadores de base fija (FBO).
- Servicios de seguridad privada en recintos aeronáuticos y agentes de carga acreditados.
- Empresas de correo, de aprovisionamiento de a bordo y de transporte de valores (ETV).
- Instructores y centros de instrucción certificados por la DGAC.
- Departamentos internos de la DGAC, aeropuertos y aeródromos con operaciones comerciales.
Fiscalización y vigilancia
Las entidades examinadoras serán el Departamento de Auditoría Interna (DAI) y el Departamento de Aeródromos y Servicios Aeronáuticos (DASA), en el ámbito de su competencia. El programa contempla auditorías, inspecciones y pruebas de seguridad, así como la elaboración de un plan anual de vigilancia continua basado en evaluaciones de riesgo.
- El DAI implementará el sistema nacional de vigilancia conforme a los criterios de la OACI.
- Se dispondrá la ejecución de auditorías, inspecciones y pruebas de seguridad a las entidades alcanzadas.
- Se verificarán las competencias y certificaciones del personal asignado a funciones de seguridad.
- Los incumplimientos se denunciarán conforme a los procedimientos del Departamento Jurídico, Sección Infraccional.
Medidas de seguridad y cierre
El programa incorpora medidas de seguridad para pasajeros, equipaje, carga y correo, incluyendo la protección de la cadena de suministro segura, el control del aprovisionamiento en vuelo y la mitigación de amenazas de riesgo elevado, además de disposiciones sobre ciberseguridad. La actualización busca detectar incumplimientos, desviaciones y fallos para disponer las acciones correctivas necesarias.
Para los pasajeros y la industria, la nueva edición refuerza la supervisión estatal sobre aerolíneas, aeropuertos y operadores de carga, elevando los estándares de fiscalización de la seguridad aérea en Chile y alineándolos con las exigencias internacionales de la OACI.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, N° 44.533, 25 de agosto de 2026, Sección I (Normas Generales), pág. 1 (referencia oficial: CVE 2854250).