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Boletín Oficial de La Rioja · 14 Sep 2026 · 1 vistas

Desestimado el parque fotovoltaico Tara de Tauste y archivado su expediente

Por FactBox Admin

Desestimado el parque fotovoltaico Tara de Tauste y archivado su expediente

La Dirección General de Política Energética y Minas ha desestimado la solicitud de Energía Inagotable de Tara, S.L. de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico “Tara”, de 23,7 MW de potencia instalada, situado en el término municipal de Tauste (Zaragoza), y ha acordado el archivo del expediente PFot-753. La resolución, firmada en Madrid el 31 de agosto de 2026 por el director general Manuel García Hernández, se publica en el Boletín Oficial de La Rioja número 176, de 14 de septiembre de 2026, dentro de la sección III (Otras disposiciones y actos), con referencia BOR-A-20260914-III–3493.

El proyecto, solicitado el 27 de julio de 2021, contemplaba una planta de 25,69 MWp/23,70 MWn y una infraestructura de evacuación asociada que discurría por las provincias de Zaragoza, Navarra, La Rioja, Álava y Burgos, lo que determinaba la competencia estatal para su autorización conforme al artículo 3.13 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Un expediente tramitado junto al parque Umiko

La solicitud fue admitida a trámite y, mediante acuerdo de 10 de agosto de 2021, se acumuló la tramitación conjunta de los parques fotovoltaicos Tara y Umiko y sus infraestructuras de evacuación bajo el expediente PFot-752AC. El 5 de junio de 2025 se acordó la desacumulación de ambos proyectos, pasando el procedimiento de Tara a tramitarse bajo el código PFot-753.

La infraestructura de evacuación asociada al proyecto incluía:

  • SET Tauste J2 30/220 kV
  • LAAT 220 kV SET Tauste J2 - SET Fréscano 220/400 kV
  • SET Fréscano 400/220 kV
  • LAAT 400 kV SET Fréscano - SET Promotores Jundiz 400/220 kV
  • SET Promotores Jundiz 400/220 kV
  • Línea aéreo-subterránea 220 kV hasta la SET Jundiz 220 kV (REE)

Caducidad de los permisos de acceso y conexión

El proyecto obtuvo permisos de acceso a la red mediante el Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA) en la subestación Jundiz 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U. No obstante, la caducidad de los permisos de acceso y conexión se produjo el 29 de octubre de 2023, al no haberse obtenido en plazo la Declaración de Impacto Ambiental Favorable, conforme al artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio. Red Eléctrica de España comunicó dicha caducidad mediante escrito registrado el 19 de diciembre de 2023.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental había formulado la declaración de impacto ambiental del proyecto el 24 de noviembre de 2023, publicada en el BOE con referencia BOE-A-2025-1551. Tras otorgarse el trámite de audiencia el 13 de junio de 2025, sin contestación del promotor en el plazo de quince días hábiles, Energía Inagotable de Tara, S.L. solicitó el 29 de junio de 2026 el archivo del expediente PFot-753.

Marco normativo y recursos

La resolución se fundamenta en la Ley 24/2013, el Real Decreto 1955/2000, la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común y el Real Decreto 1183/2020 de acceso y conexión a las redes. Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La desestimación del parque Tara supone un nuevo revés para la generación fotovoltaica en el eje del Ebro, con impacto territorial en cinco provincias y en la capacidad de evacuación hacia la red de transporte. El archivo del expediente deja sin efecto un proyecto de 23,7 MW y refuerza la exigencia de cumplir los hitos administrativos de acceso y conexión en los plazos fijados por la normativa energética.


Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 176, 14 de septiembre de 2026, sección III (Otras disposiciones y actos), pág. 15835 (referencia oficial: BOR-A-20260914-III–3493).